Solicitan la grabación de las cámaras de la Jefatura tras denunciar que le agredieron

  • Procesado por un delito de atentado, el juicio quedó aplazado hasta incorporar las imágenes solicitadas por la defensa

Era el segundo juicio de la mañana de ayer seguido por un delito de atentado. Quedó aplazado hasta poder incorporar a la causa las grabaciones de las videocámaras de la Jefatura Superior donde el acusado, un joven ceutí H.D.A., asegura que fue agredido por los agentes que le custodiaban. Ocurrió el pasado 9 de mayo cuando el acusado fue detenido por otra causa, que, de hecho, fue archivada, aseguró su abogada. Así las cosas la titular del Juzgado de lo Penal 1 aplazó la vista hasta poder incorporar a la causa las grabaciones y que sean vistas por las partes implicadas.
Además, deberá resolver en los próximos días si deja en libertad provisional al acusado. Su abogada la solicitó al entender que, dado que el motivo por el que fue detenido en su día quedó archivado y que tiene arraigo en la ciudad, no hay motivo para que el joven permanezca en prisión preventiva. Además, aludió la letrada, teniendo en cuenta que se está celebrando el mes sagrado de Ramadán el joven quería pasarlo en familia.
El fiscal no se pronunció al respecto y únicamente instó a la defensa a presentar la solicitud por escrito para que la Fiscalía se pronuncie al respecto y la juez pueda resolver en consecuencia.
En este caso, el Ministerio Fiscal pide una pena para el acusado de dos años de prisión, la misma condena que solicitó ayer para otro acusado por un delito de atentado a la autoridad.
Se trata del primer juicio celebrado ayer en los juzgados del Ceuta Center. M.S. no acudió a la cita judicial, si bien la vista se celebró en su ausencia. El único compareciente fue uno de los policías que explicó que el día de los hechos, el acusado intentó saltarse la cola de los porteadores en la frontera.
Tanto él como su compañero, indicó a través de videoconferencia, instaron al hombre a volver a la cola y respetar el turno. Éste se negó momento en el que procedieron a cachearle. Según la versión del policía, éste afirmó que el acusado se “revolvió” contra los agentes, tal vez, porque no quería ser cacheado. El caso quedó visto para sentencia.

Una exposición ‘ConTacto’

  • El fotógrafo Carlos Larios expone su obra en el Museo del Revellín el próximo jueves. Los amantes de la fotografía tienen una cita a las 20.00 horas

El Museo del Revellín abre el próximo jueves día 8 sus puertas, a partir de las 20.00 horas, a la exposición ‘ConTacto’ del fotógrafo Carlos Larios y se podrá visitar hasta el día 15 de julio.
En la exposición los visitantes podrán disfrutar de una selección de 35 fotografías en gran formato, que bajo el título ‘ConTacto’ nos hablan del amor, del odio, de la alegría de la tristeza, en definitiva de la vida de cualquiera de nosotros, pero contada usando las manos de personas del entorno del autor.
En el díptico de presentación de la muesta, el autor explica que  “cuando nos presentan a otra persona juntamos las manos, al hacer el amor nos acariciamos, para pelear usamos los puños, para mostrar satisfacción aplaudimos. Si queremos saber qué tipo de vida lleva una persona podríamos aaveriguarlo observando sus dedos. Tocamos, cuidamos, aceptamos, peleamos incluso existe un lenguaje de gestos con las manos. En esta exposición he querido reflejar una parte de la vida, de los pensamientos y sentimientos de cualquiera de nosotros a través de las manos de las personas que me rodean”.
Carlos Larios es un Diseñador Gráfico, Ilustrador y Fotógrafo natural de Ceuta. Desde la infancia ha estado implicado con el mundo del arte, sus inicios pueden situarse en la época en la que cursó Bachillerato Artístico, entre cuyas asignaturas estaba “Fotografía química”, de la que aprendió los cimientos de su  futura formación y oficio fotográfico.
Posteriormente estudió Bellas Artes en Sevilla, recibiendo y aplicando una completa formación académica y especializándose posteriormente en Diseño Gráfico, entre cuyas asignaturas estaba “Fotografía Digital”.
Aunque siempre ha estado principalmente vinculado al Diseño Gráfico, desde hace varios años la Fotografía juega un papel muy importante en su  vida, lo que le llevó a fundar junto con otros compañeros la “Asociación Fotográfica Miradas”.
Desde entonces no ha parado de iniciar, participar y finalizar múltiples proyectos, eventos y actividades fotográficas. Como por ejemplo varias exposiciones, algunas de ellas actualmente están siendo mostradas por diversos puntos de la Península y Marruecos.
Además, a raíz de su  demostrada implicación con el mundo fotográfico, ha impartido una importante cantidad de talleres y cursos de Fotografía, Retoque y Revelado Digital. También ha querido difundir su pasión por este arte compartiendo conocimientos y opiniones a través de los blogs “Fotolarios” y “Fuji-Xperience”. Recientemente ha sido nombrado “Vicepresidente” de la “Asociación Fotográfica Miradas”.

