El TSJA confirma 10 años de cárcel por agresión sexual a sus nietas

El TSJA con sede en Granada ha confirmado la condena de 10 años de prisión que la Audiencia de Ceuta impuso, en julio del pasado año, a un varón de 74 años por abusar sexualmente de sus dos nietas.

El recurso presentado por su abogado no ha prosperado y el tribunal de la Sala de Apelación Penal del TSJA confirma íntegramente el fallo por dos delitos continuados de agresión sexual a menor.

En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, el TSJA indica que “no se observa que la Audiencia incurriera en ningún error sustancial en la valoración de las pruebas, ni en un inadecuado entendimiento de lo que el acusado y los testigos manifestaron, habiendo analizado la declaración de las jóvenes afectadas de manera razonable y fundamentada”.

Se destacó de esas declaraciones su “contundencia, verosimilitud y persistencia”, resaltando además las corroboraciones que las acompañaron, siendo “idóneas para destruir la presunción de inocencia de que gozaba el acusado, al ofrecer un relato suficientemente detallado de indudable coherencia interna, no incurriendo en contradicciones relevantes”, recoge el fallo del TSJA.

El tribunal con sede en Granada destaca además que no hay razones para pensar que alguien hubiera inventado una historia falsa por algún motivo reprobable, como se intentó hacer valer por parte de la defensa en el recurso presentado.

La Acusación Particular estuvo representada en este asunto por el abogado Jorge Gil Pacheco.

Qué es lo que pasó

Se enjuiciaron dos delitos de abuso sexual a menores de 16 años, que fueron imputados al procesado identificado como S.D.N., de 74 años, abuelo de las dos víctimas que, por aquel entonces, tenían 10 y 7 años de edad.

Ambas fueron víctimas de actos contra su indemnidad sexual en periodos comprendidos entre los años 2010 y 2016. El condenado incurrió en una práctica habitual que no cesó hasta que la nieta mayor se negó a ir más a la casa de su abuelo, denunciándose los hechos poco después.

Las niñas sufrieron alteraciones psicológicas y cuadros de ansiedad producto de esos abusos. El testimonio de ambas fue considerado “serio, coherente, rotundo y firme”.

El acusado, sin llegar a reconocer los abusos, no negó que hubieran ocurrido, alegando que no los recordaba. Nunca se acreditó que, cuando llevó a cabo los hechos, tuviera gravemente alterada la conciencia de la realidad.

Medidas de alejamiento

En la condena, ratificada por el TSJA, se recoge que además de los 10 años de cárcel, se tiene que cumplir una prohibición de acercarse a las víctimas a una distancia inferior de 100 metros y de comunicarse con ellas por tiempo de 10 años, así como el establecimiento de una pena de libertad vigilada por 5 años que se tiene que ejecutar con posterioridad a la privativa de libertad.

El tribunal de la Audiencia ya dejó claro que no cabía el beneficio de la suspensión, debiendo cumplir la pena de cárcel.

Para la Sala no existió duda alguna de la autoría del delito, algo que ha ratificado el TSJA.

Declaraciones de las víctimas

Las declaraciones de ambas hermanas “permiten apreciar en las dos un testimonio muy contundente, serio, coherente y seguro en las manifestaciones de cada una de ellas, resultando además que es perfectamente coincidente en lo fundamental y puntualizando los detalles vividos por las mismas que resultan ser similares en cuanto a la forma de suceder los hechos”.

Los testimonios se han mantenido durante todo el procedimiento judicial por lo que se presentan como “desprovistos de quien, por motivos espurios, pretende obtener la condena de un inocente a través de un falso testimonio”, algo que rechazó la Audiencia y también el TSJA.

Hay persistencia en la incriminación a pesar del tiempo transcurrido, “segundo de los patrones que el Tribunal Supremo nos viene marcando para valorar con sentido crítico estos testimonios, lo que refuerza mucho más la verosimilitud de los testimonios, manteniéndose un discurso coherente y razonable”, detalló la Sala en su sentencia.

Adiós a las suscripciones automáticas de Netflix, HBO, Disney+…

Ceuta se suma a la inquietud de muchos consumidores que dependen cada día de sistemas de suscripciones automáticas como Netflix, HBO o Disney+, y que ahora observan con atención la futura Ley de servicios de atención a la clientela (Ley SAC), una norma que promete un giro completo en la forma en la que grandes empresas gestionan las renovaciones automáticas, la transparencia en los precios y la comunicación con el usuario.

