La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha confirmado la sentencia condenatoria que el pasado septiembre dictó la Audiencia de Ceuta contra un acusado de dejar ciego de un ojo a un joven en Claudio Vázquez.
Se le condenó a 7 años y medio de prisión. La Defensa del llamado Z.M.H., alias ‘Tutu’, recurrió ante el órgano superior que no ha estimado ese recurso. Fue una sentencia de interés porque tanto la víctima como el testigo negaron que el acusado tuviera algo que ver en los hechos. Él mismo también lo negó. Pero la Sala, en una resolución nada común, dictó condena que ahora ratifica el TSJA.
La Audiencia consideró probado que, en la noche del 22 de septiembre de 2023, el acusado estaba en la avenida Capitán Claudio Vázquez, discutiendo con otra persona con quien tenía malas relaciones previas.
La víctima medió para que no le golpeara y ‘Tutu’ terminó clavándole una navaja en el ojo izquierdo, apuñalándole seguidamente en el cuello, oreja y costado.
Perdió por completo la visión del ojo, algo que ha motivado la gravedad de la pena impuesta al considerarse que ha perdido un órgano o miembro principal.
Esa relación de hechos probados ha sido confirmada por el TSJA.
La Defensa del llamado ‘Tutu’ expuso que se había producido un error en la apreciación de la prueba por parte del tribunal de instancia, error del que había derivado la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado.
“La Audiencia de origen acertó plenamente al afirmar la culpabilidad del apelante”, expone el TSJA, indicando además que el intento de exculpación que hizo la víctima fue una clara falta a la verdad.
Hay, por tanto, prueba de cargo “más que suficiente” para tener “por enervado el derecho a la presunción de inocencia que inicialmente amparaba el recurrente”.
La Audiencia condenó al acusado a pesar de que víctima y testigo lo exculparon. De hecho, llegó a indicar que, precisamente, por esas declaraciones “no resultaría posible obtener por sí mismas una convicción condenatoria respecto a la autoría de las lesiones sufridas”.
“Ello porque se limitaron a negar las declaraciones previas, alegando no recordar lo ocurrido, habiendo sido conminados a acusar a ‘Tutu’ por las personas que le indicaban que había sido él o por los propios agentes que le tomaron declaración”.
¿Cómo entonces se produjo una condena que ahora, también, la mantiene el TSJA? El tribunal dio prevalencia a las declaraciones en fase de instrucción sobre las relativas al plenario, recordando que es algo que se puede hacer siempre se hayan practicado con las debidas garantías y se haya sometido a efectiva contradicción en el juicio oral.
Y fue ahí donde entró en escena la Policía. Los agentes declararon de forma precisa señalando cómo la víctima identificó sin dudas al autor, vislumbrando un cambio de declaración por causas ajenas.
Además, se tuvo en cuenta que el condenado estuvo escondido tiempo, dictándose una busca y captura contra él.
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