Maza ve “excelente” la colaboración entre Fiscalía y Menores en Ceuta

  •  El fiscal general del Estado puso de ejemplo a la Fiscalía ceutí para defender y poner de relieve el papel investigador del fiscal

El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ofreció ayer la última de las conferencias de la octava edición de las Jornadas Jurídicas de Ceuta. Lo hizo para defender la reforma procesal que, a pesar de que se ha quedado dos veces en el cajón en las Cortes, introduce la figura del fiscal investigador en la instrucción penal. No obstante, este papel ya lo viene desarrollando desde hace más de 20 años, precisó Maza, el fiscal de Menores en toda España. En este sentido, Maza calificó de “excelente” el trabajo y la colaboración que vienen desarrollando la Fiscalía de Área de Ceuta con el servicio de Menores de la Ciudad Autónoma.
Durante su visita a Ceuta, el fiscal general del Estado visitó las dependencias de la Fiscalía de Ceuta así como el centro de menores Mediterráneo. Es por ello que mostró su satisfacción por el “excelente” trabajo que se realiza, por lo que no dudó en felicitar al fiscal jefe de área, José Luis Puerta, presente en el salón de actos del Ayuntamiento. Igualmente extendió su reconocimiento hacia toda la plantilla fiscal de Ceuta. “Tienen ustedes, además, un equipo en Fiscalía magnífico y con un estupendo jefe”, remarcó Maza.
Al hilo incidió en que todos los fiscales de Menores de España ejercen las funciones de investigación que ayer planteaba Maza como extensibles al resto de fiscales, tema central de la conferencia.
Se trata de la figura del fiscal investigador sobre el que pese la dirección de la instrucción en materia penal, siempre contando con la complementariedad del juez, hasta ahora instructor, para pasar a ser un juez de garantías.
Un reparto de funciones, consideró Maza, muy beneficioso no solamente para el desarrollo de los procesos de instrucción e investigación, especialmente los calificados como procesos complejos, que garantiza cada paso que se dé en la investigación sino que también repercutiría en una agilización de la justicia.
Y es que, para el fiscal general del Estado, que ha estado quince años como magistrado en el Tribunal Supremo, uno de los problemas más graves de la justicia española es la lentitud. Una demora, especialmente en la fase de instrucción, que provoca la desconfianza de la ciudadanía, de la opinión pública.
“Que un juez de instrucción garantiza la tutela de los derechos de los sometidos a investigación o a instrucción en este país, sin duda ninguna. Y quien diga lo contrario, miente. Ahora bien, ¿no será mejor que se dividan las funciones y que ese juez, que en vez de instrucción le tendríamos que llamar de garantías, ese juez se dedique a tutelar los derechos de los ciudadanos, a gestionar las medidas cautelares, a gestionar las injerencias en los derechos fundamentales y que no sea ese juez el mismo que dirige la investigación. Que haya una figura  que dirija el procedimiento y un juez que controle esa investigación. Yo creo que sería buenísimo y sanísimo para el Poder Judicial que esto fuera así”, argumentó Maza.
No sería más que extender a todos los fiscales lo que ya hacen, por tanto, los fiscales de Menores “desde hace 21 años”, reiteró Maza, y que ya está dando resultados, junto con las reformas legales, “la delincuencia de menores está bajando poco a poco”. Además, hay que tener en cuenta que hay otras especialidades fiscales que también investigan antes de que el caso se judicialice, como en el área de medio ambiente.

Dos reformas frustradas
Pero los problemas a la hora de acometer la reforma procesal necesaria, también fueron objeto de crítica ayer por parte del fiscal general del Estado. Y es que en 2011 y en 2013 se plantearon dichas reformas legislativas que finalmente quedaron en un cajón. La primera fue presentada por el PSOE durante el Gobierno de Rodríguez Zapatero y la segunda bajo el auspicio del Gobierno popular de Mariano Rajoy. En ambos casos, la reforma no salió adelante con el consenso necesario, recordó Maza, porque los dirigentes de ambos partidos políticos expusieron el mismo argumento aludiendo a un posible “control político” a los fiscales. “Es la triste historia de siempre”, lamentó Maza.
El fiscal general del Estado recalcó que la figura del fiscal es cada vez no solo más independiente, sino también más autónomo. “El fiscal puede discutir las órdenes que reciba”, aseveró, si bien igualmente en el Ministerio Público existe una jerarquía también necesaria.