Según explica el creador de contenido Xavi Abat, conocido en redes sociales como El Abogado de TikTok, esta legislación pretende acabar con prácticas habituales que llevan años generando frustración entre clientes que, por un simple despiste, terminan pagando meses –o incluso un año entero– de servicios que ya no desean.

El punto más llamativo de la Ley SAC es su prohibición “fulminante” de las renovaciones automáticas. En su vídeo, Abat detalla que uno de sus objetivos principales es frenar la continuidad automática de servicios cuando el cliente no está pendiente de la fecha límite de su contrato.

Esto se aplicará tanto a plataformas de streaming como Netflix, HBO o Disney Channel, como a servicios presenciales, que renuevan su cuota anual sin una confirmación expresa. De esta manera, se pone freno a que un usuario quede atrapado otro año por falta de atención o por un aviso insuficiente.

La obligación de avisar al consumidor con 15 días de antelación

La ley también subraya la obligación de que estas empresas avisen al consumidor 15 días antes de la renovación, y que lo hagan de forma “fehaciente”.

Esto significa que la comunicación tiene que ser verificable y clara, de modo que el cliente pueda decidir si quiere continuar o no. Este punto afecta incluso a los servicios gratuitos en periodo de prueba, porque, según la futura Ley SAC, la empresa no podrá realizar un cobro automático tras finalizar el tiempo promocional sin haber solicitado antes la autorización del usuario.

Transparencia en los precios

Otro apartado clave del texto es el compromiso con la transparencia total en los precios. El Abogado de TikTok especifica que estas compañías deberán mostrar el importe definitivo de la suscripción, sin recurrir a cálculos confusos basados en pagos trimestrales, comisiones añadidas o estructuras tarifarias que provocan confusión.

En otras palabras, el usuario debe saber exactamente cuánto va a pagar, sin letra pequeña ni desgloses que obliguen a usar calculadora.

Sanciones de hasta 100.000 euros

El documento también advierte de que el incumplimiento de esta nueva normativa podría acarrear sanciones de hasta 100.000 euros, una cifra dirigida a disuadir a las grandes plataformas y servicios que, hasta ahora, han funcionado con amplios márgenes de ambigüedad. Las multas pretenden garantizar que las empresas no solo ajusten sus sistemas, sino que adopten una relación más clara y directa con el cliente.

La Ley SAC, sin embargo, aún no está en vigor. Ha superado la fase del Congreso de los Diputados y se encuentra ahora en el Senado, donde debe ser ratificada antes de convertirse oficialmente en una norma aplicable.

El archivo lo describe como un “despertador legal”, una metáfora que resume su filosofía: obligar a las compañías a pedir permiso antes de cobrar el siguiente ciclo y devolver al cliente el control sobre sus propias suscripciones.

Cuando se active definitivamente, esta ley transformará la forma en que miles de personas –incluidas las de Ceuta– gestionan sus contratos digitales y presenciales.

¿Cómo murieron Mustafa y Mohamed?: crónica de una justicia buscada

Justicia. Es lo único que piden las familias de Mustafa Dris y Mohamed Abdeslam. Llevan tiempo esperándola, no han dudado en ir de Ceuta a Gibraltar a pedirla.

Ahora aspiran a que la nueva investigación iniciada esta semana arroje luz sobre lo ocurrido.

Estos días se han escuchado datos en torno a la tragedia. Todo ello supone revivir de nuevo aquello, después de que los resultados de la primera investigación quedaran anulados forzando la repetición del proceso.

El medio Gibraltar Chronicle ha realizado una cobertura al detalle de las distintas sesiones de esta investigación.

El choque, en aguas españolas

 Así, ha recogido cómo un tripulante de la Policía de Gibraltar que iba a bordo de la embarcación implicada en la colisión en el mar en la que murieron los dos ceutíes describió la confusión en los momentos que siguieron al golpe, registrado en aguas españolas.

Fue el 8 de marzo de 2020. Murieron Mohamed Abdeslam Ahmed, de 40 años, y Mustafa Dris Mohamed, de 49, que dejaron 3 hijos cada uno.

Johnny Bugeja/Gibraltar Chronicle

Los hombres sufrieron lesiones catastróficas cuando su embarcación neumática de casco rígido fue arrollada por otra de la Policía Real de Gibraltar.

Dos oficiales de la policía marítima, el timonel y un tripulante han sido interrogados esta semana por el forense adjunto Karl Tonna y abogados durante horas para acercarse a la verdad de lo sucedido.

Se ha indagado sobre la actuación policial, las labores llevadas a cabo por los oficiales y la ubicación de la persecución.

