Ingresa en prisión tras ser detenido con una causa pendiente

La autoridad judicial ha ordenado este lunes el ingreso en prisión de un vecino de Ceuta detenido este pasado fin de semana en la avenida Teniente Coronel Gautier. Tenía una requisitoria en su contra, ya que estaba buscado por un robo violento del que tendrá que responder judicialmente.

Hasta que llegue ese momento, tendrá que permanecer privado de libertad a la espera de la vista.

Además, al haber ofrecido rechazo a su detención, se le condenó por un delito de resistencia con el que se conformó al ser presentado en el juzgado de guardia. El detenido aceptó una pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros diarios, a lo que se añade una indemnización que corresponde al agente por los daños sufridos en la intervención, tal y como han confirmado fuentes judiciales a El Faro.

En este caso sí que se dicta un acuerdo por conformidad solo por ese delito, pero tendrá que permanecer privado de libertad a la espera de que se celebre la vista oral por la comisión delictiva por la que se le buscaba (obraba una requisitoria en su contra) y que llevó a su detención en la vía pública durante la madrugada del sábado al domingo pasado.

Fin de semana marcado por los robos

Este suceso se produjo en un fin de semana que ha estado marcado por los robos violentos, ya que al menos se produjeron dos distintos teniendo todos ellos como víctimas a personas a las que se les quería arrebatar sus teléfonos móviles.

Tanto Policía Local como Nacional practicaron arrestos, habiéndose dictado este lunes autos de entrada en prisión para tres de ellos, todos ejercidos con violencia.

Los controles en materia de seguridad se ejercen de manera aleatoria, pero también en puntos fijos los fines de semana, que son los coincidentes con las zonas de concentración de jóvenes.

Guerrero se enfrenta a 2 años de prisión por calumnias

El Ministerio Fiscal ha solicitado la imposición de una pena de 2 años de prisión para el exconsejero de Sanidad del Gobierno de Ceuta, Javier Guerrero, por un delito de calumnias por el que tendrá que sentarse en el banquillo a finales de este mes.

Además de la pena de prisión, se solicita una indemnización de 25.000 euros por daños morales en favor del director del centro Samu-La Esperanza, tras las manifestaciones vertidas por Guerrero a las puertas de la Jefatura Superior, en septiembre de 2022, ante varios medios de comunicación.

Según el Ministerio Público, Guerrero, guiado por el animo de “vilipendiar, vituperar y ajar” la estima profesional y la consideración del director del centro Samu-La Esperanza, efectuó una serie de manifestaciones que no casaban con la realidad.

Los hechos por los que se le acusa

Así, ante varios periodistas citados expresamente aquella tarde noche, el médico y expolítico del PP dijo que este había “presionado, extorsionado y coaccionado a menores del centro” cuya responsabilidad directiva ostentaba para que “denunciaran por diversos hechos” al ahora acusado, y lo habría hecho “bajo la amenaza de que si no lo hacían no obtendrían traslado a la Península”.

Esto es lo que mantiene la Fiscalía en su escrito de calificación inicial que llevará a juicio oral ante el Juzgado de lo Penal de nuestra ciudad. Eso no era cierto, pero lo manifestó ante varios medios de comunicación generando la publicación de noticias y comentarios en redes sociales.

De hecho, esas manifestaciones de Guerrero se investigaron en el juzgado de instrucción número 2 y se sobreseyeron por falta de acreditación.

Las declaraciones de Guerrero fueron grabadas por los medios de comunicación que acudieron a las puertas de la Jefatura Superior, y ante ellos dijo que se estaba coaccionando a menores además de otras consideraciones. Todo aquello fue mucho antes de que la Guardia Civil terminara deteniéndolo en su vivienda particular.

Condenado tras requerir favores sexuales a quien le alquilaba la casa

El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a un varón identificado como M.M. por un delito intentado contra la libertad sexual cometido contra una mujer con la que compartía piso.

Le impone 8 meses de prisión y una medida de libertad vigilada durante 1 año y 6 meses. A ello suma una prohibición de acercamiento durante 1 año y 8 meses a menos de cien metros de la denunciante, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier punto que frecuente, así como mantener contacto escrito, verbal o visual en ese mismo periodo de tiempo.

El condenado tendrá que indemnizar a la víctima con 2.162 euros por los daños morales y lesiones causadas, tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta. El magistrado titular le absuelve, en cambio, de 3 delitos de agresión sexual al no considerar la existencia de pruebas suficientes.

Se considera probado que el llamado M.M. se encontraba en una vivienda con la víctima. Aprovechando que ella se encontraba en el baño, le requirió favores sexuales a lo que la fémina se opuso llegando a producirse un forcejeo entre ambos.

