Jueces de Pisa conocen el sistema judicial español en Ceuta

Varios jueces italianos, concretamente de la Corte de Pisa, se encuentran esta semana viviendo una experiencia de intercambio en Ceuta. Esto forma parte de un programa europeo, el EJTN, que tiene como objetivo fomentar el intercambio de experiencias entre las diferentes autoridades judiciales.

Según ha detallado Antonio Pastor, magistrado del Juzgado de Primera Instancia Instrucción nº 5 de Ceuta, “para el que no conozca este programa, hay dos tipos de intercambios: los bilaterales, que son, digamos, los que estamos haciendo esta semana aquí en Ceuta. Es decir, un grupo de jueces de Ceuta estuvimos el pasado mes de junio allí viendo las diferentes instituciones judiciales en la ciudad de Pisa. Y ahora, son ellos a los que les toca” conocer el sistema judicial de España en Ceuta.

Y, por otro lado, se encuentran los intercambios “que pueden ser de corta o de larga duración. Corta o larga duración suelen ser unilaterales, pero la diferencia entre unos y otros es que los de corta duración, igualmente, trata de fomentar el intercambio de autoridades judiciales, pero de una o dos semanas”.

“Mientras, los intercambios judiciales de larga duración, como su propio nombre indica, lo que trata es de, digamos, hacer intercambios en las diferentes instituciones judiciales europeas, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con un periodo que abarca entre los cuatro y los seis meses”, señala Pastor.

Así, entre los jueces de Ceuta que ya vivieron esta experiencia en Pisa se encuentran Antonio Pastor Ranchal, Rubén Salinas Vel, Miguel Ángel Fernández Lupiáñez y Miguel Ángel Cano Romero, mientras que los jueces italianos que han llegado hasta la ciudad son Luca Pruneti, Marco Zinna y Alexia De Durante, que durante estos días están conociendo las diferentes instituciones judiciales, la Jefatura Superior de Policía y el Centro Penitenciario, entre otras áreas.

Una apretada agenda que aporta una gran cantidad de beneficios, como conocer a otros compañeros y fomentar, comparar y poder cotejar los diferentes sistemas judiciales.

En relación a esto último, el juez Pastor señala que, en el caso del sistema judicial italiano, “hay que recordar que nuestro derecho, el derecho español, tiene mucha semejanza con el derecho italiano porque ambos provienen del derecho romano”.

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Aún así, también hay diferentes. “Por ejemplo, cuando nosotros estuvimos en Pisa el pasado mes de junio, una diferencia muy importante es que son los fiscales del Ministerio Público a quienes les compete llevar a cabo la instrucción de las causas judiciales, totalmente diferente a lo que ocurre en España, donde son los jueces de instrucción los que la llevan a cabo de las diferentes causas penales”.

“Aquí son los fiscales los que acusan, mientras que allí en Italia son ellos los que lideran la investigación, siendo los jueces italianos, en el ámbito penal, los que tratan de preservar el cumplimiento de los derechos fundamentales de los diferentes detenidos”, añade Antonio Pastor.

Esta es la primera vez que se lleva a cabo este tipo de programa aquí en Ceuta, por lo que queda abierta la puerta a futuros intercambios. Tanto que, “seguramente, el próximo año unos compañeros de Polonia, que de hecho ya me están pidiendo también hacer un intercambio con ellos, a ver si conseguimos que efectivamente puedan venir aquí y que nosotros, en un futuro, también podamos acudir allí a Polonia y conocer el sistema judicial polaco, que quizás pueda tener muchas más diferencias que el italiano”, ha adelantado Pastor.

Cabe destacar que esto no es un programa muy conocido, pero aporta una gran riqueza tanto a nivel personal como en el ámbito profesional, tal y como ha asegurado uno de los jueces italianos, Luca Pruneti, juez civil del Tribunal de Pisa.

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Pruneti ha manifestado que “es interesante, por ejemplo, en estos días, ver, al lado de los jueces, de los colegas españoles, que tratan los procesos, los juicios penales y civiles, las diferencias y las medidas adoptadas para afrontar problemas que son comunes en los derechos en la vida judicial”.

En ese sentido, Luca ha hablado de cuáles son esas diferencias más notables, entre las que se encuentran “las funciones de las funciones de la causa pública, así como que aquí hay un proceso especial con jurados”. Asimismo, ha contado que allí hay muchos procedimientos penales con drogas.

Estos jueces de España y Italia tienen todavía por delante unos días para seguir aprendiendo unos de otros y conocer mejor las similitudes y diferencias de ambos sistemas judiciales, así como enriquecerse “no solo en lo jurídico, sino en lo cultural”.

