Justicia, ocho años después, tras una estafa con una vivienda

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha puesto punto y final, con una sentencia condenatoria, a un caso de estafa arrastrado desde junio de 2016, fecha en la que el llamado M.A.M. enajenó una vivienda tras atribuirse falsamente su propiedad.

El acusado, que declaró a través de videoconferencia, aceptó una pena de 1 año de prisión que se suspende durante un periodo de dos años, condicionándose esa suspensión al pago de una responsabilidad civil cifrada en 31.286 euros.

Ese montante equivale al perjuicio que se causó en la víctima de estos hechos y se deberá abonar en un plazo de dos años de manera fraccionada.

No fue necesaria la celebración de vista oral al existir un acuerdo entre las partes que, tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, evitó que se tuviera que escuchar a los testigos y víctima, amén de policías nacionales que fueron los encargados de la investigación.

Los detalles de este suceso

Esta condena se refiere a unos hechos ocurridos en junio de 2016. Fue entonces cuando el ahora condenado, atribuyéndose falsamente la propiedad de un bien inmueble ubicado en la calle Reyes Católicos que nunca había sido de su propiedad, firmó un contrato de compraventa con la víctima de esta estafa, a quien enajenó la vivienda a cambio de 50.000 euros.

La víctima hizo un primer pago de 12.000 euros; otro posterior de 4.750; otro de 12.036 euros; uno más de casi 1.000 euros; otro de 501 y uno de 1.000, este ultimo en 2018.

Nunca pudo disfrutar de una vivienda que no era propiedad del acusado, lo que le creó un perjuicio de 31.286 euros.

Años después se ha podido poner punto y final a este caso con el dictado de una sentencia condenatoria contra la que no cabe recurso.

Se echa un cigarro dentro del mercado… pero le quitan la multa

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de Ceuta ha procedido al archivo de la multa a un fumador que se echó un cigarro dentro del Mercado Central contraviniendo las medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

El BOE recoge que la Policía Local emitió una denuncia contra esta persona por fumar en el interior de la plaza de abastos del centro de la ciudad.

Con posterioridad y por circunstancias excepcionales, especialmente la declaración del Estado de Alarma por pandemia sanitaria por COVID-19, y debido al alto volumen de trabajo a nivel jurídico, dicho expediente resultó paralizado, habiéndose sobrepasado en éste los plazos establecidos en la legislación aplicable.

Como consecuencia, Sanidad ha aplicado la figura jurídica de la prescripción por esta presunta infracción cometida, tal y como figura en el BOE.

Archivo por prescripción

La normativa vigente establece que las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.

En cualquier caso, contra la resolución de Sanidad, la cual agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en la normativa, ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes.

O bien, ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la notificación

Llegado el caso, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Crimen del cabo Dris Amar: primera calificación fiscal

Ya hay calificación del Ministerio Fiscal en uno de los 3 procedimientos distintos en los que se ha desglosado la causa abierta tras el asesinato del cabo de Regulares Dris Amar, ocurrido en Ceuta, en la barriada del Príncipe, en octubre de 2022.

Se trata de uno de los dos asuntos que se seguirán bajo Tribunal de Jurado, el correspondiente a un delito de allanamiento de morada por el que están acusados los llamados H.M.A., alias Castaña, y A.D.A., conocido como Popis.

Tal y como mantiene la Fiscalía, de acuerdo con la información judicial a la que ha tenido acceso El Faro, ambos actuaron de común acuerdo para adentrarse en la vivienda de una vecina, ubicada en el antiguo Poblado Legionario, al objeto de evitar que la Policía Nacional los detuviera.

Esa noche todo el barrio estaba blindado de agentes, no solo habían asesinado al cabo Dris sino que también habían intentado matar a dos policías nacionales de la Udyco que accedieron al garaje al escuchar los disparos.

Mientras el apodado ‘Colombo’ era prácticamente llevado en volandas por los agentes al poco tiempo de perpetrarse el crimen, ‘Castaña’ y ‘Popis’ se escondían en casa de una vecina en contra de su voluntad, allanando así su morada de forma violenta y reteniéndola.

La petición de cárcel de la Fiscalía

Fiscalía considera que hay indicios suficientes como para considerarlos culpables de un delito que se debe seguir, por su tipología, bajo Tribunal de Jurado, haciendo hincapié además en el estrés postraumático que esta acción generó en la dueña de la vivienda que prácticamente fue víctima de un auténtico asalto.

