Preso por otra causa, el acusado J.I.P. acudió al Juzgado de lo Penal número 2 al señalamiento que lo acusaba de apropiación indebida de una embarcación, en perjuicio de C.M. y F.J.C. Los hechos relatados en el juicio oral corresponden al 5 de junio del año pasado, cuando el acusado contactó con las dos víctimas a fin de adquirir una embarcación propiedad de C.M.
Habiendo mostrado interés en adquirirla, el día siguiente, 6 de junio, las víctimas le facilitaron la embarcación y la documentación de ésta con el fin de que la pudiera probar. Sin embargo, con ánimo de enriquecerse de manera ilícita, tal y como detalla el escrito de acusación, se apoderó de ella.
Aunque el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de dos años de prisión para el acusado, al reconocer éste los hechos y conformarse con la modificación de la pena, se le condenó a tres meses de prisión, además del abono de las costas procesales.
El escrito se modificó aplicando el atenuante de reparación del daño, ya que abonó previamente 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Al no contar con antecedentes penales, la defensa solicitó la suspensión de la pena, lo cual fue concedido por la jueza.
La pena de prisión que está cumpliendo en la actualidad el acusado corresponde a un delito cometido después al que se le juzgó la mañana de ayer, por lo que aún no contaba con antecedentes penales y por ello se pudo aplicar la suspensión de condena.
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Grande Marlaska, un ministro de Interior que conoce bien Ceuta
Fernando Grande-Marlaska, vocal del Consejo General del Poder Judicial, ha sido uno de los cargos independientes nombrados por Pedro Sánchez para el nuevo Ejecutivo. Un hombre conocido en toda España por su labor judicial a lo largo de tantos años: fue juez de la Audiencia Nacional, donde, entre otras causas, procesó a Arnaldo Otegi, ordenó el ingreso en prisión de José Ignacio de Juana Chaos e instruyó el caso Faisán sobre el chivatazo a ETA. También fue el juez que instruyó y archivó inicialmente la causa contra los cargos militares por los errores que hubo en la identificación de los cadáveres tras el accidente del Yak-42, procedimiento que reabrió por orden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
A partir de ahora dirigirá una de las carteras más importantes del Consejo de Ministros. Interior cuenta no sólo con el favor de los Servicios de Información; también con la competencia de la gestión de fronteras, fundamental en el nuevo Gobierno socialista -que cuenta con varios retos a corto plazo en este apartado-, y para Ceuta.
Grande-Marlaska conoce bien a Ceuta, donde estuvo por última vez en el mes de enero para participar en la reunión del comité de seguimiento de las Jornadas Jurídicas. Y es que en su última etapa en el Consejo General del Poder Judicial era el encargado de los temas relacionados con las ciudades autónomas, Ceuta y Melilla.
Además, en la ciudad cuenta con buena relación con personalidades como el presidente de la Sala Sexta de la Audiencia Provincial en Ceuta y director de las Jornadas Jurídicas, Fernando Tesón, o el presidente de la Ciudad, Juan Vivas, junto a quien firmó en el Libro de Honor de la Ciudad. En su última visita charló con FAROTV, en una entrevista en la que no solo sobre la importancia de estas Jornadas, sino sobre la necesidad de darle una mayor proyección.
El juez cuenta ahora con varios retos por delante en materia de inmigración, al contar con la competencia de la gestión de fronteras y la aplicación de la Ley de Extranjería. Entre ellos se encuentran las devoluciones en caliente de inmigrantes en las fronteras de Ceuta y Melilla, una de las promesas de Pedro Sánchez.
En sus manos queda también la negociación con policías y guardias civiles por la equiparación salarial, que no llegó a buen puerto tras meses de diálogo con Zoido. Sindicatos y asociaciones llegaron a mostrar su satisfacción por la salida del popular del ministerio.
Suspenden un juicio de robo con violencia en la frontera por la ausencia de las víctimas
La ausencia de las víctimas derivó en la suspensión del señalamiento en contra de I.M.A. y Y.E.O por un delito de robo con lesiones, por el que se les solicita una pena de 4 años y 9 meses de prisión y el pago de 4.000 euros de responsabilidad civil.