Versiones opuestas en un juicio con 5 acusados por lesiones y daños

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta dejó visto para sentencia un juicio en el que se acusa a 5 personas de delitos de lesiones, daños, amenazas y coacciones.
Tras escuchar a todos los implicados, el Ministerio Fiscal pidió una sentencia condenatoria para todos los acusados ya que a su juicio actuaron de común acuerdo, mientras que las Defensas pidieron la libre absolución de sus representados señalando que no quedaron acreditados los hechos e hicieron hincapié en las “múltiples contradicciones” por parte de los dos denunciantes.
Los hechos habrían ocurrido el 15 de junio del año pasado. Sobre las 03:30 horas uno de los denunciantes pasaba con su coche por la avenida Teniente Coronel Gautier cuando, según su versión, fue reclamado por A.A.L.A.L., I.M.A. y M.G.P. para que frenara el vehículo.
Señaló que una vez que salió del coche recibió amenazas por parte de dos de los tres acusados, exculpando en esta ocasión a M.G.P. aunque en Instrucción señaló que este le profirió que “me da igual que denuncies, mi padre es policía local”, se indicó.
Tras recibir esas supuestas amenazas, el denunciante sintió miedo y huyó a la carrera en busca de su hermano que estaba en su domicilio. Los dos regresaron y ya el coche estaba en un callejón de la zona por lo que le requirieron que se lo devolviese. “Ahí mi hermano recibió una agresión en la nariz por parte de A.A.L.A.L. y una vez en el suelo le empezaron a pegar entre muchos”. Además, otro de los acusados, N.A.E.L., fue culpado de colocar su coche detrás del denunciante para que no pudiera “escapar de un callejón que no tenía otra salida”.
Además, el denunciante señaló que una vez huyó del lugar por miedo, A.A.L.A.L. le reventó el retrovisor.

Versiones enfrentadas

Una historia diferente a la mostrada tanto en Instrucción como en sede policial, donde identificó perfectamente a los acusados y también culpó de lleno a M.G.P. de lo ocurrido.
Su hermano, otro de los denunciantes y que presentó un parte de lesiones en la nariz y rodilla, señaló que fue agredido por A.A.L.A.L. de un puñetazo y que cuando quería huir, porque llevaban navajas y extensibles, le puso la zancadilla.
Una versión totalmente opuesta a la ofrecida por los 5 acusados. Todos ellos defendieron su inocencia, no desmintieron que estuvieron en la zona, pero indicaron que la versión de los denunciantes “era mentira”. Señalaron que ellos en ningún momento reclamaron que parara el coche y que fue el propio denunciante el que frenó de forma voluntaria y, con su mano en la cintura como si llevara un arma, “nos pidió que le dijéramos dónde estaban dos que le habían pegado a su primo”.
Declararon que el denunciante salió corriendo, apareciendo más tarde con su hermano que portaba un cuchillo. En este sentido, A.A.L.A.L., señaló que “ya he recibido una puñalada y cada vez que veo un cuchillo me quedo en shock. Se vino para mí y yo en un acto reflejo le golpeé para huir de la zona. No descarto que le diera en la nariz, aunque no lo recuerdo, pero fue en defensa propia porque lo único que quería era escapar del lugar”.
Un juicio con versiones enfrentadas, con contradicciones varias, sobre el que ahora será el magistrado el que dictamine una sentencia.

Condenado tras el brutal ataque de un dogo argentino a una mujer

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a una pena de 18 meses de multa a razón de 10 euros diarios al responsable del dogo argentino que causó lesiones a una mujer en Huerta Téllez, en marzo de 2023.

Se le impone la multa en su extensión máxima atendiendo tanto a los antecedentes penales del acusado como a la gravedad de la infracción del deber objetivo de cuidado, así como a las numerosas y graves lesiones causadas junto con las secuelas y la posterior huida del lugar del ataque.

La condena es por un delito de lesiones por imprudencia grave, y en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 65.063,58 euros. Los intereses de la víctima han estado defendidos por Manuel Martínez Selva.

Tal y como se recoge en la sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, el acusado B.A.M. queda absuelto de un delito de omisión del deber de socorro y se le condena al pago de la mitad de las costas. La sentencia no es firme, de hecho, va a ser recurrida ante instancia judicial superior.

Qué se considera probado

Se considera probado que, en la madrugada del 27 de marzo de 2023, el acusado estaba con un dogo argentino propiedad de su hermano. Lo tenía bajo su cuidado y custodia, a sabiendas de que se trataba de un perro potencialmente peligroso por lo que siempre debe ir con bozal, correa corta y llevado por alguien mayor de 18 años. A pesar de ello, lo llevaba suelto por la vía pública y sin esa medida protectora.

Carecía, además, de licencia preceptiva y del seguro de responsabilidad civil obligatorio.

Esa noche, el perro se abalanzó sobre el hijo menor de la denunciante, pero no pudo alcanzarle porque ella se interpuso en la trayectoria.

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Esto le provocó graves lesiones al morderle el brazo, sin lograr quitárselo de encima hasta que apareció el acusado y le hizo una señal para que volviera. Solo así el can le soltó. Tras la agresión, el ahora condenado abandonó el lugar con su perro.

La víctima sufrió graves lesiones que tardaron en curar 111 días, quedándole además secuelas.

Un testimonio “firme y coherente” que ha prevalecido

En sentencia, se han valorado las declaraciones ofrecidas tanto por la víctima como por su marido, siendo calificadas de “firmes, coherentes, ricas en detalles, coincidentes y complementarias” en torno al ataque cometido.

En cuanto a la versión exculpatoria ofrecida por el acusado, no ha sido capaz de probarla.