Para cada uno de los acusados, el Ministerio Público solicita 2 años de cárcel, así como la prohibición de comunicación y acercamiento a la dueña de la vivienda allanada por un periodo superior en 5 años a la pena de prisión, marcándose además una distancia de alejamiento de 100 metros.

De igual manera la Fiscalía reclama una indemnización de 10.422 euros en concepto de responsabilidad civil por las secuelas ocasionadas.

La vivienda que buscaban de camuflaje

Ocultos en esa casa, los dos acusados confiaban en que la Policía Nacional abandonara el Príncipe para, finalmente, escapar del lugar. Pero los agentes, lejos de dejar el barrio, no cesaron en la búsqueda de todos los que, a su juicio, estaban implicados en tan terrible suceso.

Y fue así como lograron dar primero con ‘Colombo’, y después con ‘Popis’ y ‘Castaña’, quienes habían sido reconocidos por miembros de la Udyco. Los agentes se adentraron en todos los portales de las viviendas del antiguo Poblado Legionario hasta dar con la que pretendía servir de particular camuflaje bajo amenazas y por la fuerza.

Habrá un juicio por Tribunal de Jurado por esta causa, como también habrá otro por delito de asesinato y sus conexos de tenencia ilícita de armas y grupo criminal. Serán los jurados los que determinarán la culpabilidad o no de los acusados.

Un tercer juicio, el único que se seguirá con tribunal profesional, será por delitos de atentado, tentativa de homicidio contra dos policías nacionales, tenencia ilícita de armas y grupo criminal.

El tribunal del mayor órgano judicial en nuestra ciudad lo decidió así, estimando el recurso que presentó la Fiscalía contra el auto dictado por el Juzgado número 2, celebrándose por tanto 3 juicios, aunque con la misma prueba.

Se argumentó la complejidad de la causa derivada de la existencia de múltiples tipos penales con diferentes grados de ejecución y participación.

La situación de los investigados

La investigación llevada a cabo por la Policía Nacional para dar con los presuntos implicados, con desempeño de uno u otro rol, llevó a las detenciones de los apodados ‘Castaña’, ‘Popis’, Colombo’ y ‘Monito’.

Todos están cumpliendo prisión preventiva desde hace 2 años, habiéndose mantenido esas medidas privativas de libertad al menos en lo que se refiere al procedimiento seguido por el asesinato del cabo Dris.

Fiscalía considera que todos ellos actuaron de común acuerdo en la madrugada en la que fue asesinado el cabo de Regulares.

Cada uno se habría repartido una serie de roles: el de vigilancia (en el caso de M.O.A., ‘Monito’) y el de ejecución de un “plan preconcebido para acabar” con la vida del militar (en el caso de H.M.A. ‘Castaña’, A.D.A., ‘Popis’ y A.A.L., ‘Colombo’).

Para la Fiscalía, los cuatro investigados formaban parte de una organización dedicada, entre otras actividades, a disparar armas de fuego para atemorizar y atentar contra la vida e integridad física de los miembros de otra organización.

Sumario por los disparos a policías de la Udyco

Esa misma noche dos policías nacionales de la Udyco que se encontraban en la barriada accedieron al garaje en donde fueron recibidos a disparos sufriendo una tentativa de homicidio.

Por este suceso en sí se sigue un Sumario respecto del que sí hay novedades, ya que el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado auto por el que ordena la puesta en libertad del apodado ‘Monito’. Pero es una libertad que no resulta efectiva porque sigue preso preventivo por la muerte del cabo Dris.

La Sala fundamenta esa medida en que debería haber “motivos bastantes”, es decir, “existencia de una base indiciaria de las conductas con relevancia penal que se imputen a la persona contra la que se siga el procedimiento” para mantenerlo en prisión.

Cruz al Mérito Policial del Ministerio del Interior para el periodista Javier Ronda

El periodista de Ceuta, Javier Ronda Iglesias, redactor responsable de Sucesos y Tribunales de Canal Sur Radio, se ha hecho merecedor de otro reconocimiento en su trayectoria profesional: la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco 2024, otorgada por el Ministerio del Interior.

Ha sido a propuesta de la Secretaría General de Interior de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía y promovida por la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tras recibir la comunicación firmada por Antonio Manuel Burgos Bermúdez, comisario Jefe de la Unidad de Policía, el pasado 17 de septiembre, quien aprovechó la oportunidad para expresar “mis más sinceras felicitaciones por la condecoración y por el trabajo bien hecho”, el periodista ha recibido el merecido galardón con gran satisfacción.

