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Los partidos deberán detallar sus mítines electorales y el gasto en 'mailing'

El Tribunal de Cuentas y sus órganos de control externos fiscalizarán la contabilidad de las formaciones de cara a los comicios del 28M

El Tribunal de Cuentas ha aprobado una instrucción para la fiscalización de la contabilidad de las formaciones políticas en las elecciones del próximo 28 de mayo en más 8.000 ayuntamientos de España, así como en otras entidades locales de ámbito regional, lo que incluye las Asambleas de Ceuta y Melilla.

Se trata de unas normas consensuadas con sus homólogos autonómicos y que incluyen como novedad la exigencia a las formaciones de un listado con los mítines que hayan organizado y que especifiquen los gastos del envío gratuito de propaganda, conocido como 'mailing' electoral o 'buzoneo'.

El supervisor estatal, que actualmente preside Enriqueta Chicano, tiene que fiscalizar las elecciones municipales y las autonómicas en cinco comunidades (Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y La Rioja), mientras que los comicios previstos en el resto de comunidades para esa fecha serán examinadas por sus correspondiente órgano de control externo.

Todas las instituciones fiscalizadoras implicadas han consensuado unas directrices que enviarán a las formaciones políticas que se presenten a las elecciones, que deberán tenerlas en cuenta cuando envíen su contabilidad a finales del mes de septiembre.

La instrucción aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas, que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado, precisa los criterios técnicos a seguir en la fiscalización de las contabilidades electorales, así como el alcance y los requisitos de la documentación contable y justificativa que ha de remitirse al Tribunal de Cuentas en cumplimiento de lo establecido en la normativa electoral.

Además, se especifica el cálculo de los distintos límites de gastos de las campañas electorales, ya que hay procesos concurrentes, y de las posibles infracciones y sanciones en que podrían incurrir los partidos políticos por su superación.

Entre las principales novedades figura exigir a los partidos que presenten una memoria de los actos y mítines celebrados en la campaña electoral y una memoria explicativa de los gastos por envíos de propaganda electoral, en la que se informará de los elementos incluidos en los sobres contenedores de los envíos, las empresas encargadas de la confección y distribución, la relación de las facturas justificativas de dichos gastos, así como el destino de los envíos por circunscripciones.

Nuevos supuestos de infracciones

También se han incorporado nuevos supuestos de infracciones previstas en la LOREG que darían lugar a que el Tribunal de Cuentas formulara propuestas de reducción de las subvenciones electorales que pudieran corresponder a las formaciones políticas.

Entre este año y el próximo el Tribunal de Cuentas va a fiscalizar un total de ocho procesos electorales, en los que se prevé la movilización de importantes recursos públicos. Sólo en las elecciones locales de 2019 se realizaron gastos electorales por un total de 50 millones de euros.

La remisión de las contabilidades de los procesos electorales que serán competencia del Tribunal de Cuentas se realizará a través de la sede electrónica de la institución, un mecanismo que ya se puso en marcha en las elecciones de 2019 y que contribuyó a la mejora de la eficiencia en el control de los ingresos y gastos electorales. El Tribunal facilitará también, a través de su sede electrónica, unas plantillas y modelos para que los partidos políticos los cumplimenten de forma obligatoria.

El 28M

El próximo 28 de mayo de 2023 está prevista la celebración de elecciones en los más de 8.000 ayuntamientos de España, así como en otras entidades locales de ámbito regional como son las Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco, los Cabildos Insulares canarios, Consejos Insulares de Baleares y el Consejo General de Arán.

También se celebrarán elecciones a las Asambleas de Ceuta y Melilla, y elecciones a las Asambleas legislativas en las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Navarra y La Rioja.

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