Un compromiso personal
La reforma que Maza defendió ayer en el salón de actos del Ayuntamiento y en la que se pone de relieve la labor investigadora del fiscal, con el juez de garantías, no es nueva. Aseguró que, dado que es una de las tesis que él ha defendido siempre, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, le aseguró que impulsaría esta reforma cuando le ofreció el cargo de fiscal general del Estado. Y fue por ello que aceptó el puesto, puesto que se trata de un reto personal.

Orduña expone las consecuencias de la anulación de las cláusulas suelo

  • El magistrado del TS asegura que el Derecho Civil se estudiará pronto de forma muy diferente

La primera de las conferencias ofrecidas ayer en el salón de actos del Palacio autonómico corrió a cargo del magistrado del Tribunal Supremo, Javier Orduña, conocido por el voto particular que emitió en la resolución del TS que anulaba las cláusulas suelo por considerarlas abusivas. Además, fue el único juez que en esa sentencia de mayo de 2013 reconoció la retroactividad total que más tarde impuso la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE). Pero esa sentencia, que exigía a las entidades financieras una información transparente a los consumidores a la hora de firmar los préstamos hipotecarios, consideró Orduña, se erige como un principio dentro de nuestro ordenamiento. El control de transparencia en el modelo de protección del consumidor y su implementación en el sistema financiero fue el título de la ponencia de Orduña, quien considera que ese principio de transparencia debe ser transversal y aplicarse también, por ejemplo, en las contrataciones con aseguradoras o acciones, preferentes y demás productos financieros.
El magistrado recalcó la necesidad de una mejor redacción de esos contratos lo que implica una adaptación del lenguaje para que el consumidor, en definitiva el ciudadano, comprenda las consecuencias que puede tener tanto económicas como jurídicas algunas de las cláusulas incluidas en el contrato que firma. Puso de manifiesto que las últimas encuestas desvelan la falta de formación de los ciudadanos en materia de derechos del consumidor y del sistema financiero, que se debe abordar, sin duda.
Esta ha sido una de las consecuencias de calado de la sentencia sobre las cláusulas suelo que ahora ha generado, señaló el magistrado, toda una “nueva cultura” de diseño y venta de productos financieros en base a los criterios, recogidos en sentencia, de “precisión, claridad y sencillez”.
Además, Orduña abogó por que en los contratos con los consumidores, la negociación recupere cierto espacio perdido, puesto que a la hora de firmar un préstamo hipotecario en la mayoría de las ocasiones es el ciudadano el que con su firma asume las condiciones impuestas por una de las partes, nada más. Pero, no le cabe duda al magistrado que a partir de ahora, incluso en un futuro cercano “el Derecho Civil se impartirá y se estudiará de manera diferente” a raíz de todos los cambios que se están experimentando.

Arnaldo reconoce la existencia de la ‘ley del silencio’ en el deporte

  •  “Como en otros ámbitos de la vida”, apostilló el presidente del TAD, en relación a las lesiones que pueden sufrir los deportistas en el ‘terreno de juego’ u otros incidentes en las instalaciones deportivas