La diferencia entre los testimonios es que la manifestación de la víctima se considera “suficiente” para enervar la presunción de inocencia del acusado, sin que exista “ningún motivo para dudar de la verosimilitud de su identificación, máxime cuando los sujetos implicados no se conocen de nada, no existiendo móvil espurio o de venganza que indique una falsa o errónea inculpación”.

Considera la magistrada que los testimonios de cargo, que se refrendan entre sí, unido al resto de pruebas practicadas alcanzan un valor probatorio pleno y suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado.

El acusado actuó con infracción de la diligencia debida exigible, vulnerando los deberes esenciales de cuidado en lo referente a la posesión de un animal potencialmente peligroso, lo que condujo al ataque.

No cumplió las medidas de seguridad incurriendo además en diversas infracciones administrativas. Sabía que debía llevarlo con bozal, pero lo dejó suelto en las inmediaciones de un parque infantil, estando la calle llena de gente al ser Ramadán. Era altamente previsible que el perro podía atacar.

De hecho, presentaba una especial agresividad, existiendo un expediente en Sanidad contra este can por eso.

Funcionario de la Ciudad, condenado por acoso sexual a una trabajadora

La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha condenado a un funcionario de la Ciudad Autónoma al pago de 100.000 euros por acoso sexual cometido contra una trabajadora a sus órdenes en el Negociado de Información y Registro del Ayuntamiento.

Esa cantidad se estima en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro. La denunciante ha sido defendida por el despacho de abogados Sevilla-Asencio.

Se absuelve, en cambio, a la Ciudad Autónoma, contra la que también se había dirigido la denuncia. La sentencia no es firme ya que cabe recurso ante la Sala de lo Social del TSJA.

De hecho, se indica que desde el momento en que sabe de la situación, “adoptó medidas previstas en el protocolo de actuación contra el acoso, adoptando medidas pertinentes cautelares para evitar la continuación del acoso denunciado, realizando una prolífica labor investigadora”.

“No se puede considerar que existe una responsabilidad solidaria del empleador toda vez que la administración ha actuado de una forma diligente desde el momento en que se comunicó la situación provocada por un superior”.

Qué se considera probado

La magistrada titular del Juzgado de lo Social 1 considera probado que la demandante estaba prestando servicios para la Ciudad como auxiliar administrativo. En mayo de 2021 se iniciaron los trámites para su traslado al Negociado de Información y Registro, quedando adscrita al mismo en junio de ese año.

Desde esa fecha, el ahora condenado, superior directo de la denunciante, mantenía conversaciones con ella a través de WhatsApp en las que “si bien en la mayoría de las mismas se informaba de los trámites necesarios para que la actora ocupara la plaza”, también incluía “comentarios de índole personal”.

En esas conversaciones le hacía saber “las enormes dificultades que tenía para lograr su traslado; que la adscripción a dicha plaza era debido a su esfuerzo; que todos los compañeros estaban en contra de dicha decisión o que había más personas interesadas en dicha plaza, pero que había sido él quien lo había decidido y, en consecuencia, que el hecho de que ocupara dicha plaza se debía exclusivamente a su decisión”.

Los mensajes que continuaron a pesar de las advertencias

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El contenido de las conversaciones y mensajes fue modificándose a partir de junio de 2021, pasando a tener, esencialmente, un contenido “sexual-sentimental”, tal y como recoge su señoría.

Entre los enviados figuraban contenidos de este estilo dirigidos por el ahora condenado a la demandante: “Si usted me da clases de gimnasia, yo le doy de saber besar, soy un maestro con un gran currículum” o “con esos ojos no puedo ir, y menos mal que tiene la mascarilla, tiene una boca preciosa”.

También otros del tipo: “Tú eres la elegida del Registro, tienes lo mejor del servicio, en horario, en trabajo y en sueldo, siendo auxiliar y un jefe que está prendado de usted”. O, “no puedo pasar ni un día sin verla… estás preciosa… me he quedado prendado de su belleza… nervioso me voy a poner yo cuando la vea”.

La situación fue a más ya que a partir de julio ese contenido resultó más explícito con alusiones constantes a que la trabajadora era guapa o que tenía ganas de besarla. De hecho, se recoge en sentencia que llegaba a enviar un número “nada desdeñable” de mensajes de forma “casi diaria a cualquier hora del día”.

La demandante no los contestaba o lo hacía, a lo sumo, de forma escueta con un emoticono. Ya, en agosto, decidió advertirle que mantuviera las distancias, pero el envío de mensajes siguió a pesar de dichas advertencias y del estado de ansiedad que estaba causando en la perjudicada.

Situación de “agobio” e “incomodidad” considerada probada

Se considera probado que el ahora condenado llegó a acariciar la pierna de la demandante cuando esta tuvo que acompañarle en un vehículo del Negociado o que acudía diariamente a la zona donde la mujer prestaba servicios colocándose “de forma innecesaria” muy cerca de ella. Esa presencia en este lugar de trabajo no se producía antes de que la demandante ocupara la plaza.

La conducta de este funcionario llegó a un punto y dio pie a tal situación “de agobio” e “incomodidad” que los propios compañeros del Negociado estaban pendientes de cuando llegaba para entrar en el habitáculo donde estaba su compañera y evitar así que se encontrara sola.

