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Quedarte en casa por 1.394 euros de IMV o trabajar por 1.221 euros

"¿Tú qué preferirías: 1.394 euros por no trabajar o 1.221 por levantarte todos los días a las 6 de la mañana para ir al tajo?", pregunta un concejal del Ayuntamiento de Madrid, que reabre el debate

La publicación de un vídeo en redes sociales por parte de Ángel Niño, concejal delegado de Innovación y Emprendimiento del Ayuntamiento de Madrid, ha reabierto el debate en Ceuta sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y su comparación con los salarios en España.

En su mensaje, Niño plantea que una unidad de convivencia compuesta por un adulto y tres menores puede percibir 1.394 euros al mes mediante el IMV, una cantidad que, según afirma, supera al salario más habitual.

"¿Tú qué preferirías: 1.394 euros por no trabajar o 1.221 por levantarte todos los días a las 6 de la mañana para ir al tajo?", pregunta en el vídeo.

@angelninoq La cuantía del IMV para una unidad de convivencia de un adulto y tres menores es de 1.394 euros al mes, más que el salario más habitual en España. ¿Tú qué preferirías: 1.394 euros por no trabajar o 1.221 por levantarte todos los días a las 6 de la mañana para ir al tajo? #trabajar #salario #España #trabajo ♬ sonido original - Angel Niño

Acusaciones de bulo

Sus palabras han sido duramente criticadas en redes sociales, donde se le acusa de difundir un bulo y de cuestionar las políticas de protección social.

Las cifras publicadas por el BBVA para 2026 recogen que la renta garantizada para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores será de 1.393,84 euros mensuales.

Esta cuantía se obtiene aplicando los incrementos establecidos sobre la base individual y se sitúa dentro del marco regulado del IMV.

BBVA indica cuál es la renta garantizada para 2026

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia se calcula como la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de dichas personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales, tal y como señala BBVA.

Beneficiario Individual

La cuantía mensual es de 733,6 euros. Esta cantidad se incrementa en un 22% si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%, alcanzando 894,992 euros.

Unidad de Convivencia

La renta garantizada para una unidad de convivencia se incrementa en un 30% por cada miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%. Para 2026, los importes son:

  • 953,68 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos.
  • 1.173,76 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor, o tres adultos.
  • 1.393,84 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores, tres adultos y un menor, o cuatro adultos.
  • 1.613,92 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, tres adultos y dos o más menores, o cuatro adultos y un menor.

Nuevo complemento de ayuda para la infancia

También los perceptores (o los que estén en trámite) pueden acceder a un nuevo complemento de ayuda para la infancia. Se trata de una asignación económica como un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil.

El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio (para 2026):

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

El IMV, compatible con otras ayudas

Además, los beneficiarios del IMV, así como quienes tengan la prestación en trámite, pueden acceder al complemento de ayuda para la infancia. Esta asignación varía en función de la edad de los menores: 115 euros para menores de tres años, 80,50 euros para mayores de tres y menores de seis, y 57,50 euros para mayores de seis y menores de 18 años.

El Ingreso Mínimo Vital es compatible con otras rentas y prestaciones, como los ingresos por trabajo, un ERTE o la actividad por cuenta propia, si bien la cuantía de la ayuda se ajusta en función de los ingresos percibidos. También puede cobrarse junto a ayudas autonómicas, como las Rentas Mínimas de Inserción.

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