Los hechos por los que se les imputa ocurrieron el pasado 9 de abril, cuando ambos acusados, puestos en previo acuerdo, abordaron en las inmediaciones de la frontera del Tarajal a M.E.Y y a S.B., que s encontraban en un vehículo esperando la cola para cruzar la frontera. Armados con una pistola el primero y una navaja el segundo, les exigieron que le entregaran todo lo que llevaban encima, que en ese momento alegan que fueron 4.000 euros y el móvil que portaban.
Por este delito, el Ministerio Fiscal solicita una pena de 4 años y 9 meses de prisión para ambos acusados. El el caso de I.M.A., que ya cumplió una condena por un delito similar, se le aplicaría el agravante de reincidencia. No obstante, su abogado solicitó la supresión de la prisión preventiva, conformándose con entregar su pasaporte, además de presentarse cada lunes en el juzgado.
En libertad con cargos el hombre detenido por una presunta agresión sexual
El hombre detenido este fin de semana por la Policía Nacional acusado de una presunta agresión sexual ha quedado en libertad con cargos después de su puesta hoy a disposición judicial.
El detenido ha declarado que la relación sexual mantenida con la supuesta víctima fue consentida, mientras que ella insiste en que no, en que fue una agresión sexual.
Vista la disparidad de versiones completamente distintas en torno a este asunto y ante la existencia de dudas se ha dictado el auto para su puesta en libertad después de que el detenido haya permanecido durante todo el fin de semana en los calabozos de la Jefatura Superior de Policía.
Los hechos se produjeron en la madrugada del sábado cuando la policía tuvo conocimiento de que una mujer manifestaba haber sufrido una agresión sexual por parte de un hombre que conocía.
A sabiendas de su identidad, la Policía procedió a su localización y detención para esclarecerse los hechos y esta misma mañana se ha trasladado tanto al detenido como el atestado al Juzgado de Guardia encargado de adoptar esta decisión.
El Supremo ratifica la condena de 15 años a un ceutí por un asesinato en Marruecos
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de prisión para el ceutí Mohamed L.A. por el asesinato de un joven marroquí, Tayeb Idrissi, ocurrido en julio de 2011 en Cabo Negro (Marruecos).
La sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, es firme y viene a confirmar los años de prisión que fijó la Audiencia Nacional en mayo del año pasado, aunque estima parcialmente el recurso de casación de la Defensa en cuanto a que contempla la existencia de una atenuante genérica de dilaciones indebidas. Pese a ello, la pena inicial no se ve alterada al haberse impuesto al acusado por un delito de asesinato la mínima contemplada en el Código Penal y tratarse de unas dilaciones en su condición de ordinaria.
La Sala, pese a lo solicitado en el recurso de casación, no entiende que se esté ante un supuesto superextraordinario en el que se proceda a apreciar la circunstancia como muy cualificada, a pesar de que el procedimiento ha durado seis años desde que se incoó hasta que se dictó la sentencia de la Audiencia Nacional.
“Ese plazo”, advierte el Supremo, “es irrazonable y excesivo, aun contando con las circunstancias singulares que concurren en el sentido de que los hechos se perpetran en Marruecos y que, por lo tanto, la investigación judicial en España dependía en gran medida de las diligencias que se habían tramitado en el país en el que se ejecutó la acción homicida”. Pero solo se puede entender que existan unas dilaciones indebidas en su condición más simple.Los hechos a los que hace referencia esta sentencia se produjeron en Cabo Negro y tuvieron como víctima mortal a un joven estudiante de 25 años que en ningún momento había causado reyerta alguna.

La causa fue iniciada por el Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta que se inhibió en favor de la Audiencia Nacional al tratarse de un suceso ocurrido en Marruecos. Fue este órgano el que el año pasado dictó sentencia condenatoria solo para M.L.A., aplicándole la mínima por asesinato, mientras que absolvió a otro de los acusados, también ceutí, llamado Suhail M.E., al existir “testimonios opuestos” acerca de su actuación en este suceso.
Los dos habían acudido en compañía de un menor a pasar el día en Marina Smir, en donde se juntaron con un amigo de Marruecos. Todos acudieron a una zona de moda entre los jóvenes en un coche, desde donde vieron a la víctima a quien directamente uno de ellos insultó: “¿Por qué me miras, ciego de mierda?”, le dijo, tal y como recoge en los hechos probados la sentencia.
