Le detuvieron con una lavadora llena de hachís y ahora recibe su condena

Cuando la Guardia Civil se puso a registrar su vehículo modelo Mercedes Vito no podía creer lo que estaba viendo. Una lavadora en perfecto uso que había servido para esconder hasta 23 kilos de hachís. Allí mismo, en el puerto de Ceuta se le pusieron los grilletes al llamado Y.D.

Ahora el magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 le ha condenado por delito contra la salud pública.

El joven marroquí reconoció los hechos y aceptó una pena de 3 años y 1 día de cárcel, pero cuando haya cumplido las dos terceras partes se le expulsará si no demuestra tener arraigo en nuestro país.

Los hechos

Fue el 18 de junio a las 14:30 horas cuando la Guardia Civil lo detuvo. Iba a embarcar conduciendo una Mercedes Vito llena de enseres, entre ellos esta lavadora que tenía truco, ya que ocultaba 91 bloques de hachís.

De inmediato se le detuvo, después entró en prisión preventiva y ahora ha sido condenado a prisión tras reconocer la comisión del delito, por lo que no fue necesaria la celebración de juicio oral.

Fue sin duda uno de los servicios más curiosos para la Guardia Civil, en una semana en la que se practicaron varias detenciones asociadas al tráfico de drogas.

Una semana de presión

La Guardia Civil detuvo solo en esa semana a 18 personas, todas ellas relacionadas con delitos de pase de hachís ocurridos en Ceuta. Algunos tan curiosos como este caso. En total se intervinieron 229 kilos de esta droga.

Los decomisos fueron fruto de un plan especial en el puerto llevado a cabo en pleno verano a tenor del aumento de intentos de tráfico de hachís.

Contó la Benemérita en una nota de prensa que “este dispositivo se estableció ante el inicio de la época estival y el elevado aumento de personas y vehículos que efectuaban dicho tránsito naviero, atendiendo especialmente a los controles de movimientos que se venían realizando de una forma pautada, así como las líneas de investigación sobre vehículos susceptibles de ser preparados para portar oculta sustancia estupefaciente”.

El TSJA condena a la Ciudad a pagar casi 33.000 euros tras una caída por las losetas

Fueron bautizadas como las losetas asesinas. Y no le faltaba al calificativo nada de razón. La colocación de este tipo de pavimento en Ceuta, responsable de cuantiosos accidentes, dio pie a decenas de resoluciones judiciales condenatorias con cargo a las arcas municipales.

Algunas de esas sentencias fueron dictadas por juzgados de nuestra ciudad, en otros casos ha sido el TSJA, es decir, una instancia judicial superior, el que se ha pronunciado para tumbar fallos beneficiosos para el Ayuntamiento, al dejar claro la existencia de un vínculo directo entre caída y estado del acerado.

La Sala de lo Contencioso del TSJA estimó el recurso presentado por la afectada de una de tantas caídas registradas en la ciudad que han terminado siendo noticia.

Se trata de una mujer de algo más de 70 años que sufrió lesiones al caerse en la calle Beatriz de Silva. El Ayuntamiento ha sido condenado a abonar casi 33.000 euros, aunque en un principio el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Ceuta había negado la existencia de esa cadena causa-efecto. 

La cronología de los hechos

En sentencia, el TSJA da la razón a la recurrente y revoca el fallo que, en mayo de 2024, había dictado el Contencioso de Ceuta. Considera que existe responsabilidad patrimonial por lesiones y secuelas tras una caída ocurrida en octubre de 2022 cuando la afectada descendía esa calle en dirección a la de Cervantes.

La caída se produjo ya que las losetas estaban mojadas, lo que llevó a que se resbalara. La Administración demandada alegó la inexistencia de nexo causal entre el accidente y el funcionamiento del servicio público, al estimar incontrovertida tanto la caída de la víctima como las lesiones que se produjo.

“Es un hecho incontrovertido que las llamadas losetas verdes, en su día instaladas en diferentes calles de la ciudad, superan los índices de resbalacididad permitidos y han sido causa de múltiples accidentes de viandantes, motivando tal circunstancia el dictado de un Decreto de 16/07/2020 de sustitución parcial del pavimento en diferentes calles de la ciudad, como consecuencia del peligro que presentan las llamadas losetas verdes y los numerosos accidentes que provocan”, se expuso en la sentencia revocada.

“Ahora bien, en el presente caso, quedando probado por las fotografías existentes y el propio informe técnico, la existencia de losetas verdes en el acerado por donde caminaba la recurrente, no puede tenerse por acreditado que la caída se produjera al pisar una de estas baldosas”, concluye.