Esto último es clave, porque el siniestro sucedió en aguas españolas y ni siquiera la justicia de nuestro país puede intervenir porque las comisiones rogatorias no han sido respondidas.

Detalles de las declaraciones de los agentes

Dos agentes dijeron al forense que creían estar en Aguas Territoriales Británicas de Gibraltar, pero el agente que estaba navegando la embarcación, recalcó que, al ver las pruebas después del incidente, la persecución tuvo lugar en aguas españolas en la zona de La Atunara.

Tal y como recoge Gibraltar Chronicle, el tripulante declaró que perdió el sentido del tiempo y la ubicación. Añadió que si hubieran creído que la embarcación estaba operando fuera de BGTW, la persecución habría sido cancelada por el timonel o por él mismo.

En su opinión, el timonel estaba “navegando la embarcación de manera segura y controlada” durante la persecución en el mar.

Detalló los momentos previos al impacto y cómo las salpicaduras fuertes redujeron su visibilidad.

Tras el choque hubo confusión. “Estaba aterrorizado”, recoge Gibraltar Chronicle que declaró el tripulante. Añadió que “no tuvo la voluntad” de avanzar más en la RHIB ya que había visto sangre y olido gasolina.

Indicó que el timonel abordó la RHIB y confirmó que un hombre había muerto y otro estaba gravemente herido. Moriría poco después. “Nunca me habían entrenado para eso”, manifestó el tripulante. “Esa fue la experiencia más horrible por la que he pasado. Estaba abrumado por la situación”, expone el medio de Gibraltar.

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El tripulante dijo que, en retrospectiva, deberían haber solicitado más asistencia de la Policía de Defensa de Gibraltar (GDP) y de Aduanas de Su Majestad (HM Customs).

Esa noche debió haber cuatro oficiales a bordo de la embarcación, pero eran tres.

En las distintas sesiones se indicó que se llamó a la Guardia Civil, a la Estación de Señales de Windmill Hill y a la base de la policía marítima, para informar sobre la colisión y las lesiones. Ninguna activó una llamada de socorro (mayday), pero hubo discusiones sobre la ayuda médica y el remolque de la RHIB.

Un experto naval

La investigación judicial desarrollada en Gibraltar no tiene la tarea de asignar responsabilidad penal o civil.

Los miembros del jurado pueden hacer recomendaciones después de escuchar la evidencia si deciden que es apropiado.

Un experto naval que analizó la colisión fatal también ha declarado esta semana al Tribunal Forense, a quien indicó que creía que no había habido suficiente distancia entre las embarcaciones durante una persecución nocturna a alta velocidad antes del impacto, y añadió que la capacitación policial para tales persecuciones debería haber sido mayor.

Es el consultor naval Richard Meikle quien dio testimonio experto basado en su experiencia como capitán de la marina mercante y capitán.

Meikle fue preguntado sobre el incidente, examen de las embarcaciones después de la colisión, su equipo y uso, la seguridad de la persecución en el mar y el entrenamiento proporcionado a los oficiales de la RGP.

Tal y como detalla el Gibraltar Chronicle, Meikle dijo que una distancia de 20 a 30 metros entre las embarcaciones durante la persecución a alta velocidad no era espacio suficiente, y agregó que las paradas repentinas debían tenerse en cuenta.

Se le preguntó si la colisión podría haberse evitado cuando se perdió la visibilidad. Dijo al tribunal que estando las embarcaciones tan cerca en ese punto de la persecución, «cualquier acción tomada antes no habría evitado la colisión», recoge el medio de Gibraltar.

Agregó que cuando el patrón se dio cuenta del riesgo inmediato para la vida, «debería haber hecho una llamada de retransmisión mayday».

Meikle indicó que ninguno de los dos sistemas GPS a bordo –el plotter de cartas y el Sistema de Identificación Automática (AIS), que transmite datos de navegación de una embarcación– había sido encendido antes o durante la persecución.

De esta forma, la embarcación policial no tenía datos de posición al realizar la persecución en el mar, salvo por radar y elementos visuales.

Meikle fue preguntado sobre el entrenamiento policial y encontró que no había entrenamiento específico para persecuciones. «El entrenamiento debería haber sido mayor», dijo, tal y como publica Gibraltar Chronicle.

Añadió que los oficiales podrían haber sido entrenados sobre cómo realizar persecuciones de manera segura.

También se ha cuestionado que la patrullera tuviera una sierra, elemento muy cuestionado.

La semana próxima continuarán las sesiones.