Un honor que se une a otros premios y galardones que ha recibido a lo largo de su carrera periodística, poniendo como ejemplo que apenas el año pasado recibió el reconocimiento en la segunda edición del Premio Fernando de Leyba de Periodismo por su podcast ‘Bernardo de Gálvez, un malagueño trascendental en la historia de EE.UU’ publicado en Canal Sur el 11 de septiembre de 2023.

Asimismo, está el galardón que recibió en 2020: el Premio del Cuerpo de la Policía Nacional de Periodismo que organiza la Fundación Policía Española. Esto por por un reportaje titulado ‘Testimonios de agentes de la Policía Nacional ante el coronavirus’.

También hay que recordar que en 2018 Javier Ronda Iglesias fue reconocido con el Premio Nacional de la Guardia Civil en la modalidad de radio, junto a periodistas como Pedro Piqueras y Manuel Marlasca.

En esa oportunidad, el mérito llegó por una serie de reportajes bajo el título ‘Guardias Civiles Beneméritos y Heroicos’ emitidos en la radio andaluza.

Javier Ronda Iglesias con su mujer la periodista Marián Campra.

Javier Ronda es redactor de Sucesos y Tribunales. Cubre, además, temas relacionados con Nuevas Tecnologías, Ciberseguridad, Redes Sociales, Defensa, en Canal Sur Radio. Ha colaborado en más de una decena de medios nacionales y locales en Andalucía. También ha recibido múltiples premios periodísticos y reconocimientos distinguidos y tiene una amplia carrera académica. Vinculadas con Ceuta ha publicado dos obras: Ceuta, imágenes de un siglo y El fútbol en Ceuta.

Tres años de cárcel para una argelina que instó al pase el 15-S

Ya hay sentencia. Tres años de prisión. Esa es la condena que ha impuesto el Tribunal de Primera Instancia de Tetuán para una ciudadana argelina que instó al pase a Ceuta el pasado 15 de septiembre.

El caso de esta mujer fue separado del resto de los acusados por las mismas actuaciones debido a la contradicción y discrepancia en sus declaraciones, así como por su incitación pública a la inmigración colectiva para entrar ilegalmente en la ciudad de Ceuta desde Castillejos.

Se comprobó su implicación en la incitación a través de las redes sociales para entrar de forma masiva en la ciudad, como así se intentó ese día 15 tanto en incursiones abortadas por la mañana, tarde y noche.

Fue un caso muy mediático, sobre todo por lo viral que alcanzó la grabación que protagonizaba. La historia de esta mujer argelina que decía ser marroquí apareció en los vídeos popularizados el pasado domingo con motivo del intento de entrada en Ceuta.

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El Tribunal de Primera Instancia de Tetuán ha dictado ya sentencia condenándola a tres años de prisión efectiva por cargos de incitación a la inmigración clandestina.

Otras 52 condenadas con penas menores

No es el único caso, ha habido ya 52 condenas a personas involucradas en el intento de inmigración ilegal para cruzar a Ceuta el pasado 15 de septiembre. Esas condenas han oscilado entre los 9 meses de prisión para 20 personas y una multa de 1.000 dirhams a cada uno, mientras que se impusieron 7 meses de prisión a otros 27 con la misma multa económica.

Las penas de prisión también incluyeron períodos de entre 2 y 3 meses para otros, con multas económicas.

El mismo tribunal había dictado anteriormente sentencias de 2 meses de prisión para dos personas y 3 meses a otros implicados, mientras que se absolvió a una persona de los cargos que se le imputaban.

Condenado tras destrozar su celda y agredir a un funcionario

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a un preso por un altercado en la prisión, por ser criminalmente responsable de los delitos de atentado, daños y leve de lesiones.
El acusado, que vino conducido desde la cárcel, lugar en el que se encuentra cumpliendo condena por otra causa, reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de prisión por el delito de atentado, 12 meses más de cárcel por el delito de daños, así como también el pago de una multa de 12 meses a razón de 5 euros diarios.
Por el delito leve de lesiones tendrá que pagar un mes de multa a razón de 5 euros diarios.
Además, el acusado abonará en concepto de responsabilidad civil la cantidad de 120 euros al funcionario por las lesiones causadas y 483 euros a Instituciones Penitenciarias por los daños causados en la prisión de Mendizábal.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 21 de febrero de este mismo año. Sobre las 18:20 horas, el acusado se encontraba en su celda cuando destrozó tanto la ventana como el colchón, enchufes y restantes elementos de la celda.
Ante su comportamiento, acudieron a su chabolo diversos funcionarios de prisiones, debidamente uniformados y en el ejercicio de sus funciones. En cuanto abrieron la celda, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que representan los funcionarios de prisiones y de causarles lesiones, el ahora condenado les acometió, resistiéndose de forma violenta a su reducción.
Como consecuencia de estos hechos, uno de los funcionarios sufrió una herida de 3 centímetros de la mano derecha. El acusado ocasionó daños en la celda por importe de 483,5 euros.
El ahora condenado tendrá que cumplir 18 meses más de prisión, así como afrontar el pago de las multas. De no hacerlo se le sumaría más tiempo de condena en Mendizábal.
El acuerdo previo entre las partes le sirvió al acusado para una importante reducción de la pena, ya que en un principio Fiscalía le pedía 4 años de prisión por el delito de atentado y 2 años por el de daños.