Pruebas practicadas

Respecto a las condiciones y estado de conservación del pavimento, el informe técnico refiere que “girada visita al lugar del accidente se comprueba que el pavimento del acerado se combina de piezas de granito gris con acabado flameado, con franjas oblicuas de mármol verde”.

“A día de hoy, las baldosas indicadas no presentan irregularidades o desperfectos por falta de conservación y mantenimiento, y las pendientes se adecuan a las máximas autorizadas por la normativa vigente».

“De las pruebas practicadas no cabe sino concluir que el resbalón y posterior caída de la demandante fue causado por el hecho de caminar sobre un pavimento mojado por la lluvia o baldeo, pero no por acción u omisión de la Administración”.

Lo que dice el TSJA

Contra dicha sentencia se alegó error en la valoración de la prueba, apuntando por ejemplo a que el hecho de que el informe técnico recoja la «inexistencia de irregularidades o desperfectos en el acerado donde se produjo la caída» no impide la existencia de extrema «resbalosidad de las losetas, independientemente de que el acerado sea uniforme, concurriendo así una relación de causalidad entre el daño físico sufrido y la actuación de la Administración por la deficiencia en la conservación de unas losetas que de por sí son extremadamente resbaladizas”.

El TSJA considera que la valoración judicial de la prueba se revela “desacertada”. “El hecho de que los testigos no vieran si pisaba o no la recurrente una de las losetas verdes al momento de resbalar y caer, no puede hacer ignorar la realidad de dichas losetas en el acerado por el que transitaba la reclamante, ni la condición resbaladiza del suelo por hallarse mojado”.

“La sentencia no recoge ningún hecho o circunstancia que permita sostener que el resbalón de la recurrente pudo ocurrir por otro motivo que no fueran las especiales condiciones de la acera, cual hubiera podido ser la propia conducta desatenta de la recurrente. Pon tanto, es de apreciar la relación de causalidad entre las lesiones sufridas por la reclamante con el estado de la vía pública”.

Viviendas militares en Ceuta: familias pendientes de un techo y la cara oficial de Invied

En Ceuta, los pabellones militares —como se conocen en el argot castrense las viviendas destinadas a familias de las Fuerzas Armadas— vuelven a ser objeto de conversación.

En los mentideros locales circula una idea que, aunque no cuenta con confirmación oficial, resulta verosímil y conocida por distintos casos: existen viviendas cerradas, pendientes de rehabilitación, mientras familias esperan un techo. La pregunta que muchos se hacen es sencilla: ¿no sería mejor disponer de un hogar aunque necesitase mejoras, que tener que afrontar alquileres desorbitados en el mercado privado?

La situación se complica aún más con episodios que apuntan a una presunta falta de control en la gestión. Se han conocido casos de militares que, tras obtener un pabellón y cambiar su situación familiar, supuestamente lo subarriendan a otros compañeros de manera irregular. También hay exmilitares que, pese a haber pasado a otra administración o estar en excedencia, presuntamente siguen ocupando viviendas sin derecho.

Incluso algunos llegan supuestamente a cederlas a familiares, asegurando alquileres muy por debajo de los precios de mercado. Mientras tanto, quienes esperan turno para acceder a una vivienda digna siguen viendo cómo se bloquea el parque de inmuebles disponibles.

59 actuaciones de rehabilitación por 1,2 millones en Ceuta

El Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (Invied) presentó en junio de 2025 su Memoria de Actividades 2024, en la que Ceuta aparece entre las principales localidades en materia de adjudicación de pabellones. Según este documento, se realizaron 144 adjudicaciones de viviendas militares en 2024, con un peso significativo en Ceuta, Melilla y Rota.

Además, el organismo destinó 24,45 millones de euros a obras de rehabilitación y mantenimiento de viviendas en todo el país, lo que supuso un incremento notable respecto al año anterior. En Ceuta, la memoria detalla 59 actuaciones de rehabilitación por un importe superior a 1,2 millones de euros, una cifra que demuestra el esfuerzo por mejorar las condiciones de los inmuebles.

El Invied también subraya en su informe anual la importancia de la sostenibilidad y la eficiencia energética en la gestión de su parque inmobiliario, con medidas que buscan tanto reducir el impacto ambiental como mejorar la calidad de vida de las familias militares.

Invied: unos 150 pleitos por uso irregular, desahucios y ocupaciones

Los datos reflejados en la memoria contrastan con la percepción en la ciudad. Aunque oficialmente se invierte en rehabilitación y se adjudican viviendas, en la práctica, familias militares siguen encontrando serias dificultades para acceder a un hogar en condiciones en Ceuta.

