¿Cuándo debes solicitar la prórroga del subsidio por desempleo?: el SEPE lo explica

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha dirigido nuevamente a los beneficiarios del subsidio por desempleo, incluyendo a los vecinos de Ceuta, para indicar el momento en el que se debe tramitar la prórroga del mismo.

Al respecto, la pregunta inicial que hacen es la siguiente: ¿Tienes un subsidio reconocido después del 1 noviembre de 2024?

En función de la respuesta que ofrezca el beneficiario a esta interrogante dependerá el tiempo en el que debe llevarse a cabo el trámite. En el caso de los anteriores al 1 de noviembre de 2024, la prórroga es cada 6 meses, pero en el caso de los posteriores al 1 de noviembre, entonces la prórroga es cada 3 meses.

En lo que respecta a las formas de realizar el mencionado trámite, desde el Servicio Público de Empleo Estatal han dejado saber que “puedes realizar la prórroga a través de presolicitud o en la Oficina de Prestaciones con Cita Previa”.

Sobre la renovación del subsidio

En líneas generales, sobre la prórroga del subsidio, el SEPE ha indicado que “el subsidio se reconocerá por periodos trimestrales, prorrogables hasta agotar la duración máxima”, añadiendo que “Ccada vez que hayas percibido tres meses de subsidio deberás presentar una solicitud de prórroga en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la finalización del periodo trimestral, acompañada de la documentación acreditativa del mantenimiento de los requisitos de acceso, entre la que se incluye la declaración responsable en la que consten todas las rentas e ingresos que hayas obtenido durante el mes natural anterior”.

Sobre la declaración, han expresado que “será posteriormente contrastada con los datos que consten en tus declaraciones tributarias”.

“Presentada en dicho plazo, si mantienes los requisitos del subsidio, se prorrogará desde el día siguiente a la fecha de agotamiento del período de derecho trimestral”, han dejado claro.

Si estas fuera del plazo, ¿qué ocurre?

Por el contrario, “si la presentas fuera del plazo citado y mantienes los requisitos, el derecho a la prórroga nacerá a partir del día de tu solicitud, siempre que ésta la presentes dentro de los 6 meses siguientes a la fecha del agotamiento del periodo trimestral, sin que se aplique el consumo de días”.

El SEPE ha concretado que “si presentas la solicitud de prórroga fuera del plazo de los seis meses, la solicitud será denegada y el subsidio de extinguirá por el transcurso de seis meses, salvo que el último día de este plazo te encuentres realizando trabajos por cuenta propia o ajena, en cuyo caso se ampliará el plazo de solicitud hasta los 15 días siguientes a la finalización del trabajo”. Sobre esto ha incluido que “en este caso se exigirá que el último cese previo a la prórroga sea involuntario o constituya situación legal de desempleo”.

Sobre el reconocimiento de la prórroga

Por otra parte, ha dejado claro que “el requisito de carencia de rentas deberá concurrir en la fecha de la solicitud de la prórroga del subsidio y se entenderá cumplido si durante el mes natural anterior a dicha fecha, tus rentas de cualquier naturaleza no superan el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias”.

Por último, el SEPE ha explicado que “aunque durante algún periodo del trimestre anterior no hayas mantenido el cumplimiento del requisito de carencia de rentas exigido para el reconocimiento del subsidio, no influye para el reconocimiento de la prórroga”.

Lista definitiva de admitidos y excluidos para 7 plazas de auxiliar de tributos

Ceuta avanza en el proceso selectivo para cubrir 7 plazas de Auxiliar de Tributos en el Organismo Autónomo Servicios Tributarios (OASTCE). El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma (BOCCE) ha hecho pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, cerrando así la fase de reclamaciones y confirmando los nombres de quienes optarán a las plazas ofertadas mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

La resolución, firmada por la consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, Kissy Chandiramani Ramesh, responde a la Oferta de Empleo Público de 2024, publicada el 20 de diciembre de ese año, y recoge el resultado final tras el periodo de subsanaciones que se abrió con la lista provisional del 20 de junio de 2025.

Puede consultar la lista de admitidos y excluidos aquí.

Resueltas 24 reclamaciones

Según lo establecido en la Base 5 de la convocatoria, una vez resueltas las 24 reclamaciones presentadas, la lista definitiva detalla quiénes superan esta primera fase y quiénes quedan excluidos, junto a los motivos de exclusión. Entre las causas más frecuentes figuran la falta de acreditación del pago de la tasa, la presentación de solicitudes fuera de plazo, la ausencia de DNI o la presentación de documentos caducados.