El TSJA fija la apelación en el caso del policía local que asesinó a su mujer

El TSJA con sede en Granada ha señalado ya fecha para la vista de apelación en la que se estudiarán los recursos presentados por el Gobierno de Ceuta y la Defensa del agente de la Policía Local condenado por el asesinato de su mujer.

Será en enero del año próximo. Aunque la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó sentencia, la misma no es firme al haberse presentado dos recursos que deben ser estudiados por un órgano judicial superior.

El agente Alonso G.D. fue condenado a 35 años y medio de cárcel por varios delitos, entre ellos el del asesinato de su mujer en la vivienda que compartían en la barriada Parques de Ceuta.

Se contempló la existencia de circunstancias agravantes de género y parentesco, así como la atenuante de enfermedad mental.

Dos recursos

Contra dicha resolución se presentó recurso por parte de su Defensa, pero también la propia Ciudad Autónoma dio ese paso al no estar conforme con el pago de la indemnización recogido en el fallo del máximo órgano judicial en nuestra ciudad.

En el caso de la abogada del policía local, consideró en su recurso que los delitos de malos tratos no estaban probados, además de no haberse tenido en cuenta informes forenses que descartaban la intencionalidad en el asesinato de Mª Ángeles Lozano.

Así también, rechazó el pago de la indemnización fijada por ser elevada.

Por parte de la Ciudad, señalada como responsable civil subsidiario para abonar las cantidades que debe percibir la familia de la víctima, se presentó recurso contra dicha resolución al no estar conforme a la misma.

Los detalles de la condena

De los 35 años y medio de cárcel que fueron impuestos al agente de la Policía Local, 22 años y medio lo fueron por el delito de asesinato. La indemnización fue fijada en 875.000 euros.

La Audiencia indicó que, si bien el condenado era responsable del abono de la indemnización a los familiares de la víctima, la Ciudad Autónoma debía ser considerada responsable civil subsidiaria de esos daños causados, ya que el acusado era policía local en servicio.

Se puso negro sobre blanco los años de condena, pero antes, un Jurado ya había considerado al policía local culpable de los hechos.

CCOO-Justicia carga contra el secretario de Gobierno y exige diálogo

CCOO-Justicia, sindicato mayoritario de la Junta de Personal de funcionarios de la Administración de Justicia en Ceuta, ha dejado clara su postura ante el dislate por el traslado y reubicación del personal en el tribunal de instancia.

“El comunicado emitido por el secretario de Gobierno de Ceuta, al que hemos tenido conocimiento sobre la ubicación de los Servicios Comunes de la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia y el traslado físico de funcionarios y letrados a partir del 31 de diciembre de 2025, constituye una decisión unilateral, adoptada sin diálogo previo alguno con los trabajadores ni con sus representantes sindicales, y presentada como un hecho consumado, cerrado e inamovible desde el primer momento”, denuncian.

Una auténtica dictadura que no va a ser permitida y que ha provocado una revolución judicial hasta el punto de pedirse el cese del secretario de Gobierno.

“Entendemos que no corresponde a las competencias del secretario de Gobierno y segundo sin que se haya dado ninguna información ni participación ni a este sindicato, ni a los delegados de prevención, ni al Comité de Seguridad y Salud, hurtándose la información legalmente obligatoria sobre condiciones de trabajo en general, y de salud laboral en particular”.

“No se trata de una mera reorganización interna ni de un ajuste técnico inocuo. Estamos ante una medida que altera sustancialmente las condiciones de trabajo de funcionarios que prestan apoyo directo a órganos judiciales concretos, separándolos físicamente de los magistrados a los que asisten, incluso trasladándolos a edificios distintos, sin que se haya ofrecido una justificación funcional real, objetiva y razonada”, denuncia la sección sindical.

Una situación catastrófica

CCOO-Justicia destaca como resulta “especialmente significativo que el espacio que dejarían libre los funcionarios afectados por esta decisión no esté previsto que sea ocupado por ningún otro servicio ni responda a una necesidad organizativa concreta”.

“Es decir, se vacían dependencias plenamente operativas, que funcionan correctamente y que sostienen dinámicas de trabajo consolidadas, sin que exista un beneficio claro para el servicio público de la Justicia”, añade.

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“Este dato revela que el criterio seguido no es funcional ni organizativo, sino puramente físico y formal, lo que convierte la medida en manifiestamente disfuncional”.

Unas decisiones problemáticas

Desde el punto de vista jurídico, CCOO-Justicia indica que conviene recordar que los Letrados de la Administración de Justicia, y por extensión los órganos de los que dependen, ostentan competencias de dirección y organización en el ámbito estrictamente técnico-procesal de la Oficina Judicial.