Los rumores sobre subarriendos ilegales o cesiones a familiares, que circulan entre militares y vecinos, alimentan la sensación de que no existe un control efectivo sobre la ocupación de los pabellones. El propio informe del Invied reconoce que al cierre de 2024 había 464 pleitos en curso, de los cuales cerca de un tercio estaban relacionados con el uso irregular de viviendas militares, incluidos desahucios y ocupaciones ilegales.

Esto explica por qué, más allá de las cifras, la realidad en Ceuta se percibe como un sistema bloqueado, en el que las familias que cumplen con los requisitos legales deben esperar mientras otras mantienen viviendas en situaciones poco claras.

Un parque inmobiliario de gran envergadura

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Actualmente, el Invied gestiona más de 10.500 inmuebles en toda España, lo que convierte en este organismo de la Administración General del Estado de un gran volumen patrimonial. Su misión es compleja: administrar un parque inmobiliario que debe servir tanto para obtener recursos económicos mediante la enajenación de inmuebles desafectados como para garantizar un servicio social al personal de las Fuerzas Armadas.

En este marco, Ceuta ocupa un lugar relevante. La ciudad autónoma, por su condición estratégica y la elevada presencia militar, concentra un número considerable de pabellones, lo que explica que las actuaciones de rehabilitación en 2024 superaran el millón de euros.

40 iniciativas de control parlamentarios sobre condiciones de los pabellones y procesos de adjudicación

La memoria del Invied también recoge que, a lo largo de 2024, el organismo respondió a 13 solicitudes de información a través del Portal de Transparencia y gestionó 40 iniciativas de control parlamentario, muchas de ellas relacionadas con las condiciones de los pabellones y los procesos de adjudicación. Este dato muestra que la cuestión de las viviendas militares no es exclusiva de Ceuta, sino que genera debate en el conjunto del país.

Sin embargo, la sensación entre muchas familias en la ciudad es que el ritmo de rehabilitación y adjudicación no es suficiente para cubrir la demanda. El desfase entre la realidad sobre el terreno y lo que reflejan las memorias oficiales alimenta la percepción de opacidad y falta de agilidad en los procesos.

Una cuestión social y familiar

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EFE

 

Más allá de la gestión institucional, el problema de los pabellones en Ceuta es también un asunto social. El personal militar y sus familias, que a menudo deben cambiar de destino cada pocos años, necesitan estabilidad habitacional. La posibilidad de acceder a un pabellón no solo supone un alivio económico frente a los altos precios del alquiler, sino también un apoyo emocional en una vida marcada por la movilidad constante.

Los retrasos en las adjudicaciones o la existencia de viviendas vacías generan frustración y alimentan la idea de que la política de vivienda militar no responde de forma ágil a las necesidades reales.

Mirando hacia adelante

El futuro inmediato pasa por reforzar los mecanismos de control y agilizar la rehabilitación de los pabellones cerrados, para evitar que las irregularidades bloqueen el acceso a quienes realmente cumplen los requisitos. La creación en 2024 del Área de Control Interno y Análisis de Riesgos (ACIAR) dentro del Invied busca precisamente mejorar la supervisión y prevenir abusos en la gestión de inmuebles.

En Ceuta, el reto está en lograr que las cifras positivas que muestran las memorias oficiales se traduzcan en una realidad tangible para las familias. Que los 59 proyectos de rehabilitación y el millón de euros invertidos no se perciban solo como estadísticas, sino como viviendas habitables y accesibles.

Datos oficiales versus realidad

La situación de los pabellones militares en Ceuta refleja una doble realidad. Por un lado, los datos oficiales muestran inversiones y adjudicaciones que colocan a la ciudad entre las prioridades del INVIED. Por otro, los casos que circulan en los mentideros —desde viviendas cerradas hasta cesiones irregulares— evidencian que la gestión enfrenta desafíos importantes.

Sin hacer sangre ni cargar culpas, la realidad es que hay familias militares en Ceuta que siguen esperando un techo digno, mientras algunos pabellones permanecen bloqueados. El reto para los próximos años será convertir las cifras de las memorias en soluciones palpables, garantizando que la política de vivienda militar cumpla su objetivo fundamental: dar estabilidad y apoyo a quienes sirven en las Fuerzas Armadas y a sus familias.