Hasta el punto llegó la situación que un compañero entraba incluso media hora antes para ‘protegerla’, evitando así que estuviera un tiempo a solas porque llegó a tener miedo de esta situación.

En octubre, la mujer fue trasladada a las dependencias del Ceuta Center, pero a pesar de ello el ahora condenado acudía a diario a estas instalaciones “sin causa justificada” y “sin que hasta ese momento hubiera ido con dicha asiduidad”.

“Llamaba de forma reiterada y constante a la demandante sin razón” hasta el punto de que esta pidió a sus compañeros que cogieran el teléfono para evitar hablar con él y, a partir de esa decisión, este ordenó que le pusieran un número específico para ella.

En noviembre sucede otro episodio más cuando le dejó una bolsa con regalos en su mesa al no encontrarla en el despacho. Poco después se presentaría denuncia ante la Ciudad poniendo de manifiesto la existencia de una situación de acoso sexual a fin de que se iniciara el protocolo.

La evolución de una situación “cada vez más asfixiante”

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A medida que va pasando el tiempo, recoge la sentencia, la actitud del demandado “resulta cada vez más asfixiante”, con situaciones “más claras desde el punto de vista de sus perspectivas sentimentales y sexuales”, así como “más apremiantes”, a pesar de que la denunciante le pidió que dejara de molestarla y agobiarla.

En los mensajes enviados, el funcionario ponía de manifiesto que tanto su inicial traslado como el mantenimiento de su plaza dependían de él, y que la tenía que defender frente a terceras personas para conservar el destino.

Esto evidencia “una posición de desigualdad” al poner de manifiesto que “la plaza se debe exclusivamente a una decisión unipersonal pudiendo cambiar de opinión en cualquier momento”.

En la condena se ha tenido en cuenta “la conducta del funcionario no solo respecto de la actora sino a terceras personas; la pluralidad de hechos que individualmente considerados pueden ser constitutivos de acoso sexual; la intensidad de la conducta del actor, que no suponía la realización de actos aislados y esporádicos sino un acercamiento y conductas diarias; el carácter pluriofensivo de la lesión así como la pluralidad de ocasiones en las que la actora pidió al demandado que cesara en hostigarla y pese a ello siguió”.

Esto lleva a que se haya considerado una conducta “muy grave”.

Operación Búnker: del golpe de la Udyco a la resolución judicial

La denominaron Operación Búnker. Un golpe policial ejecutado en Ceuta, en la avenida capitán Claudio Vázquez, que se había saldado con la incautación de un arsenal de armas además de hachís, cocaína y pastillas.

Aquel despliegue de la Udyco se desarrolló en abril de 2023. Ahora, año y medio después, se ha dictado sentencia condenatoria contra los 3 acusados.

Las tornas han cambiado radicalmente porque no hay rastro ni de existencia de banda organizada ni de posesión de armas, sencillamente porque las que se encontraron estaban inutilizadas. No eran armas de fuego, como se indicó en la nota oficial que envió a los medios la Jefatura Superior. El procedimiento se ha podido seguir solo por tráfico de drogas.

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Las condenas aceptadas por los tres acusados ante el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta han sido por la comisión de un delito contra la salud pública. Los llamados Y.B.B. y M.M.M. aceptaron una condena de 1 año y 6 meses de cárcel además del pago de 1.495 euros.

La tercera acusada, C.R.R., fue condenada a 3 meses de prisión y al pago de 20 euros de multa. En todos los casos esas penas están suspendidas, es decir, no entran en prisión, pero en el caso de la única mujer condenada tendrá que someterse a un programa de desintoxicación de drogas.

La diferencia entre las penas es que la condena a los dos primeros es por delito contra la salud pública en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud. Los acusados, que no se enfrentaron a vista oral al reconocer la comisión del delito aplicándose así la figura jurídica de la conformidad, estuvieron defendidos por los abogados Néstor García León y Cristina Borrego. Inicialmente se enfrentaban a peticiones de hasta 5 años de cárcel.

De los hechos a la resolución judicial

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Este es el punto y final a una intervención policial con resultados magnificados sobre el papel, ya que la resolución judicial dictada no ha sido acorde.

La Udyco actuó en varias viviendas ante la sospecha de que se estaba traficando con hachís, cocaína y pastillas. Así, se organizó un dispositivo de vigilancia entre los días 13, 14 y 17 de abril de 2023, comprobándose la aproximación de individuos a esas casas para la compra de droga.

Fue el 19 de abril cuando, con mandamiento judicial, la Policía irrumpió en las viviendas para proceder a la detención de los acusados.

En las distintas casas objeto de registro fueron intervenidas pastillas (trankimazin, diazepan, alprazolan, clonazepam…), cogollos de marihuana, diversas cantidades de hachís, 9 papelinas de cocaína, dinero y una báscula de precisión, entre otros elementos.

También armas, pero no aptas para el disparo. Se constató que ese famoso arsenal no era más que una carabina marca Gamo de aire comprimido cuya tenencia es libre de uso domiciliario para adultos, así como una pistola modelo G5 que no estaba capacitada para el disparo.

