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Absuelto después de que lo acusaran de hurtar una guitarra en el puerto

La jueza ha considerado que no se ha probado que el acusado sustrajera el instrumento

El hurto de una guitarra sentó a N.E. en el banquillo por un posible delito de receptación. Fue el único de los cuatro acusados que se presentó en la vista oral que se celebró el pasado 16 de enero en la Sala de lo Penal número 2 de Ceuta, ya que el resto permanece en busca y captura y fue imposible localizarlos, ya que no tienen domicilio, sino que supuestamente viven en los remolques del puerto.
Fue en uno de estos remolques , tal y como se especificó en el acto de juicio, donde se halló una guitarra que presuntamente los cuatro acusados M.B., G.B., N.E. y A.A. sustrajeron de un contenedor propiedad de una empresa, donde además del instrumento, había comida. Aunque en su declaración N.E. negó tener vinculación alguna con el delito, sí reconoció que en aquel momento dormía en uno de estos remolques con el resto de acusados, cuando supuestamente alguien llevó la guitarra, la cual aseguró que ni sabía que estaba allí.
Más tarde, tal y como declaró el guardia civil al que se denunció la desaparición del instrumento, otro residente en el puerto halló la guitarra y cerró el remolque desde fuera, para que más tarde acudiera la Guardia Civil y detuviera a los cuatro acusados.
Después de las pruebas practicadas en el acto de juicio, más las aportadas por ambas partes, la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta consideró como hechos probados que el día en el que se produjo el ilícito el acusado se encontraba durmiendo en el interior de un remolque de camión que se encontraba aparcado en el puerto junto a otros acusados que no han sido aún enjuiciados, sin que haya resultado acreditado que dicho acusado, con ánimo de ilícito beneficio, hubiese adquirido de otra persona una guitarra valora de 880,62 euros que previamente había sido sustraída del interior de un remolque de la empresa mencionada.
En la sentencia dictada, la magistrada incide en que no pueden tenerse por acreditados los requisitos que se tienen en cuenta en un delito de receptación. Coincide por tanto con las manifestaciones que ya mantuvo en su día ante el juez instructor, cuando negó de “manera tajante” los hechos que se le imputaban, señalando que el día de los hechos fue detenido pero que no tenía ninguna guitarra en su poder desconociendo la razón de su detención.
No habiendo pruebas de cargo, además de que ya se encontró y devolvió la guitarra a su dueño, la jueza determinó absolver a N.E., por lo que se libra de la pena de nueve meses de prisión que el Ministerio Fiscal solicitaba por este delito.

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