Un juzgado de Ceuta declara nulo el índice IRPH en una hipoteca

El Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta ha estimado íntegramente la demanda planteada por el despacho del abogado Clemente Cerdeira en defensa de los intereses de un ceutí, declarando la nulidad de la cláusula hipotecaria IRPH contenida en una hipoteca suscrita con CaixaBank.

El IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es, después del Euríbor, el índice al que más se han ligado las cuotas hipotecarias en España. Fue comercializado sobre todo por las antiguas cajas de ahorro antes del pinchazo de la burbuja inmobiliaria.

Cerdeira ha ganado una batalla contra el banco, en una de las sentencias destacadas en este ámbito y que se están conociendo en diferentes puntos del país lo que marca una vía clara abierta en este asunto.

La demanda planteada por el abogado Clemente Cerdeira

En la demanda presentada pedía que se declarara la nulidad de la cláusula de gastos del préstamo concertado por su cliente con devolución de la suma de 375,17 euros más intereses legales y la nulidad de la cláusula de IRPH, con devolución de la suma de 16.368 euros cobrada en exceso con el interés legal y costas.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se declara por allanamiento la nulidad de la cláusula de gastos del préstamo hipotecario con devolución de la suma de 375,17 euros más los intereses, y la nulidad por falta de transparencia de la cláusula de IRPH con devolución de la suma cobrada de más que se debe determinar en ejecución con igual interés desde cada uno de los pagos indebidos y costas para el banco.

En dicha resolución, el magistrado expone que no consta en autos que el consumidor fuere informado sobre la evolución del índice aplicado, “y si bien es cierto, que podía conocer el valor en un determinado momento al ser de publicación oficial, debe tenerse presente que la evolución y los aspectos que puedan incidir en dicha evolución requería una información específica principalmente en relación con otros índices de aplicación para que el consumidor hubiese podido representarse al menos un panorama aproximativo de la evolución del índice y conocer de esta forma la posible incidencia que las vicisitudes específicas de ese índice reportaría para el coste del contrato”.

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Falta de transparencia

Así las cosas, tal y como se recoge en sentencia, dicho índice debe reputarse nulo por “falta de transparencia”, sin que pueda entenderse a la hora de analizar la subsistencia del contrato sin el mismo, “que se produciría una pérdida de onerosidad lo que atentaría claramente sobre la perspectivas de una ganancia cierta por parte de la entidad bancaria, que podría ante la pérdida clara de sus expectativas, acordar la resolución del contrato, obligando al consumidor a devolver de forma total el capital pendiente de abono, lo que supondría una consecuencia importante y especialmente gravosa”, concluye el magistrado.

En estos días, tanto en prensa nacional como en medios provinciales, se están conociendo resoluciones judiciales sobre el IRPH y en todas ellas se declara la nulidad de su aplicación.

En todos los casos prevalece esa falta de transparencia o información como motivo para atender las demandas ciudadanas.

La demanda, ganada por el despacho de Clemente Cerdeira, es de interés puesto que marca la vía para otras que pueden ser presentadas por seguir el mismo patrón.

Lo que dicen los tribunales

En relación al IRPH, se resalta que se considerará abusivo de no haberse explicado de forma clara al cliente.

El hecho de estar publicado en el BOE no exime de su deber de transparencia, por lo que muchos consumidores tienen una vía abierta para presentar demandas si el banco no les informó de manera adecuada y puntual.

Hay doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ya ha sentenciado que ese índice era abusivo de no existir esa transparencia para el consumidor.

Operación Templario contra los ‘Big Three’ del Estrecho: sin pruebas contra 10 detenidos

El Juzgado de Instrucción número 2 de Fuengirola ha dictado un auto de sobreseimiento respecto de 10 de los detenidos en la llamada Operación Templario, llevada a cabo contra capos de la droga por la Policía Nacional en Ceuta y el sur peninsular.

Las distintas incursiones policiales se ejecutaron entre los años 2023 y 2024, señalando a tres organizaciones conectadas entre sí mediante los negocios del tráfico de drogas.

A sus líderes, la Policía los bautizó como los ‘Big Three’ del Estrecho. Ahora esos ‘grandes’ se han quedado en dos.

Indicios, pero no suficientes pese a la «ingente labor policial y judicial»

Según el auto judicial a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se archiva la causa respecto de 10 de los detenidos, entre ellos la persona que fue señalada como líder de una de esas organizaciones y sus presuntos cooperadores.

Quienes fueron enviados a prisión, de un total de 25 arrestados, están en libertad bajo fianza, aunque la instrucción todavía no ha finalizado.