Ahí está la clave, ya que inicialmente la Policía reseñó a la prensa que en las viviendas objeto de registro se habían intervenido armas de fuego. Tras los informes periciales encargados se constató que no podían tener esa finalidad.

La llamativa operación policial terminó siendo portada en todos los medios de comunicación, participando en la redada tanto agentes de la UIP, como de UPR y guías caninos para respaldar la acción investigadora de la Udyco.

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Atrás queda el operativo con decenas de agentes participantes que llegó a paralizar la actividad en el entorno de Los Rosales, a la altura de la antigua prisión. Se actuaba en viviendas sobre las que se tenía información de venta de droga en pequeñas cantidades, algo que constataron los agentes al verificar que quienes salían de esas casas lo hacían con sustancias estupefacientes.

Los tres únicos acusados que se han sentado en el banquillo reconocieron su implicación en el tráfico de drogas aceptando las penas acordadas entre el Ministerio Fiscal y las defensas.

Esto evitó que la hilera de agentes de la Policía Nacional citados para la vista tuvieran que prestar declaración.

El brutal ataque de un dogo argentino a una mujer llega a juicio

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio en contra de un varón que, en marzo de 2023, paseaba un dogo argentino propiedad de su hermano. Está acusado de un delito de lesiones por imprudencia grave por el que se enfrenta a una pena de 3 años de prisión, ya que consta denuncia de que este perro fue el autor de unas graves lesiones cometidas contra una mujer que paseaba por Huerta Téllez.

El juicio, que quedó suspendido en julio, se ha celebrado este lunes una vez se pudo comprobar que el can no contaba con la licencia oportuna que lo cataloga como perro potencialmente peligroso expedida por la Ciudad Autónoma.

El suceso, que ocurrió el 27 de marzo del año pasado, se produjo en las inmediaciones de un parque infantil en la barriada de Huerta Téllez. La víctima señaló que venía junto a familiares de celebrar una cena familiar y, al estacionar el coche, su hijo le pidió jugar en el parque infantil.

La víctima: «Tenía el brazo sangrando y lleno de babas»

Una vez estuvieron en el parque, cuando ya se marchaban a casa, vieron como “un perro de grandes dimensiones” venía corriendo por detrás de ellos dirección a su hijo. “Iba para él y lo empujé. Fue el momento en el que me agarró del brazo y a pesar de que mi marido me lo quisiera quitar de encima fue imposible”, ha narrado la afectada.

La denunciante sufrió graves secuelas presentando no solo cicatrices pronunciadas que ocasionaron un perjuicio estético sino también movilidad limitada y dolores.

La víctima ha declarado que, minutos después, apareció el acusado, silbó al perro y fue cuando el can soltó su brazo. “Tenía el brazo sangrando y lleno de babas del perro”. La denunciante reconoció al acusado en sala y señaló “tengo claro que fue él el que apareció con el perro, su cara jamás se me va a olvidar”.

Además, añadió que su marido decidió llamar al 112 y fue cuando el acusado le profirió que “no lo hiciera”. “Viendo que mi marido estaba llamando, este señor se puso la capucha de la sudadera y salió corriendo del lugar”.

Marido de la víctima: «El perro estuvo a punto de matar a mi mujer»

Sobre si fue el acusado el que llevaba el día de los hechos al can, ha sido el marido de la víctima el que ha declarado con más claridad. Ha señalado que después de ver lo que le ocurrió a su mujer, empezó a gritar pidiendo ayuda a los vecinos que había en la zona. “Había varias personas ya que se estaba en Ramadán, pero nadie quería hablar. Solo fue un vecino el que se me acercó y me dio su nombre y me dijo dónde vivía. No quiso hablar mucho más porque decía que el acusado era un hombre peligroso”.

Además, el marido de la denunciante insistió en que “una persona que llevaba a un perro que ha estado a punto de matar a mi mujer jamás se me olvidará”.

Por último, explicó que tardaron tres meses en poner la denuncia debido a que necesitaba que su mujer se recuperara e identificar al acusado.

El acusado dice que estaba trabajando: «No fue mi perro»

Sobre todos estos hechos, el acusado señaló que él no sabía “nada” hasta que le llegó una citación. “Ese domingo estaba trabajando, era imposible que a la hora de los hechos estuviera en el lugar”.

El acusado indicó que el perro es de su hermano, pero que al irse a Londres a trabajar él se quedó cuidándolo. “No puedo saber nada de los hechos porque mi perro no fue. No estaba allí, estaba trabajando y por lo tanto mi perro no fue”.

El hermano del acusado indicó que le tuvo que dejar su perro, pero reconoció que no tiene la licencia que debe tener al contar con un can de raza de potencialmente peligroso.

Por último, el jefe del establecimiento donde trabaja el acusado señaló que se encontraba ahí cuando ocurrieron los hechos. “Me acuerdo porque él nunca falla a trabajar. Los domingos, además, es cuando hacemos limpieza por lo tanto tuvo que salir sobre las 03:30 horas”.

El juicio quedó visto para sentencia después de que Fiscalía y Acusación Particular pidieran condena y la Defensa la libre absolución de su representado.

