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El Supremo ratifica la pena a un cabo que se durmió en el polvorín porque estaba "aburrido"

La Sala de lo Militar del Supremo ha dictado una sentencia que rechaza el recurso del cabo contra la resolución del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla que le condenó por un delito de quebrantamiento de servicio

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres meses de prisión a un cabo del Ejército de Tierra por echarse a dormir en plena guardia en un polvorín de Ceuta junto a un soldado, porque "estaban aburridos" rel="nofollow" rel="nofollow".

La Sala de lo Militar del Supremo ha dictado una sentencia que rechaza el recurso del cabo contra la resolución del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla que le condenó por un delito de quebrantamiento de servicio.

Los hechos ocurrieron poco después de la medianoche del 19 de febrero de 2021 cuando un teniente fue a realizar la inspección semanal al Acuartelamiento Otero de Ceuta y pidió avisar de su llegada al cuerpo de guardia del Polvorín Hacho-Obispo donde se encontraban de servicio de seguridad el cabo y un soldado.

Pero fue imposible a pesar de estar más de media hora llamando a los teléfonos militares ubicados en el Cuerpo de Guardia, por lo que decidió volver al acuartelamiento para coger las llaves de la instalación, a donde regresó sobre las 01.15 horas.

Al entrar en el edificio comprobó que en la dependencia donde se efectúa la guardia de seguridad "no había nadie", que las luces estaban apagadas y que el cabo y el soldado estaban "tumbados en las camas de las literas y completamente dormidos".

Luces apagadas y "tumbados en las camas de las literas"

Pasados unos cinco minutos, el cabo se levantó de la cama "totalmente desorientado, mal uniformado, sin portar el armamento" y haciendo lo mismo un minuto después el soldado, quien había sido autorizado por el cabo a tumbarse a descansar, facultad que según todos los testigos estaba prevista durante ese servicio de 24 horas de duración, por lo que fue absuelto.

En su recurso, el cabo negó que actuara con voluntad de abandonar el servicio y que se acostara de manera libre y voluntaria con la intención de dormir pensando que su acción iba a quedar impune.

Pero la Sala recuerda que el propio condenado reconoció haberse quedado "transpuesto" y cuando el fiscal le preguntó si pensó que tumbándose en la cama podría desatender el servicio y quedarse dormido, este respondió: "si bueno pero no sé".

Además, la intención de desatender el servicio se apuntala con el hecho de tener la luz apagada, colocar el teléfono sobre una silla, fuera del cuarto, tumbarse en la litera de abajo o quitarse las trinchas.

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