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Agredió sexualmente a otro hombre en el Poblado y termina condenado

El acusado reconoció los hechos y aceptó el pago de las diferentes multas

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado al llamado F.J.D.P. por un delito contra la libertad sexual en su modalidad de agresión sexual, así como otro de daños.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 12 meses de multa a razón de 5 euros diarios por el delito de agresión sexual, así como al pago de otra multa de 6 meses a razón de 4 euros diarios por el de daños.
Además se le ha inhabilitado para el ejercicio de cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por un plazo de 2 años.
Se dicta una orden de alejamiento sobre la víctima por el periodo de 5 años. Como responsabilidad civil, el acusado indemnizará al denunciante en la cantidad de 1.000 euros por daños morales causados y otros 476,79 euros por los daños causados en el teléfono móvil.
Los hechos a los que se hizo referencia en este acuerdo judicial ocurrieron el 30 de diciembre del año pasado. Sobre las 05:00 horas, el acusado y el denunciante se encontraban en las escaleras próximas al cine La Marina del Poblado Marinero.
Tras mantener una conversación, el acusado se abalanzó sobre la víctima y, con evidente ánimo libidinoso y de atentar contra su libertad e indemnidad sexual, le dio un beso en la boca al tiempo que le tocaba sus genitales.
Todo esto ocurrió después de que el acusado hiciera caso omiso a las constantes negativas de la víctima, que nunca permitió tales acciones.
Minutos después, en el mismo lugar, la víctima se encontraba hablando por teléfono con un amigo, momento en el que el acusado, con evidente ánimo de dañar la propiedad ajena, le propinó un fuerte manotazo en la mano con la que sostenía el móvil causando daños al dispositivo.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de una vista oral, así como la declaración de testigos, toda vez que el acusado reconoció los hechos por los que se le condena.
El acuerdo previo le sirvió para una importante reducción de la condena, ya que en un principio el Ministerio Fiscal le pedía pena para entrar en la prisión.
Eso sí, el acusado no entrará en la cárcel pero tendrá que hacer frente al pago de las multas. De no hacerlo, tendrá que cumplir un día de prisión cada dos cuotas no satisfechas.

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