La jueza recoge en dicha resolución judicial que, “pese a la ingente labor policial y judicial” llevada a cabo, así como “intervenciones telefónicas, geolocalizaciones de vehículos e insonorización” no se ha logrado aprehender hachís con posterioridad a julio de 2023 (primera fase del operativo) que pueda ser atribuido a quien fue señalado como uno de los capos del hachís.

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Se presentaron indicios de que en verano de 2024 se habían introducido grandes cantidades de hachís en España mediante el empleo de dos narcolanchas que, cuando no estaban en uso, eran almacenadas en una nave en Portugal.

No obstante, su señoría concluye que “no son suficientes” para una imputación en el negocio del narcotráfico, existiendo “sospechas o elucubraciones” que no tienen el peso para establecer conexiones con los delitos bajo investigación en torno a grupos criminales que transportaban hachís desde Marruecos para almacenarlo en Mijas antes de su posterior introducción en los mercados señalados como destino.

Investigación desarrollada en varias fases

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La bautizada como Operación Templario dejó detenidos en varias fases, contando con la cooperación de la Policía de Ceuta en un operativo liderado por la Unidad Central de Estupefacientes de la Comisaría General de Policía Judicial.

La investigación se inició en agosto de 2023, concluyendo con la detención de veinticinco personas por los delitos de tráfico de drogas, pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales, robo hurto uso de vehículo y falsedad documental.

En total se llevaron a cabo veinte registros domiciliarios en Marbella, Fuengirola, Estepona, Algeciras y Ceuta, llegando a intervenirse más de una tonelada de hachís y aproximadamente 500.000 euros, entre otros efectos.

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Los tres capos que ya no son ‘three’

Esta organización estaba liderada según la Policía por “tres capos o señores de la droga”, conocidos como los ‘Big Three’ del Estrecho. Ahora esos tres ya son solo dos, después de las conclusiones de la instructora.

“La capacidad logística de la organización ha sido tal que, en periodos de inactividad, ponían a disposición de organizaciones más pequeñas o incipientes parte de su estructura logística, como embarcaciones semirrígidas”, explicaron los investigadores.

En Ceuta se llevaron a cabo varias de las detenciones. De hecho, el sobreseimiento respecto de 10 de los detenidos afecta a personas de nuestra ciudad. La Policía entró en viviendas y locales del Príncipe, Varela, Finca Guillén, Los Rosales y la barriada del Morro.

Agentes adscritos a la Jefatura de Ceuta prestaron apoyo en un operativo dirigido y controlado desde la Península.

A ese despliegue se sumaron otros en el sur peninsular, tanto en Algeciras como en Málaga.

Durante muchos meses esta investigación estuvo protegida por el secreto de sumario, contando con intercambio de información con Francia.

Los detenidos tras la muerte de un bebé, al juzgado

Las tres personas detenidas por la muerte de un bebé en Ceuta, en una vivienda ubicada en Alférez Provisional, han sido trasladadas este miércoles al juzgado.

La Policía Nacional ha procedido a su recogida en la Jefatura Superior para llevar al matrimonio y al tío del recién nacido a dependencias judiciales.

Allí deberán responder ante la autoridad judicial para esclarecer lo sucedido en tan desgraciado suceso.

 

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La muerte del bebé se produjo en la noche del domingo, cuando diversas llamadas alertaron a la Policía que se personó en el hogar, número 3 de esta calle, constatando allí lo ocurrido.

De inmediato se avisó a una ambulancia del 061 y a la funeraria encargada de llevar el cuerpo.

La instrucción del caso

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Ahora, tras que la UDEV ha terminado con la investigación, le toca el turno al juzgado encargado de la instrucción.

Es el número 2 el que, estando de guardia, asume este caso que ha estado protegido por el secreto de sumario.

Los tres detenidos tendrán que declarar ante la autoridad judicial para esclarecer lo sucedido en el interior declarar esta casa.

Lo que se sabe

Hasta ahora la Policía ha trabajado con el secretismo necesario, contando con informes derivados del examen forense practicado al bebé así como la inspección ocular que efectuó la Unidad Científica.

Por parte de familiares de los detenidos ha trascendido la declaración de la abuela del bebé.

“Mi hija me llamó llorando y diciendo que el bebé, el pequeñito, se había muerto. Me decía que fuera para allá”, contaba.

“Me encontré los furgones de la Policía Nacional y escuché a José, a José Antonio, decir: Carmen Carmen. Y depués a ella, a mi hija, decir: ¿Podéis abrir la ventanilla que quiero decirle una cosa a mi madre? Pero ya le dijeron que no y se los llevaron”, rememoró contando cómo fue el traslado a las dependencias policiales.

