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Separado, sin trabajo: consigue cancelar una deuda de 101.000 euros

Un vecino de Ceuta ha logrado cancelar una deuda de 101.000 euros tras haberse separado y quedarse sin trabajo. Se ha podido acoger a la Ley de Segunda Oportunidad a través de Repara tu Deuda.

Así, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ceuta ha dictado exoneración del pasivo insatisfecho en el caso de un hombre que había acumulado una deuda de 101.000 euros a la que no podía hacer frente.

“El exonerado contaba con un vehículo pequeño para su empleo. Al crecer la familia y por necesidades varias, vendió el que tenía para contar con uno mayor. También solicitó un crédito para poder hacer frente a la compra de los enseres necesarios para el nacimiento del bebé, como cuna, carrito, cómoda, etc. Lamentablemente, años más tarde, se separó y requirió de gastos para la defensa de sus intereses lo que supuso suscribir un nuevo crédito. Más tarde, fue despedido de su trabajo y como solo encontraba trabajos muy temporales solicitó más préstamos para poder subsistir y hacer frente a los gastos de alquiler y alimentación. Debido a la situación, regresó al seno familiar”, explica la entidad.

Al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad ha podido cancelar la deuda y empezar una vida sin deudas.

¿Cómo funciona esta ley?

Tal y como explica Repara tu Deuda, “España fue uno de los países que más tiempo tardó en incorporar a su sistema esta ley, un mecanismo previsto para dar salida a la situación de sobreendeudamiento de las personas angustiadas por pagos imposibles de asumir. Lo hizo tras la Recomendación de la Comisión Europea de 2014 para activar este mecanismo”.

Aunque todavía existe cierto desconocimiento acerca de esta legislación, la realidad es que cada vez son más quienes han llegado a la conclusión de que se trata de la verdadera solución a sus problemas.

Esta legislación permite a particulares y autónomos quedar exonerados de sus deudas si cumplen una serie de requisitos. En líneas generales, es suficiente con que el importe de la deuda no supere los 5 millones de euros, que actúen en todo momento de buena fe y que no hayan sido condenados por delitos socioeconómicos en los diez últimos años.

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