El Derecho y el Deporte fueron ayer los protagonistas de la conferencia que ofreció el presidente del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), Enrique Arnaldo, quien en el turno de preguntas reconoció que en cierta manera en el deporte impera “la ley del silencio como en otros ámbitos de la vida”. Se refería así a las lesiones, graves, que pueden sufrir y que sufren en ocasiones los deportistas fruto de la práctica deportiva o en competición. Si bien es cierto que, hoy día, lamentablemente se dan otros incidentes en las instalaciones deportivas que han protagonizado portadas e informativos en los medios de comunicación. Son casos que, salvo excepciones, no llegan a los tribunales penales salvo que se reflejen en el acta arbitral o alguien lo denuncie fuera del ámbito deportivo en el juzgado.
Arnaldo reconoció igualmente que salvo esas excepciones, el TAD no puede actuar de oficio en esos casos. De hecho, las funciones del TAD están muy definidas y fue el contenido de parte de la conferencia que ofreció ayer en el salón de actos del Palacio autonómico. En todo caso, el presidente de este tribunal insistió en que, dentro de las competencias del TAD, la única presión existente, por muy mediático que pueda ser un caso, es la pronta respuesta que se exige de este órgano dependiente del Consejo Superior de Deportes.
El deporte o el hecho deportivo tiene hoy día una relevancia que nadie puede negar. Es por ello que está en auge lo que se ha llamado Derecho Deportivo, objeto de muchos cursos y máster especializados en una materia que, no obstante, no vive al margen del Derecho común.
Arnaldo señaló que ha habido muchas voces que han considerado que el Derecho Deportivo puede parecer algo “independiente” por no estar regulado, pero rechazó la idea de que se trate, hasta ahora, de una rama del derecho más. Así pues, el derecho deportivo “no vive al margen de las reglas del Estado”, puesto que, de igual manera “no hay ninguna institución que viva al margen de la Constitución”. Sin embargo, el derecho deportivo es “un derecho iluminado por sus propios principios”.
Además, el derecho deporte, reconoció Arnaldo, genera un creciente interés, especialmente entre los jóvenes, y cada vez más mujeres. “La relevancia del deporte ha crecido en todos los ámbitos”, refirió el presidente del TAD en tanto que más del 60% de los españoles se muestra muy interesado en el deporte y más del 40% realiza alguna práctica deportiva de manera habitual, según las estadísticas.
El deporte influye también en el ámbito económico y mueve “cantidades ingentes de dinero” a través de publicidad, patrocinios e incluso los mismos contratos de deportistas, como ocurre en el fútbol. Y además el Estado también participa a través de partidas para el mantenimiento de instalaciones deportivas o las becas para deportistas de élite (ADO) y las apuestas deportivas, tipo quiniela.
Por tanto, la capacidad de influencia que tiene el deporte, también la que ha tenido a lo largo de la historia, ha hecho que actualmente sea un fenómeno de interés general que, además, contribuye a mejorar la imagen de un país en el ámbito internacional.

Los filtros en el deporte
El deporte no tiene un derecho propio, pero sí tiene más filtros que en otros ámbitos. Arnaldo señaló, como ya lo hizo en la entrevista concedida a El Faro, que cada federación tiene su reglamento y régimen disciplinario interno, pero cada normativa debe ajustarse a la normativa autonómica, estatal e incluso internacional, dado que las federaciones suelen estar incardinadas en su correspondiente federación internacional.
No obstante, los expedientes que llegan al TAD están relacionados con tres ámbitos muy específicos: el disciplinario, los casos de dopaje y el control de los procesos electorales en las federaciones deportivas. Son las funciones específicas que tiene asignadas el TAD.
Por último, Arnaldo recalcó que el derecho deportivo está hoy en día “en construcción”, pero “no al margen”, no es una rama del Derecho.

Satisfacción tras el éxito de una nueva edición de las Jornadas Jurídicas

  •  La organización se compromete a mantener la calidad de los ponentes y los temas que se tratarán serán igualmente de actualidad

La octava edición de las Jornadas Jurídicas finalizó ayer con la satisfacción generalizada de los organizadores no solamente por la calidad de los ponentes que han asistido y los asuntos abordados, todos ellos de actualidad, sino también por la buena aceptación y acogida que ha tenido entre los profesionales del ramo. Los objetivos están cumplidos, afirmó ayer Fernando Tesón, director de las jornadas y presidente de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.  En el acto de clausura estuvieron presentes el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, el presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz, Manuel Estrella Ruiz, y el consejero de Educación y Cultura, Javier Celaya.
Tesón señaló que la asistencia de las primeras autoridades de la Administración de la Justicia, como fue el lunes pasado la visita del ministro de Justicia, Rafael Catalá, y la del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, han permitido a los profesionales de la Justicia en nuestra ciudad trasladar a las más altas instancias las necesidades y los problemas que deben afrontar día a día en los tribunales ceutíes.
Pero se ha cumplido un segundo objetivo, y que todos los ponentes destacaron en sus intervenciones, que es dar a conocer la ciudad de Ceuta, apuntó Tesón, no solamente a autoridades destacadas del ámbito judicial sino también a jueces, magistrados y abogados procedentes de Andalucía y Melilla.
El director de las jornadas insistió en que esta edición ha resultado muy satisfactoria también fuera del ámbito de las conferencias. Cabe recordar que se ha entregado el primer premio ‘Manuel Olivencia’ por parte del Ilustre Colegio Oficial de Abogados de Ceuta (Icace). En esta ocasión, la premiada fue la doctorando Mª Victoria Álvarez Buján con su trabajo sobre las pruebas de ADN, tema central de la tesis doctoral que está desarrollando en la Universidad de Vigo. Un acto que contó con la presencia del propio Manuel Olivencia y del ministro de Justicia, quien también fue el encargado de imponer la Cruz de San Raimundo de Peñafort al colaborador de esta Casa, Francisco Olivencia.
Tesón dijo también afrontar con ilusión la nueva edición de las Jornadas Jurídicas de Ceuta el año que viene. Será cuando éstas cumplan nueve años y abordarán temas de actualidad, como ha sido en esta ocasión los relacionados con  las nuevas tendencias en la custodia compartida, la actividad de la Sala de lo Militar en el Tribunal Supremo, las novedades jurisprudenciales en relación a los delitos de inmigración clandestina y trata humana. El segundo día, es decir, ayer, los asuntos tratados no desmerecieron en absoluto. Las consecuencias y repercusiones de la anulación de las cláusulas suelo, la vertiente judicial del deporte y el rol investigador del fiscal en los procedimientos penales pusieron encima de la mesa y abrieron debates en la que los asistentes pudieron intercambiar impresiones.