Los heridos en la narcolancha siniestrada en Sanlúcar son vecinos de Ceuta

Novedades respecto de la situación de los detenidos por su relación con la narcolancha siniestrada en Sanlúcar de Barrameda, en un suceso que dejó una persona muerta. Los cuatro arrestados, que resultaron heridos, son todos vecinos de Ceuta. Para tres de ellos se ha ordenado ya prisión provisional, solo queda la declaración del cuarto que se prevé se produzca este miércoles.

A primera hora de la tarde se sabía que el Juzgado de Primera Instancia de Instrucción número 1 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), en funciones de guardia, había ordenado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de uno de los detenidos.

Se trataba de uno de los varones que iba en la narcolancha que volcó el pasado sábado en una persecución de la Guardia Civil por el río Guadalquivir y en la que cuatro tripulantes, todos de Ceuta, resultaron heridos y uno -que no es de nuestra ciudad- perdió la vida.

Inicialmente, se le atribuyen presuntos delitos de contrabando y contra la salud pública.

Durante su comparecencia judicial, el detenido se acogió a su derecho constitucional a no declarar. ¿Y qué pasaba con los otros tres arrestados?

Ahora, se han conocido nuevos datos. Y es que, finalmente, a lo largo de la jornada han pasado a disposición judicial otros dos más de los detenidos de la narcolancha para los que también se ha dictado prisión. Es decir, un total de 3 en todo el día.

Dos de ellos han comparecido en el Juzgado, mientras que una comisión judicial se ha trasladado al hospital donde se encuentra ingresado el tercero.

Para todos se ordena el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza y se les atribuyen presuntos delitos de contrabando y contra la salud pública. Durante sus respectivas comparecencias judiciales, todos se han acogido a su derecho constitucional a no declarar.

Hay otro varón detenido por estos mismos hechos que está ingresado en un centro hospitalario y que previsiblemente pasará mañana miércoles a disposición judicial.

Una persona muerta

En el suceso un narcotraficante falleció y cuatro vecinos de nuestra ciudad resultaron heridos tras impactar su embarcación contra la costa cuando huían de los agentes a gran velocidad por el río Guadalquivir.

La operación comenzó la noche del sábado cuando se detectó la presencia de ocho narcolanchas entrando a gran velocidad por el río Guadalquivir a su paso por Cádiz.

El dispositivo, formado por el Servicio Marítimo de Cádiz y Huelva, un helicóptero, agentes de la Comandancia de Cádiz y el Grupo de Acción Rápida (GAR), comenzó la persecución para impedir el desembarco del alijo.

Una de las embarcaciones, con cuatro motores y cargada de droga procedente de Marruecos, iba acompañada por otra que hacía de guía de esta.

47 fardos de hachís

Una vez llegaron ambas a tierra comenzaron a alijar la carga, momento en el que el helicóptero aterrizó junto a ellos.

Los tripulantes huyeron del lugar con la narcolancha más grande, abandonando 47 fardos de hachís y la embarcación que hacía de guía.

Se inició entonces la persecución, a la que se sumó una embarcación de la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera (DAVA), durante un recorrido de unos 400 metros, ya que la narcolancha acabó colisionando contra la costa tras cruzar en línea recta el río de lado a lado a máxima potencia.

La embarcación volcó hacia abajo, produciendo el fallecimiento de un ocupante, mientras que otros cuatro resultaron heridos de diversa consideración. Estos tienen domicilio en nuestra ciudad.

Una ceutí, en huelga de hambre al no lograr la incapacidad permanente

Más de siete años luchando para conseguir la incapacidad permanente total. Esa es la historia de una vecina de Ceuta que ha iniciado una huelga de hambre después de que el Juzgado de lo Social nº1 haya vuelto a rechazar esta solicitud.

Bajo las iniciales E.G.P. se ‘esconde’ una mujer funcionaria pública a la que hasta en dos ocasiones le han denegado situación de incapacidad permanente total a pesar de tener muchas patologías, tal y como ella asegura.

Por eso, ha decidido iniciar esta huelga de hambre, “pues llevo 35 años trabajando y tengo 60 y me han aplastado como a una hormiga”.

La historia comienza hace años cuando, en primer lugar, realizó esta solicitud a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, INSS, pero el mismo se opuso alegando que «tenía capacidad para realizar cualquier tipo de actividad», tal y como se recoge en la última sentencia notificada.

Por eso, decidió pasar a la vía judicial, en donde también se la han rechazado en dos ocasiones, la última en mayo de este último año.

Según cuenta, para esta última causa, «he cogido el perito judicial de fuera, ya que el señor perito de Ceuta no quiso valorarme nunca, pensando que eso me iba a ayudar, pero me equivoqué».

Y es que, no ha conseguido obtener aquello por lo que luchaba sin justificación alguna a pesar de que el perito expuso todas sus patologías ante la jueza.

“Dicen que mis patologías no son suficientes” y la sentencia recoge que las mismas “no impiden el desarrollo de toda actividad profesional” ya que “tiene conservadas sus facultades intelectivas, puede deambular de manera autónoma, presenta plena funcionalidad en las manos, no tiene limitaciones a nivel de sentido, está tan solo limitada en menos de un 50% del balance articular formar”.