Intentar el pase de casi 30 kilos de hachís le sale caro

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un vecino de Toledo por un delito contra la salud pública.
El acusado, H.T.L., que vino conducido por la Policía Nacional desde la prisión, reconoció los hechos y aceptó la pena de 3 años y 2 meses de prisión. Además tendrá que hacer frente al pago de 197.310 euros con 3 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
Los hechos a los que se hizo referencia en este juicio ocurrieron el 30 de abril de este mismo año.
Sobre las 21:25 horas, el acusado se encontraba en la estación marítima con el propósito de emprender viaje con destino a Algeciras.
Al infundir sospechas a los agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en el control de embarque procedieron a la intervención del vehículo en el que viajaba, cuya propiedad formal es de un tercero, si bien se había producido la transferencia de la titularidad al acusado de manera material.

juicio-pase-30-kilos-hachis-estacion-maritimaEl can detector de sustancias estupefacientes dio signos evidentes de que había escondida droga en el vehículo. Como consecuencia del registro efectuado, se encontró oculto en el interior de los faldones laterales y en el suelo del vehículo lo que resultó ser hachís en una cantidad de 104 bloques, que tras ser analizada arrojó un peso neto de 29.059 gramos de hachís, con un índice de THC del 33,5% y con un valor en el mercado de 197. 310 euros, que el acusado pensaba destinar a la venta o donación de terceras personas.
El ahora condenado deberá cumplir la pena de prisión impuesta, sin tener en cuenta los meses que ya lleva en prisión, es decir, desde el pasado 30 de abril.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este jueves en la sala de lo Penal número 2 de nuestra ciudad. El acuerdo también le sirvió al acusado para una reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Público le pedía 3 años y 6 meses de prisión.

CCOO: SSG abonará casi 140.000 euros en horas extraordinarias

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado a Servicios Sociosanitarios Generales S.L. (SSG) a abonar un total de 138.709,75 euros a diez trabajadores del servicio de ambulancias de Ceuta en concepto de horas extraordinarias. Las cantidades percibidas oscilan entre los 6.000 y los 16.000 euros, en función de las horas extras que han realizado.

Esta sentencia se produce tras un recurso de suplicación presentado por los empleados, que estaban representados por Comisiones Obreras (CCOO), y que se oponían a una resolución anterior del Juzgado de lo Social nº 1 de Ceuta.

El conflicto, han recordado desde el sindicato, surgió debido a que el juzgado consideraba que las horas extras estaban compensadas por el Plus de Urgencia y Emergencia que los trabajadores perciben. Sin embargo, el TSJA ha desestimado esta afirmación, indicando que, en base al convenio, concretamente al artículo 29, el Plus de Urgencia y Emergencia “está claro que no retribuye los excesos horarios de los trabajadores, sino las características especiales del puesto de trabajo en el que la prestación de servicios está vinculada a situaciones de emergencias y urgencias extrahospitalarias, en ambulancias medicalizadas y no a traslados ordinarios de los enfermos de un lugar a otro sin riesgo evidente para la vida del paciente, así como la realización de una jornada continuada de 24 horas seguidas de 48 horas de libranza».

El Plus de Urgencia y Emergencia no retribuye las horas extraordinarias

Otra razón por la que el TSJA considera, de acuerdo con lo que ha manifestado CCOO, es que dicho Plus de Urgencia y Emergencia no retribuye las horas extraordinarias, es que «los actores tienen excesos de jornada diversos, por lo que no pueden ser todos retribuidos por igual, ya que todos los demandantes perciben este plus en la misma cuantía, 1.073 euros, lo que supondría una diferencia retributiva injustificada».

Por ello, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía entiende que los excesos de jornada «deben ser retribuidos como horas extraordinarias, entendidas como tal las que exceden de la jornada máxima anual fijada en el convenio», que según el artículo 20 del mismo convenio, estas horas deben ser remuneradas con un recargo del 75% sobre el precio de la hora ordinaria. De esta manera, el TSJA ha reafirmado su compromiso con la correcta retribución de las horas de trabajo efectivas y ha condenado a SSG al pago de las cantidades reclamadas.