La declaración de la víctima, clave

El dictado de la condena, contra la que cabe recurso, se ha fundamentado en la declaración de la víctima, que ha sido persistente en el tiempo, marcada por la verosimilitud, coherente y sin estar expuesta a contradicciones.

Los hechos a los que se alude en esta resolución judicial ocurrieron en 2023 en la vivienda que compartía la denunciante con el condenado, mujer e hijos de este. Su declaración fue completamente opuesta a la que narró el acusado, que se centró en negar lo ocurrido y aludir a problemas con la vivienda compartida.

El joven había accedido a Ceuta aprovechando la entrada masiva de mayo para, así, reunirse con su mujer que ya se encontraba en la ciudad.

Un ceutí cumplirá 4 años de cárcel tras un pase de drogas

Cuatro años y 1 mes de prisión. Esa es la condena impuesta a un vecino de Ceuta que el pasado 14 de septiembre fue detenido por la Guardia Civil con casi 100 kilos de hachís escondidos en el vehículo que conducía.

Preso preventivo desde entonces, ahora se enfrenta al cumplimiento de una pena de cárcel tras reconocer su implicación en un delito contra la salud pública con la agravante de notoria importancia.

Ante la titular del Juzgado de lo Penal número 1, el llamado M.G.S. escuchó la pena impuesta por conformidad, así como la negativa a una posible suspensión de la misma.

A este ceutí lo detuvo la Guardia Civil cuando pretendía el embarque con destino a Algeciras a primera hora de ese 14 de septiembre. Al infundir sospechas entre los agentes se procedió al registro del vehículo que conducía, un auténtico amasijo de hierros transformado en patera de la droga.

Del puerto a la cárcel en cuestión de horas

Repartidos entre los faldones del coche estaba la narcótica sustancia, toda separada en distintos bloques y preparada para su introducción en el mercado peninsular.

M.G.S. fue arrestado por un delito contra la salud pública, ingresando en la cárcel de Mendizábal a las pocas horas de verse ya privado de libertad en los calabozos de la Compañía Fiscal.

Prácticamente un mes después ha reconocido la comisión de esa acción delictiva aceptando la pena impuesta tras un acuerdo entre la Defensa y la representante del Ministerio Público.

Lo que nunca se sabrá

Se ha ordenado además la destrucción del hachís, la imposición de una multa y la intervención del vehículo usado para la comisión del pase, por ser un elemento indispensable para cometer ese delito.

Dictada la condena, queda por conocer la historia a la que no se ha llegado: la de la implicación de otras personas en la preparación de este tráfico de drogas que terminó frustrado.

El robo violento de un móvil que dejó de serlo

Se enfrentaba a una pena de cárcel por un delito de robo con violencia, pero la declaración exculpatoria ofrecida por el denunciante ha terminado transformando este caso en algo que no existió. Así, el llamado T.B.G., que fue conducido por la Policía ante la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta desde la prisión, pasó de enfrentarse a pena de cárcel a quedar absuelto.

El acusado, detenido y preso preventivo por un robo violento de un teléfono móvil perpetrado en julio de este año en el centro de la ciudad, negó los hechos.

Dijo que el denunciante le debía un dinero y, al encontrárselo en la calle, le reclamó que le entregara su celular de manera voluntaria en concepto de una especie de aval hasta que le pagara esa deuda.

La víctima corroboró esta historia, indicando que, a pesar de la denuncia que presentó en su día en la Jefatura Superior, la verdad es que le entregó voluntariamente su móvil, admitiendo que le debía 140 euros. Ambos se habrían golpeado mutuamente.

Sentencia absolutoria in voce

Uno de los policías que intervino en este suceso y que, de hecho, arrestó al acusado especificó que esa detención se llevó a cabo en la avenida de Madrid. Recordó que la propia víctima reconoció al arrestado, así como el robo del celular, desbloqueándolo delante suya para verificar que era de su propiedad.

Fiscalía mantuvo a pesar de ello su petición de condena por un delito de robo con violencia, aunque como alternativa consideró la existencia de un delito de realización arbitraria del propio derecho, es decir, intentar la devolución de un dinero sin usar las vías legales para recuperarlo, para lo que solicitó la imposición de una multa.

La Defensa recordó que en Instrucción el denunciante había intentando hasta en dos ocasiones retirar la denuncia sin éxito. La magistrada dictó sentencia absolutoria in voce.