Sin embargo, esas competencias no son ilimitadas. “No alcanzan a decisiones que incidan directamente en la actividad jurisdiccional ni en la forma en que los jueces y magistrados reciben el apoyo necesario para el ejercicio de su función”.

“Separar físicamente a los funcionarios de apoyo directo del magistrado al que asisten, especialmente en jurisdicciones especializadas como Vigilancia Penitenciaria, Menores, VM, no es una cuestión menor ni neutra”.

“Dificulta la comunicación diaria, rompe equipos de trabajo cohesionados, ralentiza la tramitación y afecta de forma directa a la calidad y agilidad de las resoluciones judiciales”, añade la entidad sindical.

“Eso supone, en la práctica, una injerencia en el normal desarrollo de la actividad jurisdiccional, algo expresamente vedado por la normativa vigente”.

Decisiones unilaterales

A ello se añade un elemento especialmente grave: “Decisiones de este alcance, cuando afectan o pueden afectar al ejercicio de la función jurisdiccional, no pueden adoptarse de forma unilateral desde la estructura administrativa dependiente del poder ejecutivo”.

“Requieren necesariamente la intervención y aprobación de las autoridades judiciales con competencias gubernativas en su respectivo ámbito”.

“Prescindir de ese control no solo es un error organizativo, sino una extralimitación competencial que vicia la decisión adoptada”, añade.

Ausencia de negociación

Como representantes sindicales, “denunciamos también la ausencia absoluta de negociación, información previa y escucha activa”.

“No ha existido voluntad alguna de consenso ni de búsqueda de soluciones alternativas menos lesivas. Se ha optado, por el contrario, por imponer una decisión cerrada, sin atender a las advertencias técnicas, organizativas y jurídicas formuladas por quienes conocen de primera mano el funcionamiento real de los órganos judiciales de Ceuta”.

“Por todo ello, consideramos que el comunicado de la Secretaría de Gobierno no solo adolece de una falta evidente de motivación suficiente, sino que incurre en arbitrariedad, al priorizar una reorganización física sin utilidad demostrada sobre el correcto funcionamiento del servicio público de la Justicia y sobre los derechos profesionales de los trabajadores afectados”.

Desde CCOO-Justicia, exigen la paralización de estas medidas, la apertura inmediata de un verdadero proceso de diálogo y la reconsideración de cualquier decisión organizativa que, lejos de mejorar la Justicia en Ceuta, amenaza con deteriorarla desde el primer día de implantación del nuevo modelo.

Trump afirma que Estados Unidos está “a cargo” de Venezuela

Menos de 48 horas después de la captura de Nicolás Maduro en una operación militar estadounidense, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha declarado que su país está “a cargo de Venezuela”, una noticia que ha sobrevolado fronteras y está siendo observada con detenimiento a nivel internacional hasta lugares como Ceuta.

En una comparecencia ante los medios, el mandatario republicano afirmó que su Gobierno se centrará en “reparar y reconstruir” el país latinoamericano, especialmente su industria petrolera, dejando en un segundo plano las cuestiones políticas como la convocatoria de elecciones o la liberación de presos.

Trump, que ha convertido la intervención en Venezuela en una de las decisiones más controvertidas de su presidencia, aseguró que el país “ha sido destruido por una mala gestión” y que su Administración tomará el control para “ponerlo en marcha de nuevo”.

“Estamos a cargo de Venezuela”

Preguntado sobre quién dirige actualmente el país tras la detención de Maduro y la designación de Delcy Rodríguez como presidenta interina, Trump fue contundente: “Estamos a cargo de Venezuela.”

El presidente estadounidense explicó que Washington necesita “acceso total al petróleo y a otros recursos” del país para llevar a cabo un proceso de recuperación económica.

En su intervención, advirtió a la dirigente venezolana de que cualquier oposición a los planes de la Casa Blanca tendría consecuencias graves: “Si se posiciona en contra de nosotros, afrontará una situación probablemente peor que la de Maduro.”

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Amenazas de un nuevo ataque militar

Trump también deslizó la posibilidad de nuevas acciones militares si el Gobierno provisional no coopera con los intereses estadounidenses. “Habrá un segundo ataque si no se portan bien”, advirtió, sin ofrecer detalles sobre los objetivos o el alcance de dicha intervención.

El mandatario no descartó la presencia militar permanente en territorio venezolano, asegurando que dependerá “de cómo actúe la nueva administración”. En sus palabras, el objetivo final es “recuperar Venezuela”, a la que calificó como “un país muerto ahora mismo”.