La relación completa de admitidos y excluidos se encuentra disponible para consulta pública y, en el caso de los aspirantes excluidos, se especifican observaciones como “no acredita el pago de la tasa” o “incumple la base 4.1” de la convocatoria, que regula la correcta presentación de solicitudes.

Tribunal Calificador

Además, la resolución incluye el nombramiento del Tribunal Calificador, compuesto por un presidente, un secretario y varios vocales titulares y suplentes, todos ellos sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. El Tribunal quedará formalmente constituido el lunes 8 de septiembre de 2025, a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas “Susana García” del edificio Ceuta Center.

En cuanto a la fase de oposición, la fecha, hora y lugar del primer ejercicio se anunciarán próximamente a través del tablón de anuncios del OASTCE. Hasta entonces, los aspirantes admitidos deberán estar pendientes de la publicación para no perder su convocatoria.

La resolución también recuerda que contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses desde su publicación, o bien un recurso potestativo de reposición ante la propia Consejería en el plazo de un mes.

Con esta publicación, la Ciudad Autónoma da un paso más en un proceso que comenzó con la aprobación de las bases el 20 de enero de 2025 y que culminará con la incorporación de los nuevos funcionarios al OASTCE. Las siete plazas ofertadas corresponden a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Grupo C, subgrupo C2, y supondrán un refuerzo clave para la gestión tributaria local.

Auxiliar de tributos

La convocatoria ha despertado un notable interés en la ciudad, con decenas de aspirantes que han superado ya el filtro inicial y que, a partir de septiembre, se enfrentarán a las pruebas que decidirán quiénes ocuparán las plazas. La transparencia en la publicación de admitidos y excluidos, junto con el cumplimiento estricto de los plazos y requisitos, marca un proceso que sigue el marco legal establecido y que ahora encara su recta final hacia las pruebas selectivas.

Un auxiliar de tributos realiza tareas administrativas relacionadas con la gestión fiscal: tramita y cobra impuestos, atiende consultas de contribuyentes, revisa y actualiza expedientes, registra información en bases de datos, emite notificaciones y colabora en procedimientos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias según la normativa vigente.

La lista completa de admitidos y excluidos puede consultarse en el enlace oficial del BOCCE.

Con este simulador puedes saber el importe de IMV que te corresponde

¿Quieres saber si puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital? Una sencilla herramienta que pone a disposición de los interesados, incluyendo a los vecinos de Ceuta, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, te puede indicar si puedes solicitarlo, además de estudiar si tienes derecho al complemento de ayuda a la infancia.

Solo hay que acceder a https://imv.seg-social.es/ y pinchar en la opción que dice ‘Simular y solicitar’.

Lo siguiente consiste en responder a una serie de preguntas. Lo primero es indicar de qué provincia eres, para luego pasar a las interrogantes.

Pero, ante de continuar, se explica que “te plantearemos unas preguntas previas con las que realizaremos una simulación para ver si inicialmente cumples los requisitos para recibir esta prestación y su importe aproximado”, dejando claro que “esta simulación tiene un valor puramente informativo”.

¿Qué preguntas debes contestar?

¿Cuántas personas forman parte de tu unidad de convivencia?, ¿cuántos menores hay en la unidad de convivencia?, ¿qué edad tienes?, ¿cuál es tu estado civil?, ¿qué vínculo familiar tienes con esta persona de tu unidad de convivencia?, ¿residen todos los integrantes de la unidad de convivencia de forma legal e ininterrumpida en España desde hace al menos un año?, ¿la unidad de convivencia la forman las personas con las que convives en el mismo domicilio? Estas son algunas de las preguntas a responder.

También te preguntarán: ¿tu unidad de convivencia ha vivido de forma continuada desde hace al menos seis meses?, ¿has tenido que abandonar tu domicilio familiar habitual por encontrarte en alguna de las “situaciones especiales” contempladas en la ley?, ¿tienes una discapacidad igual o superior al 65 %?, entre otras.

El valor neto de los bienes o propiedades de todas las personas que componen tu unidad de convivencia, excluyendo la vivienda habitual, los ingresos obtenidos por todas las personas que componen la unidad de convivencia, son igualmente datos de interés, así como si ¿alguno de los integrantes de la unidad de convivencia es beneficiario de prestación o subsidio de desempleo o de cese de actividad de autónomos?