La bofetada a un brigada que no se pudo condenar

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de interés para aquellos casos que han sido vistos ya por la jurisdicción ordinaria y pretenden ser sometidos a la militar. En dicha resolución, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se desestima el recurso formalizado por la Fiscalía Togada contra el fallo absolutorio de un sargento primero del Ejército de Tierra acusado de delito de insulto a superior en su modalidad de maltrato de obra.

Ese sargento ya había protagonizado otro juicio, pero por delito leve, habiéndose dictado sentencia firme en un ámbito judicial ajeno al ámbito castrense.

La resolución tiene interés por lo que significa el principio de non bis in idem, no permitiendo que la jurisdicción militar enjuicie hechos vistos por la jurisdicción ordinaria, tal y como han destacado fuentes judiciales a este periódico, a pesar de que los mismos hechos dan lugar a delitos diferentes.

Uno fue calificado por el Código Penal ordinario y otro por el Penal Militar. La clave radica en que al adelantarse la jurisdicción ordinaria no permite que la ley especial que es el Código Penal militar enjuicie hechos sobre los que ha recaído sentencia firme.

El caso al que hace referencia esta resolución se retrotrae a septiembre de 2021 y tuvo lugar en el País Vasco, pero sus consecuencias son de interés para cualquier otro caso similar que pueda producirse.

Todo empieza cuando un brigada da cuenta de la supuesta agresión que habría sufrido por parte de un sargento primero que, en la vía publica, le dijo primero a escasos centímetros de la cara y con el puño cerrado: “¿Tú tienes algún problema conmigo?”, para, después, darle una bofetada.

Una petición de cárcel que no se puede ejecutar

El Togado le requirió al Juzgado de Instrucción número 2 de Vitoria que se abstuviera  del conocimiento de los hechos investigados por delito leve ya que eran objeto de investigación en sumario, habiendo considerado la Fiscalía que se había incurrido en un delito de insulto a superior por lo que pedía 1 año y 6 meses de prisión.

Pero la clave radica en que ya se había celebrado juicio, habiéndose dictado sentencia firme por delito leve, por lo que el letrado de la Defensa alegó como artículo de previo pronunciamiento la excepción de cosa juzgada, mostrando la disconformidad con las conclusiones del Ministerio Público y considerando aplicable esa excepción al haberse conocido exactamente estos mismos hechos por un juzgado de instrucción que dictó sentencia absolutoria firme, sin que conste recurso de ninguna de las partes.

Todas las citaciones y notificaciones fueron correctamente realizadas, incluidos dos testigos, dando lugar a esa absolución que ha terminado por cerrar cualquier otra vía.

Un detenido por el apuñalamiento a un menor en Juan Carlos I

Agentes de la Policía Nacional han detenido, hasta el momento, a una persona en Ceuta relacionada con la agresión con arma blanca cometida contra un menor en la noche del sábado en la barriada Juan Carlos I.

Fuentes de la Jefatura Superior de Policía confirman a El Faro que se sigue investigando este asunto, habiéndose producido de momento una única detención sin descartarse más en las próximas horas.

El único detenido ha sido puesto a disposición judicial esta mañana, investigado por un delito de lesiones con empleo de instrumento peligroso, fijándose un acuerdo judicial que se traduce en una pena de 2 años de prisión que tiene que ratificarse vía conformidad en el Juzgado de lo Penal, sin que suponga la entrada en la cárcel de Mendizábal tras producirse un reconocimiento de los hechos.

La Policía sigue trabajando en el esclarecimiento de estos hechos ocurridos en torno a las diez de la noche de este pasado sábado en el entorno de la plazoleta de la barriada Juan Carlos I.

Un joven de nuestra ciudad, de 17 años, recibió dos puñaladas que le causaron heridas en el antebrazo y glúteo, procediéndose a su traslado en ambulancia al hospital universitario de Loma Colmenar.

Las lesiones no fueron de gravedad, pero requirió asistencia sanitaria. Hasta el lugar, escenario del suceso, acudieron agentes de la Policía Nacional quienes patrullaron por las inmediaciones para dar con las personas que podrían haber participado en el suceso y que habían abandonado el lugar en dirección a otras barricadas próximas.

En la misma noche se produjo la detención de la única persona que, de momento, figura como implicada en el suceso, pero se trata de esclarecer la posible relación de más personas, así como localizar a adultos y menores que estaban en el lugar.

La Policía Nacional ha asumido la investigación sobre estos hechos después de la presentación de la denuncia pertinente en la Jefatura Superior y la recopilación de declaraciones tanto de víctima como de posibles testigos.

