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Estas son las recomendaciones de Asescon para las rebajas de enero

Un detalle a tomar en cuenta es que "hay que comprobar que la calidad y garantías del producto sean las mismas que en cualquier otra época del año"

Una de las temporadas más esperadas cuando comienza un nuevo año es el de las rebajas de enero, cuando inician los descuentos especiales en los comercios y distintos establecimientos que son aprovechadas por los compradores, también en Ceuta, para adquirir productos a mejores precios.

Pero, no todo es color de rosa cuando se habla de rebajas, pues para que las compras realmente valgan la pena, hay que estar atentos a ciertos detalles que garanticen que nuestros derechos de los consumidores sean respetados.

Para ayudar a los compradores durante estos días y bajo el lema ‘Nuestros derechos no tienen rebaja’, la Asociación Española de Consumidores ofrece un catálogo de recomendaciones básicas que conviene seguir.

El primer consejo que dan es que “hay que comprobar que la calidad y garantías del producto sean las mismas que en cualquier otra época del año”.

Asimismo, recuerdan que “los productos de temporada son los únicos que se pueden ofertar como rebajados”.

Los consumidores también deben estar atentos a otro detalle y es que “en la etiqueta deben constar el precio antiguo y el rebajado”.

Por otra parte, es fundamental tener en consideración que “las formas de pago serán las mismas que en cualquier otro período”.

Otros detalles a tener en cuenta

Igualmente, la Asociación Española de Consumidores explica lo siguiente:

  • El ticket de compra es imprescindible para realizar una devolución o reclamación, además los comercios se encuentran obligados por ley a facilitarlo siempre.
  • Los productos rebajados deben estar claramente identificados y separados de los que no estén rebajados, para evitar confusiones a los clientes.
  • Los elementos con taras, desfasados o con deterioros deberán identificarse como saldos. No son rebajas.
  • Hay que prestar especial atención al régimen de cambios o devoluciones que establezca el comercio.

Por último, han dejado claro que “el consumidor tiene el derecho de pedir la hoja de reclamaciones si no está conforme”, añadiendo que “los comerciantes se encuentran obligados por ley a facilitarla, en caso contrario se podrá denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes”.

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