Siguieron circulando hasta toparse, de nuevo, con la víctima, con la que terminaron discutiendo y empujando hasta llegar a la tragedia: el condenado haría uso de un cuchillo que nunca fue encontrado y asestó dos puñaladas, una en el corazón, que terminaron con la vida del joven. Le atacó además por detrás y sin que pudiera defenderse, tal y como manifestaron varios testigos en el acto de juicio oral que tuvo lugar en la Audiencia Nacional.
Huida a Ceuta
Conocedores de lo que habían hecho, los implicados huyeron a Ceuta y a los días acudieron al Hospital para pedir un parte en el que se recogieran lesiones que ellos mismos se habían producido, con tal de demostrar en la Policía que la muerte había sido el resultado final de un enfrentamiento, alegando legítima defensa.
Posteriormente terminarían reconociendo que habían faltado a la verdad. La Defensa del único condenado por el crimen alegó en su recurso ante el Supremo que se había vulnerado el derecho fundamental a la presunción de inocencia de su patrocinado, sosteniendo la inexistencia de “prueba de cargo” suficiente como para acreditar la participación en los hechos.
El Supremo considera, al contrario, que sí hay un “importante bagaje probatorio de cargo idóneo y suficiente” para “fundamentar los hechos probados”, al contarse con gran cantidad de testigos presenciales que han permitido “concluir, sin género de dudas, que la muerte se debió al ataque rápido e inopinado” del condenado.

Se ha contado además con una prueba documental: la sentencia firme dictada por el Tribunal de Tetuán en 2013 que se encargó de juzgar al único marroquí implicado en los hechos. Fue absuelto de asesinato pero condenado a año y medio por no denunciar los hechos. Este declaró en el juicio seguido en Marruecos cómo el condenado había apuñalado a la víctima por detrás, asestándole dos puñaladas.
“Es patente”, entiende el Supremo, “que las tesis de la Defensa no desvirtúan el acervo probatorio plural, sólido y rico en contenido incriminatorio que desglosa en su motivación probatoria el Tribunal de instancia. La prueba testifical ha sido muy clara y la alevosía queda de todas formas evidenciada”, concluye.
Numerosas protestas en Marruecos
El crimen de Tayeb Idrissi provocó numerosas protestas en Marruecos y dos semanas después de los hechos unas 250 personas se congregaron a las puertas del Consulado para pedir justicia. A la concentración acudieron ciudadanos llegados de distintas ciudades marroquíes, incluso de la capital. Allí, familiares, amigos y compañeros de la universidad recordaron a Tayeb y pidieron justicia por el crimen de un joven que apenas un mes antes de su muerte se había graduado en Dirección de Empresas en la ‘American University of Leaderschips’.

El deseo del entorno de Tayeb era que el autor de la agresión que acabó con su vida fuera juzgado en Marruecos, pero finalmente han sido los tribunales españoles los que han sentenciado. Los familiares no han cesado en todo este tiempo en reclamar justicia, poniéndose en manos de importantes abogados para que llevaran este caso. La posibilidad de que quedara impune, ya que los implicados habían huido a España, podía ensombrecer las relaciones y simular que entre dos fronteras podía asomar un auténtico paraíso para los delincuentes. Finalmente no ha sido así y la historia se cerrado con condena.

Condenada la pareja de subsaharianas que causaron un incidente con dos menores
Las dos residentes subsaharianas que fueron detenidas por la Policía Nacional esta semana en el centro comercial de la ciudad fueron condenadas por un delito de coacciones. Ni rapto, ni secuestro, ni nada relacionado con extorsiones.
Ambas han asumido su implicación en unas coacciones sobre dos menores, es decir, en querer obligarlas a bajar contra su voluntad al garaje del centro comercial. Antes había ocurrido un incidente entre las dos adolescentes y esta pareja de residentes en el CETI, que llevó a la actuación condenada de las inmigrantes.
Ambas han reconocido su errático comportamiento, por lo que han sido condenadas al pago de 2.160 euros, resultado de una multa de 12 meses a seis euros diarios.
En ningún momento se les ha relacionado ni con intento de secuestro ni con acciones de otra índole sobre las dos menores.
Condenados por estafa al vender un vehículo de alta gama a través de internet
La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 condenó ayer a A.A.N. y C.A.M. por un delito de estafa, al tratar de obtener un beneficio ilícito con la venta de un vehículo a través de las redes sociales, por el que obtuvieron un ingreso de 5.000 euros.