Crimen del cabo Dris Amar: primera calificación fiscal

Ya hay calificación del Ministerio Fiscal en uno de los 3 procedimientos distintos en los que se ha desglosado la causa abierta tras el asesinato del cabo de Regulares Dris Amar, ocurrido en Ceuta, en la barriada del Príncipe, en octubre de 2022.

Se trata de uno de los dos asuntos que se seguirán bajo Tribunal de Jurado, el correspondiente a un delito de allanamiento de morada por el que están acusados los llamados H.M.A., alias Castaña, y A.D.A., conocido como Popis.

Tal y como mantiene la Fiscalía, de acuerdo con la información judicial a la que ha tenido acceso El Faro, ambos actuaron de común acuerdo para adentrarse en la vivienda de una vecina, ubicada en el antiguo Poblado Legionario, al objeto de evitar que la Policía Nacional los detuviera.

Esa noche todo el barrio estaba blindado de agentes, no solo habían asesinado al cabo Dris sino que también habían intentado matar a dos policías nacionales de la Udyco que accedieron al garaje al escuchar los disparos.

Mientras el apodado ‘Colombo’ era prácticamente llevado en volandas por los agentes al poco tiempo de perpetrarse el crimen, ‘Castaña’ y ‘Popis’ se escondían en casa de una vecina en contra de su voluntad, allanando así su morada de forma violenta y reteniéndola.

La petición de cárcel de la Fiscalía

Fiscalía considera que hay indicios suficientes como para considerarlos culpables de un delito que se debe seguir, por su tipología, bajo Tribunal de Jurado, haciendo hincapié además en el estrés postraumático que esta acción generó en la dueña de la vivienda que prácticamente fue víctima de un auténtico asalto.

Para cada uno de los acusados, el Ministerio Público solicita 2 años de cárcel, así como la prohibición de comunicación y acercamiento a la dueña de la vivienda allanada por un periodo superior en 5 años a la pena de prisión, marcándose además una distancia de alejamiento de 100 metros.

De igual manera la Fiscalía reclama una indemnización de 10.422 euros en concepto de responsabilidad civil por las secuelas ocasionadas.

La vivienda que buscaban de camuflaje

Ocultos en esa casa, los dos acusados confiaban en que la Policía Nacional abandonara el Príncipe para, finalmente, escapar del lugar. Pero los agentes, lejos de dejar el barrio, no cesaron en la búsqueda de todos los que, a su juicio, estaban implicados en tan terrible suceso.

Y fue así como lograron dar primero con ‘Colombo’, y después con ‘Popis’ y ‘Castaña’, quienes habían sido reconocidos por miembros de la Udyco. Los agentes se adentraron en todos los portales de las viviendas del antiguo Poblado Legionario hasta dar con la que pretendía servir de particular camuflaje bajo amenazas y por la fuerza.

Habrá un juicio por Tribunal de Jurado por esta causa, como también habrá otro por delito de asesinato y sus conexos de tenencia ilícita de armas y grupo criminal. Serán los jurados los que determinarán la culpabilidad o no de los acusados.

Un tercer juicio, el único que se seguirá con tribunal profesional, será por delitos de atentado, tentativa de homicidio contra dos policías nacionales, tenencia ilícita de armas y grupo criminal.

El tribunal del mayor órgano judicial en nuestra ciudad lo decidió así, estimando el recurso que presentó la Fiscalía contra el auto dictado por el Juzgado número 2, celebrándose por tanto 3 juicios, aunque con la misma prueba.

Se argumentó la complejidad de la causa derivada de la existencia de múltiples tipos penales con diferentes grados de ejecución y participación.

La situación de los investigados

La investigación llevada a cabo por la Policía Nacional para dar con los presuntos implicados, con desempeño de uno u otro rol, llevó a las detenciones de los apodados ‘Castaña’, ‘Popis’, Colombo’ y ‘Monito’.

Todos están cumpliendo prisión preventiva desde hace 2 años, habiéndose mantenido esas medidas privativas de libertad al menos en lo que se refiere al procedimiento seguido por el asesinato del cabo Dris.

Fiscalía considera que todos ellos actuaron de común acuerdo en la madrugada en la que fue asesinado el cabo de Regulares.

Cada uno se habría repartido una serie de roles: el de vigilancia (en el caso de M.O.A., ‘Monito’) y el de ejecución de un “plan preconcebido para acabar” con la vida del militar (en el caso de H.M.A. ‘Castaña’, A.D.A., ‘Popis’ y A.A.L., ‘Colombo’).

Para la Fiscalía, los cuatro investigados formaban parte de una organización dedicada, entre otras actividades, a disparar armas de fuego para atemorizar y atentar contra la vida e integridad física de los miembros de otra organización.