El petróleo, eje central de la estrategia

Trump centró buena parte de su discurso en la industria petrolera venezolana, a la que describió como “oxidada, podrida y en gran parte inutilizable”. Subrayó que la producción actual es “muy baja” y que su recuperación requerirá “grandes inversiones de las compañías estadounidenses”.

“El país tiene petróleo, acero, aluminio y todos los minerales críticos que necesitamos”, afirmó. El presidente insistió en que empresas como Chevron están preparadas para asumir un papel clave en la reconstrucción de la infraestructura energética del país. “Las compañías están listas para entrar, tienen muchísimas ganas y nos van a representar bien”, añadió.

Trump también minimizó las cifras oficiales sobre las reservas de crudo venezolanas, afirmando que estas son “mucho más” que los 17.000 millones de barriles estimados, y adelantó que Estados Unidos gestionará directamente todos los recursos naturales durante el proceso de recuperación.

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El precio del petróleo cae tras la operación militar en Venezuela

El impacto de la intervención militar estadounidense y la captura de Maduro no tardó en reflejarse en los mercados internacionales. El precio del barril de petróleo registró este lunes un descenso cercano al 0,6%, según los datos previos a la apertura de las Bolsas europeas.

El Brent, referencia para Europa, bajó alrededor de un 0,5%, situándose en 60,42 dólares, mientras que la variedad West Texas Intermediate (WTI), de referencia en Estados Unidos, se abarató un 0,6%, hasta los 56,96 dólares.

Los analistas atribuyen esta ligera caída a la incertidumbre generada por la intervención estadounidense y a las declaraciones de Trump sobre la posible reorganización de la industria petrolera venezolana.

La perspectiva de un nuevo flujo de inversiones y producción, controlado desde Washington, ha provocado movimientos de cautela en los mercados energéticos.

Trump, por su parte, minimizó el impacto inmediato en el precio del crudo, insistiendo en que “las compañías estadounidenses están preparadas para actuar rápidamente” y que el objetivo es aumentar la producción global. “El petróleo volverá a fluir, y Venezuela volverá a ser rentable”, afirmó el mandatario.

Según expertos del sector, la caída del precio es un reflejo de la volatilidad política y económica que rodea la situación venezolana, así como de la expectativa de que Estados Unidos controle a corto plazo parte de su producción.

La posibilidad de que el país latinoamericano reanude exportaciones a gran escala en los próximos meses también podría presionar los precios internacionales.

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Washington promete “reconstruir” Venezuela

En la misma comparecencia, el secretario de Comercio, Howard Lutnick, respaldó las palabras del presidente, asegurando que Venezuela posee “una riqueza natural inmensa” y que el objetivo de Washington es restaurar su economía y devolverle su posición internacional.

“Fue una de las grandes economías y culturas del mundo, pero fue destruida. El presidente Trump va a arreglarla y restaurarla”, afirmó Lutnick, destacando el valor estratégico de los recursos mineros y energéticos del país.

Trump, sin embargo, reconoció la magnitud del desafío: “No es fácil. Está realmente mal, pero tiene potencial.”

El mandatario reiteró que su plan de acción se centra en la reconstrucción económica más que en las reformas políticas inmediatas. “Venezuela ha sido pésimamente administrada. Nuestro enfoque es estabilizarla, no celebrar elecciones todavía”, explicó.

Sin plazos para elecciones ni liberación de presos políticos

Durante la rueda de prensa, Trump fue preguntado en varias ocasiones sobre la posible convocatoria de elecciones en Venezuela y sobre si exigirá al nuevo gobierno interino la liberación de presos políticos. Sin embargo, el presidente evitó comprometerse:

“Nos centraremos más en arreglarlo. Todavía no hemos llegado a eso.”

Estas declaraciones confirman que, al menos por ahora, la prioridad de Washington es económica y no política. Analistas internacionales interpretan esta postura como una muestra de que Estados Unidos pretende controlar los recursos estratégicos del país antes de abrir un proceso de transición democrática.

EFE

Una nueva etapa incierta para Venezuela

La intervención militar y la posterior captura de Maduro han abierto una nueva etapa de incertidumbre en Venezuela. Mientras el país asimila los acontecimientos, Estados Unidos perfila un plan de reconstrucción económica que incluye inversiones en energía, minería y transporte.