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Puedes no tener derecho al IMV o te pueden indicar la posible cantidad.

Tras responder a estas y otras interrogantes, la herramienta arroja varios resultados. Puede señalar que “según los datos que nos has aportado no tendrías derecho a solicitar el Ingreso Mínimo Vital” o por el contrario te indicará la fórmula para obtener el monto correspondiente, destacando que “esa es la cantidad que podrías recibir”.

Tras haber hecho la simulación y en función de lo que decida el solicitante, lo siguiente sería formular la respectiva solicitud.

Sobre el Ingreso Mínimo Vital

Hay que recordar que “el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”.

Asimismo, “se configura como un derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica”, añadiendo que “persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”.

Para acceder al formulario del Ingreso Mínimo Vital te pedirán introducir los datos personales, facilitar una dirección de correo electrónico válida, hacerte una foto y adjuntar las fotografías del documento de identificación (DNI o NIE) para verificar la identidad. Además, te pedirán documentación que tendrás que adjuntar para enviar la solicitud. Finalmente, tras el envío de la solicitud se te puede requerir adjuntar nueva documentación pendiente u otras gestiones.

¿Cobras el paro?: esta es la información que estás obligado a comunicar al SEPE

Entre las preguntas más frecuentes que debe contestar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en lo que respecta al beneficio del paro, también en Ceuta, está la interrogante sobre la información que el solicitante debe mantener actualizada en todo momento.

Para aclarar esta duda, el SEPE señala que “en general, deberás comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal, en cuanto vaya a producirse, cualquier circunstancia que suponga una modificación de tu situación con respecto al momento en que fue aprobada tu solicitud de prestaciones”.

En este sentido, han hecho referencia a “tu colocación (a tiempo completo o parcial)” o también a “si obtienes ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias”.

¿Cuáles son las obligaciones del beneficiario?

También forman parte de las obligaciones de los beneficiarios, notificar al SEPE “el cambio de la situación de las personas que componen tu unidad familiar, si puede afectar al requisito de responsabilidades familiares para el acceso y mantenimiento del subsidio por desempleo: colocación o pérdida del trabajo, separación matrimonial, nacimiento o fallecimiento, etc”.

A esto se suman otros datos de interés, como por ejemplo:

  • Variación del número de hijos o hijas a tu cargo que se hayan tenido en cuenta para la cuantía de la prestación por desempleo. Ejemplos: que un hijo o hija cumpla 26 años o que obtenga rentas propias superiores al SMI, de forma que deje de estar a tu cargo, asimismo, el nacimiento o el fallecimiento.
  • Variación de tu situación personal cuando estés percibiendo un subsidio por desempleo (matrimonio, viudedad, separación, etc.).
  • Se considerará pareja de hecho la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos de un año de antelación, no requiriéndose este requisito en el caso de que existan hijos o hijas en común.
  • La incapacidad temporal o la situación de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • La incapacidad permanente u otra pensión de la Seguridad Social que pueda ser incompatible con las prestaciones.
  • El cambio de domicilio, traslado de población, salida al extranjero o salida del ámbito de protección del subsidio agrario si eres una persona trabajadora eventual del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.

Cualquiera de estos cambios se podrán comunicar a través de www.sepe.es si dispones de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.

¿Qué pasa si no comunico mi colocación mientras cobro el paro?

El SEPE deja claro que “como persona beneficiaria de prestaciones por desempleo tienes obligación de comunicar tu colocación, independientemente de que pueda conocerse por otros medios”, añadiendo que “la empresa que firma el contrato no tiene obligación de informar al respecto”.

Sobre este asunto, han sido contundentes al señalar que “la consecuencia de no comunicar la colocación podría ser la pérdida de la prestación por una sanción”.

Al respecto, han indicado a los beneficiario que  pueden comunicar su baja en la prestación “a través de Internet en la página del SEPE”, añadiendo que “para ello necesitas certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve”.

Pero, también está la alternativa de hacerlo vía telefónica, “así como en la oficina de prestaciones (oficina de empleo en el caso de Ceuta y Melilla) que te corresponda por tu domicilio”.

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?