Gritos de “¡asesinos!”

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En las inmediaciones de la Jefatura Superior se han reunido varias personas para ver cómo sacaban a los detenidos.

Cuando iban saliendo uno a uno han proferido gritos de “¡asesinos!” además de insultar a los tres integrantes de la unidad familiar.

Han indicado que estaban allí como ciudadanos consternados por la muerte del bebé.

A las puertas de la Jefatura se han concentrado unas personas que han proferido gritos de «¡asesinos!» a los detenidos.

Traslado de cada uno por separado

Los tres detenidos van a prestar declaración en el Juzgado de Instrucción número 2. La Policía ha realizado los traslados por separado, uno a uno, para evitar comunicación entre ellos.

Ha sido una clave desde que fueron detenidos, que no tuvieran contacto entre ellos al objeto de poder obtener declaraciones puras, no contaminadas, sobre lo que pudo suceder dentro de la vivienda de Alférez Provisional.

A lo largo de la mañana prestarán declaración, momento en el que su señoría determinará las medidas que adopta para todos ellos.

Un hombre de 65 años, condenado por servir de mula del hachís

65 años, con una historia a sus espaldas que le lleva a seguir el camino equivocado. Termina forrándose el cuerpo con hachís, algo más de 3 kilos de esta droga. Con la misma, busca embarcar de Ceuta a Algeciras siguiendo la ruta de las mulas de carga que alimentan el negocio del narcotráfico a pequeña escala.

Terminó detenido, con los huesos en la cárcel. Ahora, también, condenado. La magistrada titular del Juzgado de lo Penal 1 le ha impuesto una pena de 3 años y 1 día de cárcel por un delito contra la salud pública en su modalidad de notoria importancia.

El acusado, ante la magistrada, no tuvo otra que reconocer el delito y aceptar una sentencia que le llevará a permanecer un tiempo en una celda de Mendizábal.

Así le detuvieron en el puerto

Los agentes de la Guardia Civil lo detuvieron en la tarde del pasado 31 de agosto en plena estación marítima cuando procedía a embarcar. Al infundir sospechas entre los agentes, le practicaron un registro corporal hallando la droga adosada a su cuerpo en forma de cinturón.

Llevaba varios bloques de hachís, con un peso bruto de 3.250 gramos, con un valor de 5.947,50 euros. Después del examen en el área de Sanidad y la retirada de los envoltorios, el peso fue menor.

En prisión provisional por estos hechos desde el 1 de septiembre de 2025, ahora acepta la condena dictada tras negociaciones entre la Fiscalía y su Defensa, siendo la resolución firme ya que contra la misma no cabe recurso alguno al haberse aplicado la figura jurídica de la conformidad.

Un negocio constante

Como este ceutí son muchos los condenados por servir de mulas a las organizaciones que se dedican al tráfico de estupefacientes. Son personas que se ven en apuros económicos o con dramas a sus espaldas que terminan siendo engañados por los auténticos controladores de este negocio.

A cambio de un dinero entregan su cuerpo para ser forrado de hachís, si son detenidos sucede como con este hombre, que invertirá los próximos años de su vida en una prisión.

CCOO denuncia la falta de información por parte de Justicia

El sindicato Comisiones Obreras ha alzado la voz para denunciar el “desprecio del Ministerio de Justicia a sus trabajadores”, entre ellos los de Ceuta, señalando que se han alcanzado “cotas intolerables en esta fase de confirmación del proceso de acoplamiento”.

En este sentido, apuntan que las nuevas oficinas judiciales y del registro civil de la fase III no van a entrar en vigor hasta el 1 de enero de 2026, fecha para la que aún restan dos meses y medio.

“El ministerio ha optado por unas prisas injustificadas y desmesuradas que están desembocando en errores flagrantes y en una falta de respeto hacia el personal sin precedentes. Y todo ello con un total hermetismo, ocultando al personal y a CCOO la información necesaria para que el proceso pueda desarrollarse con normalidad”, indican.

Requerimiento de la fecha de inicio de la fase de confirmación

Sobre este asunto, comentan que el pasado 29 de septiembre, CCOO requirió por escrito al Ministerio de Justicia para que se les comunicara la fecha del inicio de la fase de confirmación y “no nos dieron ninguna contestación”.

Asimismo, critican que el 10 de octubre “remitieron a última hora un borrador de confirmaciones” y que desde el 13 de ese mes “ya estaban distribuyendo los LAJ por los centros de trabajo los formularios para aceptar o renunciar a la confirmación”.