El anuncio de Trump, sin embargo, ha generado preocupación en la comunidad internacional, que teme una intervención prolongada con fines geopolíticos y económicos. Aun así, el presidente estadounidense ha insistido en que su intención es “devolver a Venezuela la prosperidad perdida” y “asegurar que sus recursos se utilicen de manera eficiente”.

“Tenemos que hacer una cosa en Venezuela: recuperarla. Vamos a reconstruirla y convertirla en lo que debería haber sido siempre”, concluyó Trump.

Piden prisión a un residente del CETI tras provocar varios incendios forestales

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio en el que se le acusa a A.K. de un delito de incendio forestal.

Tras escuchar las distintas versiones, el representante del Ministerio Fiscal siguió con su escrito inicial solicitando la pena de 3 años de prisión, así como 16 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros. Todo ello por la cadena de incendios que, a su juicio, provocó el acusado en el entorno del CETI en septiembre de 2018.

El primer foco se ubicó en las inmediaciones del centro ecuestre y afectó a 60 metros cuadrados de pastizal y matorral, así como a un pie de alcornoque y otro de eucalipto.

Localización de los focos

El segundo foco se produjo en un contenedor ubicado cerca de la carretera de acceso al CETI, el tercero en un punto de cañaverales que afectó a una superficie de 10 metros cuadrados y el cuarto, en el acceso a un búnker militar abandonado en los márgenes de la carretera N-354.

El quinto y último foco se originó dentro de un conducto de agua que atraviesa la carretera y desemboca en la playa de Benítez.

El acusado manifestó que, en esos momentos, residía en el CETI, que él no tiene nada que ver con esos incendios y que, además, no se encontraba por la zona.

Testimonios y conclusiones

Uno de los vigilantes de seguridad que le señaló en su día, ahora precisó que no podía asegurar al 100% que el acusado fue el que provocara los incendios.

Los agentes de la Guardia Civil detallaron que dieron con el acusado cuando fueron alertados por la propia dirección del centro, y que se encontraba muy cerca de donde se produjeron los incendios. Del informe realizado por el Seprona se derivó que no había existido riesgo para la vida o integridad física de las personas.

Por último, el perito destacó que todos los incendios fueron provocados y que todos seguían un mismo patrón. El juicio quedó visto para sentencia.

A prisión por el atraco con pistola a un taxista

La Autoridad Judicial de Ceuta ha ordenado el ingreso a prisión de a uno de los implicados en el atraco a punta de pistola sufrido por un taxista en la zona de Arcos Quebrados.

Un suceso que ha vuelto a poner el foco en la inseguridad que denuncian desde hace meses los vecinos de esta barriada y el sector del servicio público.

El hombre que ya se encuentra en prisión preventiva es el considerado coautor del robo, mientras que el individuo que portaba el arma continúa en busca y captura, según han confirmado fuentes policiales.

Los hechos, cómo se produjeron

Los hechos ocurrieron cuando la víctima, que se encontraba prestando servicio, acudió a una llamada que solicitaba un taxi, sin sospechar que se trataba de una emboscada. La petición no procedía de clientes reales, sino de personas que habían planificado el asalto con antelación.

Al llegar al lugar indicado, uno de los autores se sentó en el asiento trasero, con el rostro cubierto y una pistola, con la que encañonó al conductor. El otro implicado, ahora detenido, ocupó el asiento delantero y le exigió que entregara todo el dinero que llevaba encima, tras lo cual ambos se dieron a la fuga.

Concretamente, los atracadores consiguieron sustraerle al taxista 150 euros, la recaudación del día.

Un método que se repite

No es la primera vez que se produce un robo de estas características, ya que este tipo de delincuentes suelen hacerse pasar por clientes para captar a profesionales del taxi y apoderarse de su recaudación, aprovechando la sorpresa y la falta de margen de reacción de las víctimas.

En este caso, los autores actuaron con la intención de que no existiera defensa alguna, utilizando un arma de fuego para intimidar al conductor y asegurarse de que el robo se produjera sin resistencia.

La oscuridad como aliada

El atraco se produjo además en Arcos Quebrados, una barriada que lleva meses denunciando la falta de alumbrado público. Los vecinos aseguran que esta situación genera un entorno propicio para la delincuencia, al ofrecer cobertura a quienes actúan al amparo de la oscuridad.

Desde la zona ya se había advertido del temor vecinal ante la ausencia de luz, alertando de que podían producirse situaciones peligrosas. En ese contexto de oscuridad prolongada, los delincuentes habrían encontrado el escenario adecuado para perpetrar el asalto a un trabajador del taxi.