El SEPE recuerda que «si tienes 360 o más días cotizados a la contingencia por desempleo, has perdido tu empleo y cumples todos los requisitos, puedes tener derecho a una prestación contributiva (paro)«, dejando claro que «la prestación contributiva protege a quienes pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%».

¿Cuáles son los requisitos para tener derecho al Ingreso Mínimo Vital?

El primer paso a seguir para quienes desean tener acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV), incluyendo algunos vecinos de Ceuta, es conocer cuáles son los requisitos que se deben cumplir para para a hacer la respectiva solicitud a la espera de una respuesta favorable.

Hay que recordar que el IMV, “es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”, de acuerdo con lo que explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

“Se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica”, a lo que se añade que “persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”.

El Ingreso Mínimo Vital, “opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones”.

¿Cómo se hace el pago?

Otro dato de interés para los beneficiarios es que el pago de la prestación “será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación”.

Por otra parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones señala que “el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud”.

A esto se agrega que “es intransferible” y que “no podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, ni de compensación o descuento, ni de retención o embargo”.

¿Cuáles son los requisitos básicos?

En lo que respecta a los requisitos, son los siguientes:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  • Que la unidad de convivencia este formada desde hace seis meses.
  • Además de estos requisitos generales deberá reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.

Las obligaciones de los beneficiarios

Además de los requisitos, es importante conocer cuáles son las obligaciones que deben asumir quienes quieran gozar de este beneficio, entre las que están:

  • Proporcionar la documentación e información precisa en orden a la acreditación de los requisitos y la conservación de la prestación, así como para garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.
  • Comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación, en el plazo de treinta días naturales desde que estos se produzcan.
  • Comunicar cualquier cambio de domicilio o de situación en el Padrón municipal que afecte personalmente a dichos titulares o a cualquier otro miembro que forme parte de la unidad de convivencia, en el plazo de treinta días naturales desde que se produzcan.
  • Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.
  • Comunicar al INSS con carácter previo cualquier salida al extranjero tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales durante cada año natural.
  • Presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
  • En caso de compatibilizar la prestación del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica, cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad.

Finalmente, es fundamental que estas personas participen en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Conoce las ofertas de empleo disponibles en Ceuta

¿Eres de Ceuta y estás desempleado? ¿Estás fuera de Ceuta, pero buscas empleo en la ciudad? Cualquiera que sea tu caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) te ofrece, a través de su portal ‘Empléate’, información detallada sobre las vacantes en distintas áreas.

La consulta más reciente en el portal, con información de las ofertas que han sido publicadas en lo que ha transcurrido de agosto, señala que para quienes están en la búsqueda de un empleo en la ciudad autónoma, están las siguientes posibilidades: empleada del hogar, churrero con experiencia, repostero-pastelero o entrenador de natación.

En total son ocho nuevas ofertas de puesto de trabajo las que han sido publicadas específicamente entre el 4 y el 8 de agosto.

Empleadas del hogar

Como ocurre con frecuencia, la mayoría de las ofertas publicadas en este portal corresponden a empleadas del hogar en distintas modalidades, aunque también es posible encontrar ofertas en otras áreas.

Los interesados pueden PINCHAR AQUÍ para tener toda la información detallada sobre cada una de estas vacantes a las que se ha hecho referencia, así como las que han sido publicadas con anterioridad pero que se mantienen vigentes en el portal de empleo.

¿Qué es ‘Empléate’?

Es un portal que responde a la necesidad de ofrecer a personas que buscan empleo y a las empresas que demandan candidatos un único punto de encuentro.

El objetivo del portal es dar la máxima visibilidad a las ofertas de empleo, alojando toda la información de utilidad para orientar y poner al alcance de ciudadanos y empresas todas las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad emprendedora a través de una estrategia íntegramente digital.

Es una herramienta gratuita donde además de los anuncios de ofertas encontrarás una serie de utilidades que harán mucho más fácil la búsqueda gracias al análisis en tiempo real de los datos de contratos en España, segmentados por ubicación y perfiles profesionales.

Ceuta registra 274 accidentes laborales en seis meses

Los accidentes en el trabajo siguen siendo un problema al que cada día se enfrentan los sindicatos, las empresas y las administraciones, también en Ceuta, para tratar de reducirlos en la medida de lo posible.

Por ello, con el fin de concienciar a la sociedad de su impacto, periódicamente se publican las estadísticas que reflejan el número de siniestros que sufren los trabajadores.

