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Defensa no ve desobediencia en una soldado Regular expedientada

La Asesoría Jurídica del Mando de Personal del Ejército rechaza el criterio de la Comgeceu y avala que no ir a "hablar" de una baja no es una falta grave

El jefe del Mando de Personal (MAPER) del Ejército de Tierra ha ordenado cerrar el expediente disciplinario por falta grave abierto en Ceuta contra una soldado del Grupo de Regulares por una supuesta desobediencia (“inobservancia”) de las órdenes de sus superiores.

El teniente general ha concluido, de acuerdo con las indicaciones de su Asesoría Jurídica, que era improcedente “la aplicación del tipo transcrito por el instructor del procedimiento e inadecuado el ejercicio de la acción disciplinaria” por que la militar, que ya ha terminado su vinculación con las Fuerzas Armadas tras sufrir un grave accidente durante un ejercicio en la Pista de Aplicaciones de Recarga, no se presentase en su acuartelamiento a “hablar de su baja médica”, como le había pedido el coronel jefe del Grupo.

La soldado, defendida por la firma AM Canevas Abogados, quedó en incapacidad temporal por contingencia profesional el 14 de julio de 2021. En diciembre volvió a trabajar, pero a finales de enero, “tras sufrir una recaída”, volvió a estar de baja médica.

Según la versión de sus mandos, el 11 de febrero su capitán le ordenó telefónicamente que se presentase en la unidad “para someterse a un reconocimiento médico no periódico”.

La Asesoría Jurídica del MAPER ha apreciado, sin embargo, que “no consta” en las actuaciones practicadas tal literalidad de los hechos. “Más bien la orden de presentarse, según ha recogido el instructor en su relato de hechos probados, tenía por objeto ‘hablar de la baja médica’, algo que no tiene nada que ver con la orden de someterse a un reconocimiento médico, obligación que sí se contempla en la normativa y que en caso de negativa injustificada podría incluso ser constitutivo de una infracción muy grave”.

“La orden por la que el Juez Togado consideró que existía responsabilidad versaba sobre la obligatoriedad de acudir a un reconocimiento médico, no sobre la de comparecer para ‘hablar’ de una baja médica, situaciones que no se pueden equiparar en la apreciación del tipo disciplinario”, añade el informe oficial.

El dictamen que ha servido de base para el archivo de las actuaciones concluye que tal discrepancia “determina la imposibilidad de apreciar la inobservancia de apreciar la inobservancia de la orden expresada de comparecer a un reconocimiento médico no periódico, no que a su vez supone la inexistencia de responsabilidad disciplinaria”.

En suma, “resulta por todo ello, en ajustada aplicación del principio en su vertiente de tipicidad, improcedente la aplicación del tipo por el instructor del procedimiento e inadecuado el ejercicio de la acción disciplinaria, lo que aboca a la terminación del expediente sin declaración de responsabilidad por la falta grave por la que se inició”.

Denunciante por abuso por condición sexual

La soldado a la que el MAPER ha eximido de responsabilidad por la supuesta desobediencia que le imputó su coronel mantiene abierto un procedimiento en el Juzgado Togado Militar Central número 2 contra ese superior y un capitán por un presunto abuso de autoridad en su modalidad de realizar actos que supongan discriminación grave por razón de sexo y orientación sexual.

La soldado se incorporó a Regulares recién salida del Centro de Formación de Tropa número 1 de Cáceres en la primavera de 2021 y en julio sufrió un grave accidente al intentar superar una escala de cuerda en la Pista de Aplicaciones de El Jaral, donde se precipitó al suelo desde 6 metros de altura, un suceso que la ha mantenido en situación de incapacidad temporal en servicio activo no destinable hasta su reciente desvinculación del Ejército y cuyas consecuencias psicológicas Defensa pretende considerar “trastorno común no profesional”.

Más allá de ese litigio abierto, ha iniciado la vía penal contra por un presunto delito militar previsto y penado en el artículo 48 del Código castrense, aunque el mismo también podría tipificarse como de violación de derechos fundamentales, entre otros a la intimidad.

En la denuncia recoge, entre otros hechos, que, antes de su incorporación al Grupo, el capitán reunió “a toda la compañía” para advertir que “se iba a incorporar un miembro transexual”.

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