Los retos para 2018
Los asistentes al acto de clausura destacaron que las Jornadas Jurídicas de Ceuta están más que asentadas desde hace años y cada edición cosechan un éxito que el presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz quiso reconocer especialmente a Fernando Tesón. Pero en este evento participan también la Consejería de Educación, el Consejo General del Poder Judicial, la UNED Ceuta, el Colegio de Abogados y los servicios turísticos de la Ciudad Autónoma.
Así pues, el próximo año el reto será volver a lograr una óptima asistencia a las jornadas así como traer a nuestra ciudad juristas de primer orden que aborden asuntos de actualidad en el ámbito judicial.

La custodia compartida: el fin del matrimonio, pero no de la familia

  • La vicepresidenta del Constitucional y experta en Derecho de Familia apela a la concienciación de los padres

En los dos últimos años la opción de la custodia compartida en la disolución de los matrimonios ha pasado del 21% al 24,7%, según los datos del INE a los que ayer hizo referencia la vicepresidenta del Tribunal Constitucional y experta en Derecho de Familia, Encarnación Roca. Ella fue la encargada de dar la ponencia inaugural de las VIII Jornadas Jurídicas de Ceuta en el salón de actos del Ayuntamiento sobre las nuevas tendencias de la custodia compartida.
Dado que es una opción que va creciendo en los últimos años, Roca advirtió a los abogados en el auditorio de que deben colaborar y concienciar a los progenitores que el divorcio supone el fin del matrimonio, pero no de la familia. La adjudicación de la custodia compartida o no, no es un premio o un castigo, es más, una sentencia no zanja los conflictos del matrimonio que incluso alcanzan más allá hasta abordar las sucesiones.

¿Tiene garantías de éxito?
Además, quiso aclarar algunos conceptos sobre la custodia compartida que si bien tiene una mayor garantía si la solicitan los dos progenitores, se valora hoy día más la capacidad de diálogo y el respeto mutuo que tengan ambos. Porque hay casos en los que, a pesar de una custodia compartida, las decisiones de andar por casa también deben ser adoptadas por un juez, lo que pone en evidencia que no siempre esta opción es garantía por sí sola y, de hecho, estaría abogada, dijo, al “fracaso total”.
Siempre primará el interés superior del menor, remarcó Roca, pero el juez no decidirá en base a “quién es el mejor sino quién es más capaz de hacerse cargo del niño y aquí radica la carga de la prueba”.
Además, en este tipo de decisiones se requiere también de un seguimiento que en países como Australia resolvieron encargar a Servicios Sociales.
Sin embargo, en opinión de Roca, no será posible por el momento en España en tanto requiere de un esfuerzo económico en el área de Servicios Sociales que deberían especializarse en la materia. Pero claro, “es más barato ir al juez” para resolver si un hijo debe o no hacer la Primera Comunión.

“La pervivencia de la jurisdicción militar es posible y deseable”

  • Así lo afirmó ayer la magistrada de la Sala de lo Militar del Supremo, Clara Martínez de Careaga, si bien reconoció que no es una jurisdicción “fotogénica”