Las cifras que ha facilitado el Gobierno central reflejan que, en los primeros seis meses de este año, entre enero y junio, se han anotado en Ceuta un total de 274 accidentes laborales. De ellos, la gran mayoría se han calificado como leves y solo se ha registrado uno considerado grave.

El informe señala que 202 de esos incidentes laborales se produjeron mientras que los afectados realizaban sus tareas en la empresa, a los que hay que sumar 71 que se han determinado como in itinere, es decir, que tuvieron lugar al ir o al volver desde el lugar de trabajo hasta el domicilio habitual.

El accidente in itinere queda recogido en la Ley General de la Seguridad Social y deduce un daño corporal al trabajador.

Servicios, el sector con más incidentes

La estadística también muestra en qué sectores productivos se produjeron esos percances en el tajo. En el caso de Ceuta, 205 se localizaron en los servicios, mientras que la construcción tuvo 39, la industria un total de 27 y la agricultura tres. De los 274 accidentes laborales, solo dos han sido trabajadores por cuenta propia, es decir, autónomos.

Si se comparan los resultados de este primer semestre del año respecto a los que se apuntaron en el mismo periodo del ejercicio anterior, el estudio del Ejecutivo señala que ha habido un leve aumento, ya que entre enero y junio de 2024 se inscribieron en los partes oficiales 267 accidentes laborales en Ceuta.

Aunque la diferencia es mínima, sí se observa un aumento considerable en los siniestros laborales in itinere, puesto que frente a los 71 de este 2025, durante el pasado año se registraron 59, todos de ellos leves, lo que supone un aumento de casi el 17%.

Víctimas mortales a nivel nacional

En todo el ejercicio 2024, en Ceuta se reconocieron oficialmente 570 accidentes laborales, de los que apenas tres se calificaron como graves.

A nivel nacional, la estadística señala que entre enero y junio se este año se han registrado 256.071 incidentes laborales. De ellos, 1.800 han sido graves y 363 con resultado de muerte. La mayor parte de los accidentes mortales del primer semestre del año se produjeron por infartos, derrames cerebrales y otras causas estrictamente naturales, golpes por la caída de un trabajador, quedarse atrapado, ser aplastado o sufrir una amputación y accidentes de tráfico, entre las principales causas.

Tras la publicación de los datos, los sindicatos CCOO y UGT han urgido a reformar la ley de prevención de riesgos laborales ante el «escandaloso» número de fallecidos en el puesto de trabajo en la primera mitad del año, que deja un «amplio margen para mejorar» las cifras.

La reforma de esta ley, de 1995, continúa a la espera tras año y medio de reuniones en la mesa de diálogo social a pesar de los reclamos de UGT y CCOO, que consideran inaceptables unas cifras de siniestralidad que están en máximos.

Reformar una ley de hace 30 años

Según el borrador en el que trabajan el Gobierno y los agentes sociales, entre los cambios que se busca incorporar a una ley que lleva 30 años sin reformarse están, por ejemplo, la prevención ante las emergencias climáticas o las nuevas realidades digitales.

Los sindicatos reclaman al Gobierno que fortalezca la figura del delegado de prevención en los centros de trabajo, especialmente en las pymes, donde en ocasiones no llegan las evaluaciones e información de los riesgos, así como tampoco de las medidas preventivas necesarias.

Además, piden a Trabajo mayores exigencias a los servicios de prevención ajenos con el fin de asegurar que lleguen a todas las empresas y que puedan realizar las evaluaciones de riegos necesarias para evitar accidentes, dado que el año pasado un tercio de los siniestros no tenia hecha la evaluación a la que le obliga la ley.

El SEPE convoca subvenciones para formación laboral en Ceuta

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a acciones de formación profesional para el empleo durante el año 2025.

Esta iniciativa está orientada principalmente a personas desempleadas, con el objetivo de facilitar su rápida incorporación al mercado laboral a través de cursos de formación presencial.

Detalles clave de la convocatoria

Los beneficiarios de estas ayudas serán los centros colaboradores ubicados en Ceuta y que estén autorizados para actuar en el ámbito territorial de la ciudad, según lo establecido en la normativa vigente.

Las subvenciones se concederán para la realización de acciones formativas que no conducen a certificados profesionales, pero que tienen como finalidad mejorar las competencias y la empleabilidad de los participantes.