“Con carácter general esta distribución de formularios se ha efectuado de forma coactiva obligando al personal a decidir su opción sobre la marcha o, en el mejor de los casos, en el plazo máximo de un día”, relatan.

Aclaración de diversos aspectos

Ese mismo día, desde el sindicato consultaron por escrito al ministerio la aclaración de diversos aspectos sobre los que no se les había facilitado información, los cuales, según indican, no se les ha contestado:

● Cómo se iba a aplicar el concepto de proporcionalidad, es decir, cuántas personas iban a ser confirmadas de cada Juzgado o UPAD en cada Servicio Común.

● Si, en los casos de que todo el personal titular de un órgano vaya a ser confirmado se haría de oficio o se ofrecería la posibilidad de aceptación o renuncia.
● Si todo el personal de los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos va a ser confirmado en los nuevos Servicios Comunes Generales, en puestos de actos de comunicación.

● Que el personal del SCOP que desarrolla tareas del TSJ o Audiencia Provincial, en su caso, pueda optar entre confirmarse o no en los nuevos puestos de estos tribunales.

● Denunciaron errores concretos que habíamos detectado en algunas oficinas de los que CCOO os hemos informado en cada una de ellas.

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Solicitud del listado de personas

Además, también pidieron por escrito que se hiciera público el listado de personas que van a ser confirmadas de oficio, “indicándose el puesto de origen y el puesto de confirmación o que, al menos, se comunicase al personal afectado”, declaran.

“En multitud de oficinas se estaba distribuyendo indiscriminadamente el formulario para aceptar o renunciar a la confirmación incluso a personas que no pueden optar porque van a ser confirmadas de oficio, provocando al personal una innecesaria incertidumbre”, comentan.

Diversas solicitudes dos días después

Por otra parte, 15 de octubre, CCOO también remitió un nuevo escrito al Ministerio de Justicia (también sin contestación) solicitando:

● Que la confirmación o renuncia no se hiciese solo desde los actuales juzgados al Servicio Común de Tramitación, sino también al Servicio Común de Ejecución ya que tramitación y ejecución son tareas que se venían desarrollando indistintamente.
“Se evitaría así la posibilidad de que personal que en la actualidad en los juzgados realiza tareas de ejecución, en muchos casos de forma exclusiva, pueda ser confirmado de oficio en el SCT sin que pueda, por tanto, participar en la fase de reordenación para obtener un puesto en el SCEJ”, expresan.

● Que quién expresamente firme su renuncia a la confirmación no pueda ser confirmado de oficio.

“En varias oficinas se ha informado por el LAJ que, de no haber solicitantes suficientes para la confirmación, serían confirmadas de oficio las personas con menor antigüedad en su puesto, aunque expresamente hubieran renunciado para participar en las siguientes fases (redistribución de efectivos o reasignación forzosa), metodología que CCOO rechazamos de forma contundente”, indican.

Confirmación o renuncia a los puestos de la RPT del Registro Civil

Ya el 16 de octubre, desde el sindicato se solicitó por escrito al ministerio “que al personal de los Juzgados mixtos o de 1ª Instancia con competencias en Registro Civil se les ofrezca la opción de confirmación o renuncia a los puestos de la RPT del Registro Civil”.

Sobre esto, comentan que parece ser que “se va a confirmar de oficio a quien desempeña su puesto en el Registro Civil, lo que no es de recibo para CCOO puesto que esa tarea no se realiza por voluntad del funcionario sino por decisión discrecional del o de la LAJ del Juzgado”.

Asimismo, señalan que el personal que obtuvo plaza en concurso o nuevo ingreso en estos Juzgados “no eligió trabajar en el registro civil, sino que tales tareas le fueron impuestas en su momento y no es de recibo que ahora de forma obligatoria y definitiva sea confirmado en los registros civiles”.

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Renovación voluntaria de las comisiones de servicio y sustituciones

Por último, este pasado viernes explican que pidieron la renovación voluntaria de las comisiones de servicio y sustituciones actuales una vez finalizado el acoplamiento y antes de reubicar al personal interino.

“Insistiremos al ministerio para que informe lo antes posible si las comisiones de servicio o sustituciones van a ser renovadas, ya que la Resolución de acoplamiento utiliza la expresión “se procurará”, que es absolutamente vaga e imprecisa y el personal tiene que saber si su comisión de servicio o sustitución va a continuar tras el acoplamiento”, relatan.