Mientras que en algunos países de nuestro entorno integraron en la justicia ordinaria la jurisdicción militar, salvo los casos como Italia en los que esta integración fue parcial, en España aún pervive hoy la jurisdicción militar con sus especialidades, pero sin caminar en paralelo al resto. De hecho, “la pervivencia es posible y deseable”, afirmó ayer la magistrada de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, Clara Martínez de Careaga, durante su intervención en las VIII Jornadas Jurídicas en la que explicó el anclaje constitucional que tiene la jurisdicción militar.
Martínez de Careaga sostuvo que en el caso español esta jurisdicción puede convivir “de manera natural” con el resto de jurisdicciones sin que esté condenado a desaparecer como ocurrió, por ejemplo, en Francia. Y, de hecho, así convive Lo Militar porque su especialidad, hoy día no viene dada por ser o no, que no lo es, una jurisdicción al margen del resto, sino por la especialidad y singularidad de la materia que trata, esto es, el ámbito castrense.
La magistrada indicó que desde el año 1987 se materializó ese principio de unidad jurisdiccional y Lo Militar se integró como el resto de jurisdicciones Civil, Penal, Contencioso y Social. Además, la Sala V del Supremo está integrada por un presidente y siete magistrados. Cuatro son jueces de carrera y otros cuatro proceden del ámbito militar sin que ello suponga que se trate de un tribunal mixto.
Además, poco a poco la jurisdicción militar ha ido evolucionando y se han introducido algunas reformas y más recientemente el nuevo Código Penal Militar que establece los nombramientos desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y deja atrás las ternas que eran propuestas desde el Ministerio de Defensa, indicó.
Sobre la misma reforma del Código Penal Militar, Martínez de Careaga destacó que se ciñe a los asuntos estrictamente militares. Pero no ha sido éste el único cambio en el ámbito castrense. Su evolución desde 1978, remarcó la magistrada, ha sido “tranquila, respetando las garantías, de manera natural”. Por ello, opinó que la histórica desconfianza hacia la jurisdicción militar bien por una falta de independencia o bien por una excesiva docilidad están “ya diluidas”.
Además, remarcó el hecho de que las propias Fuerzas Armadas se han ido adaptando a los tiempos como han sido la participación en misiones internacionales, la creación de la Unidad Militar de Emergencias o la reforma militar que reorganizó territorialmente al Ejército. Un proceso de modernización que también ha traído consigo la tipificación de nuevas figuras delictivas recogidas en el nuevo Código Penal Militar.

Las causas de la supervivencia
La magistrada de la Sala de lo Militar hizo una breve, pero clarificadora reseña histórica sobre las causas que propiciaron la supervivencia de la jurisdicción militar más allá de 1978 y la Transición Española. Martínez de Careaga indicó que esta supervivencia se debió, por una parte, por los “vaivenes políticos”. Además, la jurisdicción militar fue perdiendo prestigio por hechos destacados durante las guerras carlistas, la época de las colonias españolas y la dictadura de Primo de Rivera que lo utilizó para sofocar movimientos independentistas y obreros, como también ocurrió durante la dictadura franquista.
Así las cosas, la pérdida de prestigio, el uso y el abuso, la falta de independencia fueron deteriorando el sistema sin que el debate sobre la supervivencia de esta jurisdicción se abordara, no obstante, en la Transición porque “podía ser motivo de desestabilización”.
Además, el estamento militar estaba directamente afectado por el terrorismo y no fue plato de buen gusto la legalización del partido comunista y el regreso de los exiliados. Había pues, indicó Martínez de Careaga, un clima de “miedo” a tramas golpistas y era fundado en tanto se detectó una trama en 1980 en la ‘Operación Galaxia’, el 23-F en 1981 y otra trama abortada en 1982, recordó. Por todo ello, se optó por mantener la jurisdicción militar e incluirla en la Carta Magna.

El peligro de (casi) despenalizar la trata al confundirla con el tráfico de inmigrantes

  • Conde Pumpido remarca que hasta 2010 no se diferenciaron ambos términos y la reforma de 2015 benefició a condenados por tráfico cuando en realidad era trata

Una de las ponencias que ayer causó gran expectación fue la impartida por el recién nombrado magistrado del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido, quien expuso las principales novedades de los delitos de inmigración clandestina y la trata humana. Explicó que hasta el año 2010 no se diferenció jurídicamente los conceptos de trata humana, inmigración clandestina y tráfico de inmigrantes. Además, la reforma penal de 2015 rebajó sustancialmente las penas de inmigración clandestina, si bien la trata se sigue penalizando duramente. Pero en la revisión de las sentencias en 2015 de los condenados por tráfico de inmigrantes, los juristas se apercibieron que muchos casos se trataba de trata humana y no de inmigración clandestina.
La confusión a la hora de identificar cada caso, no es culpa de los jueces, precisó en tanto, insistió, la trata humana no estaba diferenciada en su definición del tráfico de inmigrantes hasta el año 2010. Lógicamente Conde Pumpido advirtió que la revisión de las condenas por tráfico, cuando eran casos de trata humana, podía dar la sensación de una despenalización de este delito, pero nada más lejos de la realidad. La trata es el delito más grave y con las penas más elevadas.
Por todo ello, Conde Pumpido explicó las diferencias entre los conceptos, cómo se identifican, qué herramientas y prácticas judiciales son necesarias y las novedades jurisprudenciales.
La reforma penal ha dejado obsoleta la jurisprudencia anterior sobre los delitos del 318 bis, esto es, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Si bien ya se han producido varios dictámenes del Supremo. Y es que la reforma penal, al rebajar las penas por inmigración clandestina se tratan en los Juzgados de lo Penal y las sentencias, en caso de recurrirse, llegan a las Audiencias Provinciales.
Así las cosas, al Supremo no llegan el mismo número de recursos de casación como antes de la reforma de 2015. No obstante ya se han producido algunos dictámenes que inciden en la diferenciación de los delitos de tráfico de inmigrantes y trata humana así como ya se empieza a precisar términos aún indeterminados como las exculpación en casos de “ayuda humanitaria” en el tráfico de inmigrantes.