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 2.225.000 euros, financiados con cargo al presupuesto del SEPE para el ejercicio 2024.

Los interesados en participar podrán presentar sus solicitudes durante un plazo de quince días hábiles, que comienza a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCCE.

Esta medida forma parte del compromiso del SEPE para fomentar la formación y el empleo en Ceuta, contribuyendo a mejorar las oportunidades laborales de las personas desempleadas en la ciudad.

Para consultar el texto completo de la convocatoria y las bases reguladoras, los interesados pueden acceder a la Base de Datos Nacional de Subvenciones en la página oficial:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/849779

Gestor de Recursos Humanos en Amgevicesa: resultado final del proceso

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) ha publicado este viernes la resolución del presidente del Consejo de Administración de Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, S.A. (Amgevicesa), Alejandro Ramírez, mediante la cual se hace público el resultado final del proceso selectivo para cubrir un puesto de Gestor de Recursos Humanos, en régimen de interinidad hasta la reincorporación del titular.

El proceso se ha llevado a cabo por turno libre, a través del sistema de concurso-oposición, conforme a lo establecido en las bases publicadas en el BOCCE el pasado 16 de mayo.

Desarrollo del proceso

El pasado 30 de julio se celebró el ejercicio correspondiente a la fase de oposición, exclusivamente para aquellos aspirantes que resultaron aptos en la fase de concurso.

Un total de cuatro aspirantes han resultado aptos, mientras que otros 4 han obtenido un no apto en la oposición y 5 no presentados.

Calificaciones finales del proceso

Asimismo, en el documento se publican las calificaciones finales sumando las notas de ambas fases (concurso y oposición).

Candidata seleccionada

De acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador, ha sido aprobada la candidatura de María del Pilar Muñoz Espinosa, quien ha obtenido la calificación más alta del proceso con un total de 84,40 puntos. Será ella quien ocupe el puesto de Gestora de Recursos Humanos en interinidad, hasta que se produzca la reincorporación de la persona titular del cargo.

Ahora, la aspirante seleccionada deberá presentar la documentación requerida ante la administración de Amgevicesa en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOCCE.

Consulte aquí el BOCCE de este viernes

La resolución firmada por Alejandro Ramírez, en su calidad de presidente del Consejo de Administración de Amgevicesa, ordena también la publicación oficial de los resultados en el BOCCE.

Contra esta resolución podrán interponerse los recursos legales procedentes, de conformidad con la legislación administrativa vigente.

Lista definitiva de admitidos para una plaza de técnico de Administración General en Oastce

El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE) ha publicado este viernes, 8 de agosto, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo para la provisión de una plaza de Técnico de Administración General en Oastce.

El decreto ha sido firmado por la consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, Kissy Chandiramani, en calidad de presidenta del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta (Oastce).

Este proceso forma parte de la Oferta de Empleo Público de 2024, publicada el 26 de julio de 2024. Las bases reguladoras de la convocatoria fueron aprobadas y publicadas en enero de 2025. Posteriormente, se emitió una rectificación de dicho decreto. El Boletín Oficial del Estado (BOE), de 27 de febrero de 2025, también difundió la convocatoria del procedimiento selectivo.

Admisiones y reclamaciones

Tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se hizo pública una lista provisional de admitidos y excluidos el pasado 16 de mayo. En ese momento se abrió un plazo de diez días hábiles para la presentación de reclamaciones.

En esta fase se registraron dos reclamaciones, las cuales han sido resueltas en el decreto actual, dando lugar a la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Consulta aquí la lista definitiva de admitidos

La lista incluye a más de 30 aspirantes admitidos. Estos candidatos han cumplido con todos los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

Asimismo, dos personas han resultado excluidas. Ambas han sido excluidas por no acreditar el pago de la tasa, tal como establece la convocatoria.

Tribunal calificador y próximos pasos

También se ha procedido a la designación del Tribunal Calificador. Se convoca a los miembros del tribunal a su constitución oficial el lunes 8 de septiembre de 2025, a las 09:00 horas, en la Sala de Juntas ‘Susana García’ del Edificio Ceuta Center.

La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición será anunciada próximamente en el tablón de anuncios del Oastce.

Recursos legales

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta, o bien, en el plazo de un mes, un recurso de reposición ante la propia Consejería de Hacienda. También podrán presentar cualquier otro recurso que consideren pertinente conforme a derecho.