Sumario por los disparos a policías de la Udyco

Esa misma noche dos policías nacionales de la Udyco que se encontraban en la barriada accedieron al garaje en donde fueron recibidos a disparos sufriendo una tentativa de homicidio.

Por este suceso en sí se sigue un Sumario respecto del que sí hay novedades, ya que el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado auto por el que ordena la puesta en libertad del apodado ‘Monito’. Pero es una libertad que no resulta efectiva porque sigue preso preventivo por la muerte del cabo Dris.

La Sala fundamenta esa medida en que debería haber “motivos bastantes”, es decir, “existencia de una base indiciaria de las conductas con relevancia penal que se imputen a la persona contra la que se siga el procedimiento” para mantenerlo en prisión.

El Torneo de Fútbol Sala ‘La Merced’ cumple su décima edición

La pista polideportiva de Fuerte Mendizábal acogió una nueva edición, la décima, del Torneo de Fútbol Sala ‘La Merced’ 2024 organizado por el Centro Penitenciario de Ceuta y la Real Federación de Fútbol de Ceuta. Esta actividad está incluida en el programa nacional de la RFEF e Instituciones Penitenciarias.

Un año más ha tenido lugar el tradicional torneo de fútbol sala la Merced, actividad organizada durante esta semana por el Centro Penitenciario de Ceuta en colaboración con la Federación de Fútbol, e incluida en el programa nacional de la RFEF e Instituciones Penitenciarias.

Un total de 50 internos y 8 equipos formaron parte de esta competición que estuvo divida en dos grupos de cuatro, clasificándose los dos primeros para las semifinales. Los ganadores se enfrentaron en la final.

Los colegiados del Comité de Árbitros de la RFFCE Ibrahim Enfedal y Saliha Zariouh fueron los responsables de dirigir todos los enfrentamientos. Una vez concluido el partido por el título se procedió a la entrega de medallas, diplomas y balones a todos los participantes. Dani Olsson, director del Área Social de la Territorial ceutí, ha sido el coordinador de esta competición.

El Centro Penitenciario ha vuelto a tener éxito con este campeonato y espera que se siga repitiendo los próximos años. Se ha convertido en un asiduo, y ya todos los esperan cada año con ansia para disfrutar de esta práctica. Una modalidad deportiva que siempre se acoge con cariño, y donde los partidos se pueden ver gran nivel. Eso sí, lo que más destaca en este tipo de torneos es el respeto entre todos, ya que lo único que importa es pasar buen rato y disfrutar del deporte.

Una oportunidad para que los internos puedan disfrutar de esta modalidad deportiva e intentar conseguir el título. Es uno de los torneos más seguidos por los internos de nuestra ciudad.

Tres años de cárcel para una argelina que instó al pase el 15-S

Ya hay sentencia. Tres años de prisión. Esa es la condena que ha impuesto el Tribunal de Primera Instancia de Tetuán para una ciudadana argelina que instó al pase a Ceuta el pasado 15 de septiembre.

El caso de esta mujer fue separado del resto de los acusados por las mismas actuaciones debido a la contradicción y discrepancia en sus declaraciones, así como por su incitación pública a la inmigración colectiva para entrar ilegalmente en la ciudad de Ceuta desde Castillejos.

Se comprobó su implicación en la incitación a través de las redes sociales para entrar de forma masiva en la ciudad, como así se intentó ese día 15 tanto en incursiones abortadas por la mañana, tarde y noche.

Fue un caso muy mediático, sobre todo por lo viral que alcanzó la grabación que protagonizaba. La historia de esta mujer argelina que decía ser marroquí apareció en los vídeos popularizados el pasado domingo con motivo del intento de entrada en Ceuta.

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El Tribunal de Primera Instancia de Tetuán ha dictado ya sentencia condenándola a tres años de prisión efectiva por cargos de incitación a la inmigración clandestina.

Otras 52 condenadas con penas menores

No es el único caso, ha habido ya 52 condenas a personas involucradas en el intento de inmigración ilegal para cruzar a Ceuta el pasado 15 de septiembre. Esas condenas han oscilado entre los 9 meses de prisión para 20 personas y una multa de 1.000 dirhams a cada uno, mientras que se impusieron 7 meses de prisión a otros 27 con la misma multa económica.

Las penas de prisión también incluyeron períodos de entre 2 y 3 meses para otros, con multas económicas.

El mismo tribunal había dictado anteriormente sentencias de 2 meses de prisión para dos personas y 3 meses a otros implicados, mientras que se absolvió a una persona de los cargos que se le imputaban.