Desde CCOO han recalcado que el sindicato ha conseguido que el TSJA obligue a SSG a abonar a diez trabajadores un total de casi 140.000 euros en horas extraordinarias.

Primera condena por violencia doméstica tras un cambio de sexo registral

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha ordenado remitir al Ministerio Fiscal copia testimoniada del procedimiento seguido por violencia doméstica en el que es el primer caso juzgado en la ciudad en el que figura como acusada una persona que ha cambiado de sexo en el Registro Civil, de hombre a mujer.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se ordena la remisión de esa copia testimoniada, incluida la grabación del plenario, a la Fiscalía “a los efectos pertinentes en relación con la aplicación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI”.

“La acusada tiene apariencia física de hombre, pero figura inscrita en el Registro Civil de Ceuta como mujer”, expone la magistrada, que adopta esta medida toda vez que “en el plenario, todos cuando depusieron se refirieron a la acusada como hombre, incluso su letrado se dirigía al mismo en masculino, sin que el mismo realizase ninguna corrección”, concreta.

“La rectificación registral determina que se aplique el apartado segundo del artículo 153 (violencia doméstica) y no el primer apartado (violencia de género). No obstante, partiendo de las circunstancias” citadas, “considero necesario remitir copia testimoniada del procedimiento, especialmente de la grabación del plenario, al Ministerio Fiscal a los efectos pertinentes”, detalla.

Será la Fiscalía la que deba determinar los pasos que da una vez que analice este procedimiento, siendo el primer caso de esta índole que se produce en nuestra ciudad. La sentencia no es firme, de hecho, se va a presentar recurso ante instancia superior.

Testimonios de referencia

En la misma, además de dictar esta resolución respecto al sexo registral, se dicta condena por delito de lesiones en el ámbito doméstico contemplando pena de prisión atendiendo a la petición de la Fiscalía, 5 años de prohibición de aproximación respecto de la denunciante, así como de comunicación.

A la hora del dictado de esta sentencia, que debe ser notificada a la Guardia Civil por la condición de la acusada de agente de este Cuerpo, se ha tomado como fundamento la declaración de testigos de referencia, en este caso los policías que actuaron.

La Defensa indicó que dicha prueba carecía de valor probatorio a los efectos de enervar la presunción de inocencia, toda vez que la denunciante no declaró y la acusada negó los hechos.

La magistrada, al contrario, sí les da valía resaltando que son “testigos directos de lo que pudieron percibir personalmente”.

La Defensa insistió en las contradicciones de esos agentes, pero la magistrada insiste en que “carecen de relevancia” y “no devalúan ni minimizan el contundente valor probatorio de los mismos”.

A prisión un agente de la Guardia Civil por violencia de género

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta, con competencia en asuntos relacionados con la violencia sobre la mujer, ordenaba en la noche de este martes el ingreso en prisión de un agente de la Guardia Civil.

Investigado por la presunta comisión de delitos de violencia de género y agresión sexual, se adoptó la medida privativa de libertad procediéndose a su traslado a la cárcel de Mendizábal como orden cautelar.

Tal y como han corroborado fuentes judiciales a El Faro, dicha medida se sustentó en el riesgo de que pudiera atentar contra la víctima y en la posible reiteración delictiva. Así se ha recogido en el auto judicial dictado y tras que la defensa de la denunciante también lo solicitara.

Violencia de género y protocolo

El delito de violencia de género alude a la violencia tanto física como psicológica ejercida sobre la mujer, un tipo de violencia en la que se manifiesta el ejercicio violento del poder del hombre sobre la mujer por el hecho de serlo.

En este caso en concreto tuvo que intervenir la Policía Nacional al existir una denuncia de la fémina ante los componentes de la UFAM (Unidad de Atención a la Familia y Mujer del CNP) de una serie de hechos de gravedad, procediéndose a la detención del agente y a su puesta a disposición judicial este pasado martes.

No fue hasta la noche cuando se acordó la medida privativa de libertad con carácter cautelar.

Críticas al protocolo

La víctima estuvo desde primera hora de la mañana hasta prácticamente las nueve de la noche en dependencias judiciales.

Una situación anómala que ha sido puesta de manifiesto en multitud de ocasiones ya que los protocolos no funcionan de forma adecuada y eficiente en este tipo de casos, solicitándose que se dé prioridad a este tipo de asuntos sobre cualquier otro correspondiente a la guardia.