Sociedad

ERTE en Ceuta: ya van por 111 los expedientes presentados, que afectan a 514 trabajadores

Continúa la misma tendencia iniciada desde que el Gobierno de la nación anunciase las facilidades para las empresas y las ventajas para los trabajadores dentro de unas circunstancias excepcionales

Las solicitudes de ERTE cursadas con motivo del coronavirus van en aumento: son ya 111 las que se han presentado que afectan a 514 trabajadores, según los datos oficiales dados a conocer este viernes por la Delegación del Gobierno de Ceuta. Continúa la misma tendencia iniciada desde que el Gobierno de la nación anunciase que, aquellas empresas que no puedan hacer frente a los gatos derivados de los pagos de nóminas, tendrán todo tipo de facilidades para acogerse a esta suspensión de contratos a la plantilla y los trabajadores ventajas por estas circunstancias excepcionales.
El Área de Trabajo de la Delegación del Gobierno, que ostenta la categoría de autoridad laboral en Ceuta, empieza a tramitar con urgencia todas las solicitudes que va recibiendo de las diferentes entidades de la ciudad. La hostelería y el comercio son dos de los sectores que más están sufriendo la crisis sanitaria en la ciudad autónoma.
Un ERTE es un expediente de regulación de empleo temporal. Es una autorización que recibe la empresa para poder suspender temporalmente un contrato de trabajo. El trabajador sigue perteneciendo a la empresa, aunque se halla en una situación especial.

Requisitos

- Solicitud del empresario
- Memoria o informe justificativo de la causa alegada. En aquellos casos en los que los centros de trabajo pertenezcan a un sector incluido en el anexo del RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis humanitaria ocasionada por el COVID-19, bastará con la presentación de cualquier documento que acredite dicha circunstancia.

- Copia de la comunicación a la representación de las personas trabajadoras o, en caso de no existir, a las personas trabajadoras.

- Relación nominal de todos los trabajadores/as afectadas en las que figure el número del DNI y el número de afiliación a la Seguridad Social de cada trabajador.

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