A.A.N. fue condenado a tres meses de prisión, que se ha sustituido por una multa de 540 euros, al existir la circunstancia atenuante de reparación del daño, ya que el acusado devolvió, antes del inicio de la vista oral, la cantidad a la persona perjudicada.
En el caso de C.A.M., su condena fue mayor: seis meses de privación de libertad, que también se sustituirá por una multa de 1.080 euros, ya que en el caso del segundo implicado cuenta con antecedentes por el mismo tipo de delito, por el cual ya está cumpliendo una condena de ocho meses de prisión.
Los condenados, que se conformaron con la pena que solicitó el Ministerio Fiscal, urdieron un plan consistente en anunciar, a través de internet, la venta de un vehículo de alta gama, de la marca Audi modelo Q7, por importe de 20.000 euros. Movido por este anuncio engañoso, N.M. contactó con los acusados para formalizar dicha compra.
El acusado A.A.N. le hizo llegar un contrato de compraventa y el comprador realizó una transferencia bancaria por importe de 5.000 euros a la cuenta del primero, ocasionándole a N.M. un perjuicio económico.
Cumplirá tres años y un día de cárcel por el pase de 79 kilos de hachís
Tres años y un día de prisión y una multa de 13.154 euros ha sido la pena impuesta por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 a N.S., por un delito contra la salud pública (en su modalidad de notoria importancia), tras haber intentado el pase de 7.972,71 gramos de hachís (79,7 kilos).
El acusado, que se ha conformado con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, intentó el pase de la sustancia estupefaciente el pasado 7 de mayo embarcando en uno de los ferrys que realizan la travesía entre Ceuta y Algeciras.
Sobre las 8.50 horas, N.S., de nacionalidad marroquí, se encontraba en la Estación Marítima con el propósito de embarcar con su coche hacia la Península. Al levantar sospechas entre los agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en la zona se procedió a la intervención del coche, propiedad del acusado.
Tras el registro se localizaron, ocultos en el doble fondo del vehículo, un total de 26 bloques de resina de hachís, con un peso neto de 7.972,71 gramos, con un índice del 28,27%, que hubiera alcanzado un valor de 13.154 euros en el mercado, cantidad que ahora deberá abonar, en concepto de indemnización. En la vista oral, también se decretó el decomiso de la sustancia estupefaciente y del vehículo.
10 jueces de Ceuta secundan la huelga, según el TSJA
Un total de diez magistrados, tres de la Audiencia Provincial y siete de órganos unipersonales, secundaron ayer la primera huelga conjunta convocada para reivindicar un incremento de medios para la Justicia, mejoras retributivas y mayor independencia del estamento político.
En cuanto a los datos del Ministerio Público, de los seis fiscales actualmente en activo (uno se encuentra de baja), cuatro también se sumaron a esta jornada de paro que en toda Andalucía, además de en las dos ciudades autónomas, secundaron un total de 562 magistrados de los 956 destinados en este territorio, lo que supone un 58,8% de participación, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Por órganos judiciales, secundaron dicha jornada 21 de 71 magistrados del TSJA; 102 de 163 de Audiencias Provinciales y 439 de 722 de Juzgados unipersonales.
Por contra, los presidentes de los 17 Tribunales Superiores de Justicia han remitido un comunicado aclarando su postura ante su decisión de no sumarse a la jornada de paro, debido a su posición institucional. No obstante, reconocen las “graves carencias que crónicamente sufre la Administración de Justicia” y que los poderes Legislativo y Ejecutivo “continúan sin corregir”, lo que ha desembocado en una “situación insostenible, que genera el lógico malestar generalizado en toda la carrera Judicial y Fiscal”.
Es por ello que los representantes de los Tribunales Superiores de Justicia apoyan las “justas y legítimas reivindicaciones, así como la mejora de las condiciones profesionales que defienden”.