Penalizar la “ayuda”
Por una parte, el magistrado indicó que actualmente se penaliza la “ayuda” a la llegada a territorio nacional de inmigrantes de forma clandestina, tanto si ha habido ánimo de lucro como si no. Además, se contemplan, como ya se conoce en Ceuta por razones obvias, otros agravantes como el peligro para la vida del inmigrante y la pertenencia a organización criminal. En todo caso, precisó que los jueces deben precisar en las sentencias tanto qué artículo de la Ley de Extranjería de ha vulnerado y por qué tiene una relevancia y es sancionable penalmente.
Estas precisiones vienen a colación de los comportamientos relacionados con el artículo 318 bis que no son punibles, como es el caso del concepto de la “ayuda humanitaria”, no se sanciona penalmente la conducta del inmigrante, salvo las que tengan un carácter administrativo. Conde Pumpido apuntó que el concepto de “ayuda humanitaria” se refiere a cuando alguien facilita la llegada de un inmigrante a territorio nacional en casos en los que corre peligro la vida de la persona o su integridad física. Como ejemplos, cuando los agentes de la Guardia Civil rescatan a inmigrantes que vienen en patera y caen al mar, o cuando ayudan a éstos a bajar de la valla.
Pero además la sentencia del Supremo del pasado 6 de abril también contempla la reagrupación familiar como un supuesto de “ayuda humanitaria”, lo que no sería sancionable penalmente en base al artículo 318 bis.

Los requisitos de la trata
En cuanto a la trata, las sentencias del Supremo del pasado año de marzo y junio precisan que la trata implica un engaño o una coacción, además de que las víctimas no necesariamente tienen que ser inmigrantes o ciudadanos no europeos, con un ánimo de lucro que va más allá del mero traslado a territorio nacional. Se trata de casos de explotación sexual, laboral o tráfico de órganos. Se cosifica al ser humano. Así pues,  la sentencia del pasado 29 de marzo del Supremo añade que la trata humana consta de tres fases, la de captación, el traslado y la explotación.
Por último, Conde Pumpido recalcó que en tanto los delitos por tráfico de inmigrantes las penas se aplican igual si se ha ayudado a entrar en España de manera clandestina a uno o varios inmigrantes, en el caso agravado de la trata humano, cada víctima cuenta con un delito. Por ello, se pueden encontrar condenas de 40 años de prisión.

“Sólo estamos presionados por la necesidad de dar una respuesta pronta”

  •  El presidente del TAD interviene hoy en las VIII Jornadas Jurídicas con la ponencia ‘El Deporte ante el Derecho’ en la que explicará cómo funciona el tribunal y sus procesos