Por todo esto, esta vecina lamenta y no entiende “por qué se han ensañado conmigo cuando llevo pidiendo la Incapacidad Total hace muchos años y cuantas más patologías tengo, más me restan”.

Además, asegura que “las crisis de dolores me dan un día sí y otro también. Si las historias clínicas existen, que le echen un vistazo a todos los especialistas del Ingesa que son los que en su día hicieron los informes oportunos donde consta todo lo que tengo hoy por hoy”.

Entre esas patologías se encuentran cinco hernias operadas con sus respectivos injertos, tornillos y placas; fibromialgia, artrosis, hipertensión, trocanteritis y trastorno ansio-depresivo, entre otras. Todo esto le obliga a ir al trabajo medicada para soportar los dolores que le provocan.

La sentencia recoge que sus patologías «no impiden el desarrollo» de su profesión

Sin embargo, «en la ultima sentencia solo se recogen cuatro patologías y habían quitado y tergiversado todo” cuando “el que me conoce y los médicos de Ceuta saben lo que tengo”, expresa E.G.P.

Esta situación está llevando a esta vecina a una situación desesperada porque, se pregunta, “¿quién de Ceuta está trabajando con mis patologías? Que yo sepa nadie tiene la mente tan afectada como yo por todo el daño causado”.

Otra cosa que denuncia esta vecina es que la sentencia que le han entregado “no tiene firma ni sello. ¿Será que es una fotocopia simple?”, se pregunta.

“Mi última reclamación va dirigida al INSS, y en ella quien pincha y corta es la Unidad Médica, Tribunal médico y el director, ya que tienen tanto miedo que me mandaron a valorar a Algeciras, siendo ciudadana de Ceuta, porque ninguna de las tres inspectoras en ese momento quisieron valorarme”, señala E.G.P.

Toda esta situación la ha hecho desesperar y por eso ha decidido iniciar una huelga de hambre para que todos conozcan su caso e intentar lograr que le reconozcan la incapacidad permanente.

Las patologías

La última sentencia sólo recoge cuatro de ellas. La afectada asegura que sufre muchas más, que se pueden consultar su historial clínico.

Años de lucha

El juzgado ha rechazado la solicitud en dos ocasiones. Primeramente lo solicitó a través del INSS, donde también se lo denegaron

Resignación

Ha comenzado la huelga de hambre para presionar. La afectada cree que quieren ir contra ella y no entiende por qué le deniegan esta solicitud.

Los narcos del grupo de WhatsApp que ‘cazó’ la Guardia Civil

Lo llamaron 123. Esa era la identificación del grupo de WhatsApp que compartían 11 ceutíes implicados en la preparación y transporte de, al menos, media tonelada de hachís en la zona conocida como las piscinas del Sarchal, en Ceuta.

Lo tenían todo preparado, o casi, para abastecer a una narcolancha que debía recoger la droga. La presencia de agentes del Servicio de Información en la zona y el posterior auxilio de otras unidades dio al traste con sus planes.

Los narcos artífices de este pase frustrado se pasaban información a través de este grupo. El acceso de la Guardia Civil al mismo ha servido para dar con más implicados en la trama. El caso, cuya instrucción se lleva en el juzgado número 4, no se ha cerrado, pero ya no se encuentra protegido por el secreto de sumario.

Buena parte del grupo participante tiene sobre sus espaldas una acusación por delito contra la salud pública y por sus muñecas han pasado los grilletes de la detención. Los que lograron burlar la acción policial están plenamente identificados. No hay escapatoria posible.

“Ya está patrón”: el primer mensaje en el grupo

“Ya está, patrón”. “Avisa si ves algo, tienes que avisar cuando aún estén lejos, amigo”. Estas fueron las primeras indicaciones compartidas a primera hora de la mañana de ese 3 de julio por los participantes en el grupo 123. Todos tenían que cumplir a la perfección un reparto de roles: informar, vigilar, cargar, entregar…

Armados con teléfonos móviles para compartir esa mensajería instantánea, así como walkies para comunicarse, unos se posicionaron en las inmediaciones del Sarchal, mientras otros ejercían de mulas de carga de los fardos de hachís que iban a ser entregados a una narcolancha.

“Todo bien”, se comunicaron. Pero no, no iba bien. Tal y como se desprende de las conversaciones íntegras, algunas en árabe, reproducidas por la Policía Judicial de la Guardia Civil, los componentes del grupo 123 vieron hundirse su negocio cuando comenzaron a llegar patrullas del Instituto Armado hasta la zona, mientras que el Marítimo se acercaba a las ‘piscinas’.

Los integrantes del Servicio de Información habían alertado de lo que se estaba gestando y pronto se dispuso de todos los operativos disponibles para evitar que ese tráfico de drogas llegara a buen puerto.

“La goma del 3 sale de la lonja, chicos”

“Chicos, dos patrullas bajan a tope”, alertaron los componentes del grupo. “Cuatro, bajan dos más”. “La goma del 3 sale de la lonja chicos”, apuraba otro de los componentes a quien se le encomendó rastrear los movimientos de las embarcaciones oficiales atracadas en el puerto de pescadores.

Al igual que en tiempos sucedía en el puerto deportivo, la lonja está también expuesta a ese control paralelo que solo tiene un fin: rastrear los movimientos de los agentes.

