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Estos son los días de cobro del paro en julio 2025

El Servicio Público de Empleo Estatal explica que “el pago adelantado se produce a criterio de las entidades”

Para los beneficiarios del paro, así como del resto de subsidios por desempleo, incluyendo los vecinos de Ceuta, hay que recordar que esos pagos suelen hacerse entre el 10 y el 15 de cada mes, pero que todo dependerá de cada entidad bancaria.

En función de la información que se ha adelantado, los desembolsos ocurrirán de la siguiente manera: el primer banco en pagar será el Banco Santander a partir del día viernes 4 de julio y le seguirán BBVA, Cajamar y Unicaja a partir del martes 8 de julio y Banco Sabadell a partir del jueves 10 de julio.

Mientras que Caixabank llevará a cabo el respectivo pago a partir del jueves 10 de julio.

Con esta información, los beneficiarios podrán tomar sus previsiones conociendo en qué días se harán los desembolsos de acuerdo con la entidad bancaria.

Lo que indica el SEPE

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que el pago de las prestaciones se produce del día 10 al 15 de cada mes, recordando que “debido a la urgencia social provocada por la pandemia se llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para adelantar el pago a la primera semana de mes”.

Al respecto, han ampliado que “el SEPE envía la información para el pago de las prestaciones a las entidades financieras en el plazo estipulado para su abono” y que “el pago adelantado se produce a criterio de las entidades”.

“Recordamos que en circunstancias habituales el pago de las prestaciones se produce el día 10 o, si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes”, han indicado a los beneficiarios.

Una vez solicitado, ¿cuándo se empieza a cobrar el paro?

Hay que recordar que el pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo y que “se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que hayas indicado, siempre que seas titular de la misma”.

Por otra parte, se entiende que la fecha de inicio del mencionado beneficio será la que cuenta a partir del día siguiente a aquella en la que se produzca la situación legal de desempleo. Esto, siempre y cuando se haya presentado la solicitud dentro de plazo correspondiente.

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