Enrique Arnaldo, presidente del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ofrecerá hoy la segunda de las ponencias de las VIII Jornadas Jurídicas de Ceuta. Hablará sobre cómo funciona el tribunal que preside que ya introduce en esta entrevista concedida a El Faro en la que comenta igualmente asuntos de actualidad en el ámbito del deporte y sobre todo el auge repentino del llamado Derecho Deportivo.
El TAD es un órgano similar a otros tribunales, como el económico-administrativo o el de recursos contractuales, por ejemplo, adscrito al Consejo Superior de Deportes. Vela por el cumplimiento de los reglamentos internos de las federaciones deportivas, cuyas normas, no obstante, están sujetas a la legislación y normativa autonómica, nacional e internacional.
Al TAD se acude cuando ya se han pasado todos esos filtros y el conflicto no se ha terminado de resolver. No obstante, las resoluciones del TAD pueden recurrirse en la justicia ordinaria, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
–¿El hecho de que exista un tribunal exclusivo para los asuntos deportivos ofrece una mayor garantía?
–Lo que hace es que descongestiona notablemente los tribunales de justicia porque a ellos solo llega una pequeña parte de los asuntos que se tratan en el TAD. El año pasado vimos más de 600 expedientes, de los que llegarían a los tribunales no más del 5% de los mismos. Las resoluciones del TAD son acordes a derecho y, además, es más barata en tanto no requiere de la asistencia de un abogado y un procurador. Es también más eficaz en el tiempo y más eficiente en cuanto al coste para los administrados.
–Precisamente en la conferencia que ofrece hoy hablará sobre la actividad y funciones del TAD, ¿es tan especial el tribunal que preside?
–Efectivamente voy a contar básicamente este modo de actuación en el deporte y, dado que la mayor parte del público está vinculado al ámbito (abogados y juristas) trataré de explicar los procedimientos deportivos y las peculiaridades del deporte. Por un lado, tiene unas normas internas de cada federación deportiva, los reglamentos disciplinarios, los reglamentos generales de competición, las normas autonómicas y las del Estado. Además, también está la normativa internacional porque cada federación está integrada en una federación internacional, por tanto tiene una singularidad respecto a otras ramas del Derecho.
–Esa singularidad de la que habla, ¿viene dada por todos los filtros que tiene que pasar las normas deportivas?
–Es más singular, efectivamente. Luego, además, otro tema interesante es que no todo lo que ocurre en el ámbito deportivo es objeto de revisión, como los goles o las canastas. El gol es un gol, no es objeto de revisión jurídica, pertenece al ámbito competicional que llamamos. Por tanto, el vencedor en una competición lo marca el acta del árbitro y por eso hay una parte de este mundo que es ajeno a cualquier tipo de control externo.
–Hoy día saltan a los medios de comunicación muchos casos en los que el deporte y los tribunales están vinculados, no solamente por asuntos fiscales, sino también de dopaje que sí es ‘jurisdicción’ del TAD. ¿Existe hoy una mayor conflictividad en el ámbito deportivo ?
–Yo creo que la conflictividad en España ha aumentado en todos los ámbitos, no solo en el deporte. Todo se convierte en controvertido, por ejemplo, todos los temas que han sacado de delitos fiscales forman parte de otra jurisdicción que no afecta al TAD. Los amaños, como consecuencia de las apuestas, por ejemplo, pueden dar lugar a procedimientos penales. Luego hay ámbitos que quedan al margen de nuestro tribunal, pero cierto es que forman parte de la opinión pública.
Nuestro ámbito de competencia son tres, el disciplinario, el dopaje (de hecho, hay una Agencia Estatal que es la que sanciona a los deportistas que presuntamente se han dopado y son sanciones muy duras) y el control del os procesos electorales de las federaciones. Todos estos se revisan en el TAD y, de hecho, en estos días está en la palestra el tema de la Federación de Fútbol que está pendiente de resolución.
Todos estos casos, cuando afecta a un equipo de renombrón, pues es un asunto trascendente y tiene el foco mediático, pero si el dopaje es de un caballo no. Si afecta a un atleta o deportista relevante, pues sí es noticia.
–En su opinión, ¿por qué ahora estos casos son más mediáticos y más llamativos?
–Siempre se han producido, pero ahora ante el mayor número de medios y las redes sociales, ahora da la apariencia de que tienen más eco que antes. Pero siempre han existido. En todo caso, independientemente del fanatismo de cada equipo, nosotros los analizamos desde la distancia y con arreglo a los criterios jurídicos del TAD.
–Ahora proliferan los cursos y máster especializados en el Derecho Deportivo, ¿a qué se puede deber este fenómeno?
–Efectivamente, hay máster oficiales y no oficiales. Hay interés entre los jóvenes  y no es un asunto masculinizado, es también femenino. Hay un elevado número de mujeres que hacen estos estudios. Las universidades públicas y privadas han montado no pocos estudios y hay una importante competencia.
Yo creo que se debe porque el deporte es un fenómeno enormemente atractivo, más que el derecho fiscal o tributario, que son más técnicas o más densas y no produce el mismo efecto entre la gente joven. En segundo lugar, es verdad que el deporte mueve cantidades ingentes de dinero y genera más puestos de trabajo, en patrocinios, publicidad, etc. Unos puestos de trabajo que antes no existían y por ello es por lo que creo que hay más gente que se apunta a más cursos.
–¿Con todo este foco mediático puesto en el ámbito deportivo, se sienten ustedes presionados de alguna manera?
–La verdad es que no. La presión mediática es una presión que pulula sobre los tribunales de justicia, pero si el que tiene que resolver no está mediatizado puede resolver. Presionados no estamos. Únicamente por la necesidad de dar la respuesta más pronta posible y no alargarlo.