Aunque se han establecido servicios mínimos para reducir al máximo los efectos de este parón generalizado en todo el territorio nacional, en nuestra ciudad la huelga no ha afectado sobremanera a la ciudadanía. “Aquí más bien se vive de manera testimonial porque no hay mayor incidencia, como puede ocurrir en grandes ciudades como Madrid donde hay más señalamientos, pero en cualquier caso no se trata de importunar al ciudadano, sino de conseguir mejoras”, expresa una de las magistradas de la Audiencia Provincial, Rosa De Castro. “Los juicios que se han podido suspender estos días se han señalado para fechas próximas y los casos urgentes están cubiertos con los servicios mínimos”, añade.
De Castro apunta a la “sensibilización” que demuestra el personal de Justicia en nuestra ciudad, especialmente en cuestiones como la carencia de medios para el correcto desarrollo del trabajo judicial. “Los medios de que disponemos generan muchos problemas y provocan más retrasos que antes”.
La magistrada se muestra contundente al asegurar que “es más importante trabajar con calidad a que nos devuelvan días de permiso o remuneraciones”, en alusión a una de las peticiones enmarcadas en esta jornada de paro, la relativa a la “convocatoria inmediata de la mesa prevista en la Ley de Retribuciones y reclamar las mejoras salariales que permitan recuperar los recortes de los últimos siete años”. De Castro asegura que, ante todo, “trabajamos por pura vocación y reducir la huelga a que nos devuelvan días de permiso, no tendría sentido”.
Por otra parte, lamenta la situación actual que vive la Jurisprudencia en nuestro país y que ha llevado a “una falta de respeto por los magistrados”. De Castro considera que si bien se puede criticar una resolución, “hay que hacerlo de forma respetuosa porque si se pierde el respeto a los jueces, perderemos uno de los fundamentos del Estado de Derecho”, concluye.
La condenan a un año de prisión y 300 euros por agredir a policías en la frontera
Una ciudadana francesa reaccionó violentamente al intentar cruzar por un paso no autorizado
Un año de prisión, que ha sido sustituido por 24 meses de responsabilidad civil subsidiaria, y 300 euros de multa es la pena impuesta por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 a la ciudadana de nacionalidad francesa M.A.M. por un delito de atentado contra varios agentes de la Policía Nacional en la frontera del Tarajal, el pasado 29 de septiembre de 2017.
La acusada, que reside en Marruecos, intentó acceder a territorio nacional por un lugar no habilitado para el paso de peatones, por lo que los agentes le solicitaron la documentación, indicándole el lugar por el que debía cruzar. Ante ello, M.A.M. reaccionó de manera violenta y agresiva, increpándoles y negándose a cumplir las indicaciones policiales.
En un momento determinado, la acusada huyó corriendo para intentar pasar la frontera, por lo que un agente la persiguió y detuvo, momento en que M.A.M. le propinó dos fuertes golpes en el pecho.
Fue trasladada a una oficina en la zona, donde volvió a adoptar una actitud violenta con otro agente que intentó calmarla, llegando a propinarle dos manotazos.
Posteriormente, y con carácter previo a ser trasladada a la Comisaría, el agente al que ya había golpeado en el pecho procedió a cambiarle los grilletes, instante en que la acusada aprovechó para darle un fuerte puñetazo en el estómago.
En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, se justifica la aplicación de la pena a M.A.M. en cuanto las declaraciones de los testigos fueron coherentes, uniformes y complementarias, además de estar corroboradas parcialmente por la propia acusada.
Una vez fue detenida y trasladada a la oficina del paso fronterizo, la acusada hizo ademán de meter la mano en su bolso, por lo que se lo reclamaron y quitaron para comprobar que tenían un punzón.
El enfrentamiento con los agentes encuentra su apoyo en la propia declaración de la acusada, quien reconoció el altercado originado en la frontera cuando pretendía entrar en territorio español por un lugar distinto al habilitado e incluso admitió que se negó a que le registrasen el bolso. No obstante, negó que en el transcurso de la trifulca agrediese o insultase a los agentes.
Además, su actitud durante el juicio, “altiva, hostil e irrespetuosa hacia los miembros del Tribunal”, según continúa la sentencia, en la que incluso fue apercibida de ser expulsada e incurrir en un delito de desobediencia, “incrementa el acervo probatorio por cuanto permite presumir el cariz que revistieron los hechos”.
La magistrada ha impuesto una pena superior al mínimo legal en base al lugar donde ocurrieron los hechos, la frontera del Tarajal, al ser un lugar donde las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desempeñan un difícil papel en el control de los flujos de entrada y salida.