El grupo de narcos se había repartido los roles de carga de la droga, coordinación del operativo y vigilancia, posicionando a participantes en los puntos estratégicos para informar de la llegada de vehículos o la salida desde el puerto pesquero de las unidades del Marítimo, enviando incluso fotografías al grupo.

“Los picolos han sospechado algo, tío”

“Por el Recinto viene un jeep, baja por Patio Castillo… Los picolos están bajando por la universidad, chicos quien los vea que avise, han sospechado algo tío”, agregan. “A lo mejor se han dado cuenta, hijos de puta, van directos”.

“Han sospechado seguro, han sospechado, seguro hermano. Lo que pasa es que no saben lo que hay con seguridad, ¿entiendes?”.

El negocio redondo que se habían propuesto sacando la mercancía se desbarataba ante la operación coordinada por el COS para evitar la salida de la droga y dar con los implicados.

Ese 3 de julio, se detuvo a tres personas, una de ellas menor de edad ya sentenciado. Las investigaciones llevadas a cabo por la Policía Judicial llevaron a arrestar a otros tres más, iniciándose así una cadena hasta identificar a los once participantes.

“Daros prisa, hermanos, bajan lanzados”, advertían. La combinación de esa mensajería y de los mensajes a través de walkies que no funcionaron como debían no impidió el despliegue de los agentes.

Rastreo por parte de la Policía Judicial

La Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil pudo cerrar esta investigación enmarcada en la lucha contra el tráfico de drogas no solo con la práctica de arrestos in situ, de personas sorprendidas con las manos en la masa, sino investigando los movimientos de quienes sabían desde el primer momento todo el proceso del operativo.

Se investigó tanto la ubicación de todos los participantes como también sus movimientos, así como su participación en el grupo de WhatsApp. Un engranaje perfecto para ir ubicando sobre el tablero cada una de las piezas en lo que fue una pretendida salida de droga para abastecer el mercado de narcóticos movido, en grandes cantidades, a través de narcolanchas.

Todos los investigados participaron en ese grupo de forma activa, pero además estaban el día de los hechos en Ceuta y el análisis de ubicación de sus teléfonos móviles no ofrece dudas sobre su situación.

Las piscinas del Sarchal constituyen un punto negro por haber sido utilizado para otros desembarcos de droga u ocultación de petacas de combustible debido a su difícil acceso. Por esos caminos bajaron, dentro de bolsas de deporte oscuras, la mercancía. Desde la carretera su visibilidad queda mermada, pero desde el mar permite el acercamiento de embarcaciones para la carga.

Es una auténtica golosina para quienes se dedican a traficar con droga o con personas, así como al abastecimiento de las embarcaciones con combustible.

También es un punto en el que se puede controlar fácilmente el acceso a la barriada, posibilitando la vigilancia de quienes cumplen los roles de alerta ante la presencia de patrullas de las fuerzas de seguridad. Todo se ve, es poco probable que los detalles escapen de quienes tienen la encomienda de apostarse y vigilar.

Pero ese 3 de julio en el que todo estaba atado falló todo, hasta las alertas de un grupo de WhatsApp que han terminado siendo la prueba clave para juntar a piezas distintas en una misma acción delictiva.

Dos historias enfrentadas en torno a un pase de inmigrante

Dos versiones enfrentadas y un juicio a la vista en el que se tendrán que esclarecer los hechos. Así ha terminado, de momento, en los juzgados la operación llevada a cabo en el puerto deportivo de Ceuta por la Policía Nacional que terminó con dos personas detenidas, investigadas por tráfico de inmigrantes, y un marroquí solicitante de asilo señalado como el protagonista del pase abortado.

Según la Jefatura Superior, una unidad policial patrullaba por el puerto deportivo y procedió a la identificación de tres personas. Un inmigrante que llevaba en su poder un papel arrugado de un acta de citación para tramitar una solicitud de Protección Internacional y dos varones documentados que, presumiblemente, iban a favorecer su traslado a la Península.

De acuerdo con lo manifestado por los agentes que actuaron, los tres ocuparon una embarcación con la que iban a llevar el pase. Cuando fueron preguntados por su salida, uno de los ocupantes dijo que salían a pescar, mientras otro, que iban a dar una vuelta. El inmigrante solo dijo: “Península, Península”.

Este viernes fueron puestos a disposición del juzgado, en donde además de trasladarse el contenido del atestado policial se pudo conocer la versión de los detenidos y el inmigrante.

Al no reconocer la comisión de delito alguno, todos quedaron en libertad a la espera de juicio.

¿Cuál es la otra versión?

Según la otra versión, los detenidos y el inmigrante son amigos y estaban en el puerto deportivo arreglando una embarcación con la que habían salido en varias ocasiones a pescar.

De hecho, el peticionario de asilo vive en la casa de uno de los detenidos y ayer mismo tenía cita en las dependencias de la Policía para tramitar el asilo, por eso, cuando vieron su citación indicó “Península, Península”. Mantuvieron que no tenían intención de efectuar pase clandestino alguno.

Este asunto tendrá que aclararse en el transcurso de una vista judicial que se señalará en el juzgado de lo Penal.