Noticias

Ratifican la libre circulación por todo el país de solicitantes de asilo en Ceuta o Melilla

El desplazamiento es libre para quienes tramiten asilos en ambas comunidades autónomas

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha ratificado el derecho a la libre circulación en todo el país de los solicitantes de asilo tanto en Ceuta como en Melilla.
El fallo, identificado con el número 508/2021 y con ponencia del magistrado Octavio Juan Herrero Pina, viene en respuesta a un recurso interpuesto por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).
De acuerdo con la decisión del máximo tribunal, “el solicitante de asilo en la ciudad autónoma de Ceuta (o en otro caso, Melilla), admitida a trámite su solicitud, tiene derecho a la libre circulación en España (con obligación de comunicar cambios de domicilio) y, en consecuencia, no es conforme a derecho la inscripción que limita la validez de la documentación acreditativa de su condición de solicitante de protección internacional, a Ceuta (o en otro caso, Melilla)”.
La sala en cuestión analizó el recurso de casación 2478/2020, interpuesto por el abogado en representación de la Administración del Estado, contra la sentencia de 13 de diciembre de 2019, que fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso 1485/2018, impugnando la desestimación presunta del recurso de alzada formulado contra la resolución que indicaba la incorporación en la documentación justificativa de condición de solicitante de protección internacional, una inscripción indicando "válido solo en Ceuta".
En la sentencia, el Tribunal recuerda que la admisión a trámite de la solicitud de protección internacional ha de suponer para el solicitante que existe una autorización, provisional o no, para que el solicitante pueda permanecer en territorio español.
Esto dejaría claro entonces que no hay una distinción en cuanto al lugar y que tampoco existe una limitación a una parte específica del territorio nacional. La decisión del Tribunal Superior de Justicia vendría a ser una ratificación más.

Un derecho ya confirmado el año pasado

El 29 de julio de 2020, el Tribunal Superior de Justicia ya había confirmado que aquellos solicitantes de asilo, poseedores de la tarjeta roja, podían circular libremente por todo el territorio español. Sin embargo, para ese momento la alegría por la sentencia se vio opacada por las denuncias en contra de la dirección de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) y la Policía Nacional por no ofrecer información clara sobre ese derecho. CEAR vuelve a dar publicidad a una sentencia que le vuelve a ser favorable.

Entradas recientes

Un menor marroquí da positivo en viruela del mono en Ceuta

Un adolescente marroquí acogido en uno de los centros de menores de Ceuta ha dado…

17/09/2026

Militares de Baleares y Tenerife refuerzan el dispositivo militar en Ceuta

El Ejército de Tierra ha completado este jueves el relevo de las unidades desplegadas en la Ciudad…

17/09/2026

Marruecos escenifica refuerzos en frontera y valla ante intentos de entrada de inmigrantes a Ceuta

Marruecos ha escenificado esta tarde unos ensayos de fuerza tanto en la zona de Bab…

17/09/2026

La AD Ceuta perderá a Sevikyan, convocado con Armenia, por dos partidos

Malas noticias para la AD Ceuta que verá como, a la plaga de bajas que…

17/09/2026

Vivas valora la resolución de la UE como un respaldo político e institucional a Ceuta

El presidente de la Ciudad, Juan Vivas, ha valorado de forma muy positiva la resolución…

17/09/2026

Así se prepara el nuevo campamento de inmigrantes del puerto para iniciar los desalojos

Así se prepara el nuevo campamento para inmigrantes en el puerto de Ceuta después de…

17/09/2026