En contra del nuevo modelo

En definitiva, desde el sindicato denuncian que se ha realizado “un nuevo desprecio del Ministerio de Justicia al derecho de información de la representación legal de los trabajadores y una incertidumbre innecesaria del personal afectado, que estamos siendo tratados en muchos casos como si fuéramos muebles u ordenadores”.

Todo ello, “como culminación de esta reforma organizativa hecha a costa de los derechos del personal, motivo por el que CCOO siempre ha estado en contra de este nuevo modelo de oficina judicial, mientras que otros sindicatos han ido dando el visto bueno en los acuerdos que, de forma incomprensible, han ido suscribiendo con el Ministerio de Justicia”, finalizan.

Un gaditano pasará más de 4 años entre rejas por pasar 562 kilos de hachís

4 años y 3 meses de prisión. Esa es la pena que ha impuesto este jueves el magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta a un gaditano de 70 años a quien la Guardia Civil detuvo el pasado abril con 562 kilos de hachís.

Esa droga la encontró la Benemérita en la caravana que ocupaba junto a su hija, que quedó absuelta de cualquier implicación con un delito contra la salud pública. Ella, de hecho, quedó libre solo 24 horas después de su arresto, siguiéndose la causa solo contra su progenitor.

Hoy ha reconocido su implicación en el tráfico de drogas, aceptando la pena impuesta por conformidad entre las partes representadas en este procedimiento.

No se ha desplazado hasta la sala de vistas, sino que ha prestado conformidad a través de videoconferencia con la cárcel del Puerto III en donde cumple preventiva y ahora acatará la hilera de años privado de libertad aceptada.

Qué sucedió

El pasado 26 de abril, la Guardia Civil lo detuvo poco antes de embarcar. El perro del Servicio Cinológico marcó que en ese vehículo tenía que haber droga. No se equivocó.

Los agentes localizaron bloques y bloques debajo de una cama ubicada en la parte trasera, nada menos que 562 kilos.

La droga estaba repartida en pequeñas piezas todas ellas envasadas para dificultar la labor detectora de los canes antidroga.

La autocaravana, modelo Ford-Benimar, de matrícula nacional, quedó intervenida al haber sido empleada como instrumento para la comisión del delito. 

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La calificación de la Fiscalía

El Ministerio Público considera que el llamado F.P.A. es responsable de un delito contra la salud pública de sustancia que no causa grave daño a la salud en su modalidad de notoria importancia.

La causa solo se ha seguido contra esta persona, en un suceso engarzado en la hilera de casos asociados al narcotráfico que usan el puerto de Ceuta como vía de embarque.

El ahora condenado ha aceptado la sentencia dictada in voce por el magistrado que ya es firme, al no caber presentación de recurso alguno.

Muerte del bebé en Alférez Provisional: habrá más testificales

La prueba preconstituida que se iba a realizar al hermano del bebé fallecido en su vivienda de Alférez Provisional, en Ceuta, por cuya muerte están presos sus padres, no se ha podido realizar este jueves, tal y como se había previsto, debido a la imposibilidad de llevar a cabo una exploración al niño dadas sus circunstancias.

Sí se han previsto nuevas declaraciones de testigos para diciembre, entre ellas la de la amiga a la que la madre del bebé remitió la fotografía del niño muerto, así como varios mensajes a través de la aplicación whatsApp.

También la de la abuela del bebé, a la que la detenida llamó para indicarle lo que había sucedido instándole a desplazarse a la vivienda de Alférez Provisional para quedarse con el niño.

Instrucción del caso

La instrucción del caso la lleva el Juzgado número 2 de Ceuta cuya titular dictó el auto de entrada en prisión para los padres del bebé ante la existencia de indicios que apuntaban a su implicación en esa muerte violenta.

De igual forma, dejó en libertad con cargos al tío del bebé, que hoy iba a ser sometido a reconocimiento forense y se presumía pudiera declarar, extremo que no se ha llevado a cabo.

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Autopsia y prisión permanente revisable

La instrucción del caso sigue su curso en torno a un suceso que provocó gran consternación ciudadana debido a la violencia empleada y quién era la víctima, solo un recién nacido.

La autopsia determinó que la muerte se produjo en un escenario marcado por la violencia en el que estaban presentes los padres. Además, se dejó claro que esos golpes habían sido provocados por un adulto.

Los padres, que están presos preventivos, se podrían enfrentar a la máxima pena privativa de libertad en vigor desde el año 2015, que se aplica solo en determinados delitos. Se trata de la prisión permanente revisable. En Ceuta, ha sido solicitada en 2 ocasiones. Una de ellas, en el caso del niño Mohamed, asesinado en Loma Colmenar en diciembre de 2022.