El policía local acusado de asesinar a su mujer en Parques de Ceuta, a juicio en abril

Ya hay fecha para la celebración del juicio contra el policía local Alonso G.D., acusado del asesinato de su mujer, Mª Ángeles Lozano, en la vivienda compartida en Parques de Ceuta.

Será el próximo 7 de abril, con otro magistrado, en este caso Luis de Diego Alegre, y un nuevo jurado que debe empezar a formarse.

El sorteo de candidatos ya se ha hecho y ahora hay que iniciar los distintos trámites para conseguir que en esa fecha comience la vista que ordenó repetir el TSJA.

Recurso estimado

Se estimó el recurso formulado por la defensa del agente, que había sido condenado a más de 35 años de prisión, indicándose además que debía señalarse la fecha lo antes posible.

La resolución dictada por el TSJA, que fue muy crítica, vino a tumbar el veredicto alcanzado y que dio como válido la Audiencia al dictar una sentencia con los años de cárcel.

El TSJA mantuvo que se tenía que haber procedido a la devolución del acta de votación por parte de la magistrada presidente, instruyendo nuevamente al jurado sobre el cumplimiento de aquellos deberes de motivación que harían admisible dicha acta y las decisiones motivadas que debería contener y la forma de exponerlas.

En sentencia, concluyó resaltando que “se nos ha privado, o al menos disminuido de forma insalvable, de nuestras posibilidades de revisión sobre la base de unos elementos sustentadores de la base fáctica nuclear de aspectos esenciales del discurrir de la acción y de la posible afectación del sujeto activo por enfermedad mental”.

El policía local fue condenado a 35 años y medio de prisión

El agente Alonso G.D. fue condenado a 35 años y medio de cárcel por varios delitos, entre ellos el del asesinato de su mujer en la vivienda familiar, estando presente su hija, que es testigo clave de los hechos y que, como otros tantos testigos, tendrá que volver a declarar.

Las citaciones a todos ellos se remitirán para que estén presentes en las jornadas de juicio oral señaladas desde el próximo 7 de abril.

En la condena que queda anulada se contempló la existencia de circunstancias agravantes de género y parentesco, así como la atenuante de enfermedad mental.

De los 35 años y medio de cárcel que fueron impuestos al agente de la Policía Local, 22 años y medio lo fueron por el delito de asesinato. La indemnización fue fijada en 875.000 euros.

La Audiencia indicó que, si bien el condenado era responsable del abono de la indemnización a los familiares de la víctima, la Ciudad Autónoma debía ser considerada responsable civil subsidiaria de esos daños causados, ya que el acusado era policía local en servicio.

Se puso negro sobre blanco los años de condena, pero antes, un Jurado ya había considerado al policía local culpable de los hechos. Ahora otro tribunal no profesional distinto es el que tiene que motivar su resolución.

El trucaje de los Audi que terminó con su condena

El magistrado titular de la sección de lo Penal del Tribunal de Instancia número 2 de Ceuta ha condenado a un hombre que incurrió en un delito de falsedad en documento oficial tras alterar la matrícula de dos vehículos Audi.

Un trucaje que le salió caro, porque al final ha terminado con una sentencia condenatoria que le marca por los antecedentes.

La historia de esta resolución judicial tiene su origen en septiembre del año pasado. El llamado B.A.K., a sabiendas de su falsedad, procedió a alterar la matrícula de dos coches, ambos modelos Audi A3 de diferentes colores, pero con los mismos detalles, que tenía en la barriada Vicedo Martínez.

Lo hizo colocando la placa de matrícula que correspondía a uno de ellos en el otro. De esta manera, uno de los Audi circularía con una identificación que en el fondo no le correspondía porque pertenecía al otro vehículo.

El fin pretendido

Así, lo que conseguía el ahora condenado era dificultar la identificación del vehículo alterado ante la administración y terceros.

Una manera de romper la cadena de seguimiento que se le podría hacer a ese coche porque estaba trucado.

Tras reconocer su implicación en un delito de falsedad en documento oficial, B.A.K. ha aceptado una pena de 6 meses de prisión, además del pago de una multa de 6 mese con cuota diaria de 2 euros.

Esa pena queda suspendida por dos años, pero siempre y cuando no vuelva a delinquir.

Sentencia firme tras el reconocimiento

Eran tales las pruebas conseguidas que al acusado no le quedó otra que reconocer los hechos, aplicándose la figura jurídica de la conformidad sin que por tanto fuera necesaria la celebración de vista oral.

Ante el reconocimiento de la comisión de este delito se dictó sentencia firme, de viva voz, contra la que no cabe por tanto recurso.